Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2004 (23/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, viernes 23 de enero de 2004

NORMAS LEGALES

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Crean Comite Tripartito encargado de la supervision de la preparacion del "Proyecto de Desarrollo Rural de la Sierra"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 022-2004-PCM MORDAZA, 20 de enero de 2004 Visto el Memorando Nº 016-2003-PCM/ST-CIAS del Secretario Tecnico de la Comision Interministerial de Asuntos Sociales - CIAS; CONSIDERANDO: Que, con el objeto de financiar la preparacion del "Proyecto de Desarrollo de la Sierra", el Banco Internacional para la Reconstruccion y Fomento ha comunicado al Gobierno Peruano la aprobacion del documento de donacion japonesa Nº TF051888 por un monto de US$ 1 100 000,00 (Un Millon Cien Mil y 00/100 Dolares Americanos), cuyo beneficiario es la Republica del Peru, correspondiendo su implementacion a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el "Proyecto de Desarrollo de la Sierra" tendra como objetivo principal aliviar la pobreza y mejorar las oportunidades de desarrollo de los pobladores de la MORDAZA,

mediante acciones agropecuarias y no agropecuarias que permitan el desarrollo rural en areas con ventajas comparativas para el desarrollo pecuario, productos de nichos de MORDAZA, circuitos turisticos, transformacion agroindustrial, entre otras acciones; Que el Banco Internacional para la Reconstruccion y Fomento envio al Peru una Mision que tuvo lugar del 2 al 12 de diciembre de 2003, con el fin de aportar en la elaboracion del "Proyecto de Desarrollo de la Sierra", reuniendose para tal efecto con representantes del Gobierno Peruano con los que acordo la creacion de un mecanismo de coordinacion multisectorial que supervisara la preparacion de dicho Proyecto; Que, en consecuencia, resulta pertinente disponer la creacion de un Comite Tripartito integrado por representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economia y Finanzas y del Ministerio de Agricultura, el mismo que tendra a su cargo la supervision de la preparacion del "Proyecto de Desarrollo de la Sierra", el cual se realizara en el MORDAZA de los lineamientos contenidos en la "Estrategia de Desarrollo Rural de la Sierra", elaborado por la Comision Multisectorial de Desarrollo Rural creada por Resolucion Ministerial Nº 080-2003-PCM; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 21292, Decreto Legislativo Nº 560, modificado por Ley Nº 27779, Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 0672003-PCM;

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MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

COMUNICADO OFICIAL
COMUNICADO Nº 006-2004-EF/76.01 A LOS PLIEGOS PRESUPUESTARIOS DEL GOBIERNO NACIONAL, REGIONAL Y LOCAL
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS PARA EFECTUAR CREDITOS PRESUPUESTARIOS A FAVOR DEL GRUPO GENERICO DE GASTOS "PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES"
1. En el MORDAZA de lo dispuesto del articulo 8º numeral 8.1 literal d) de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2004, los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales para efectuar los creditos presupuestarios en favor del grupo generico de gastos "Personal y Obligaciones Sociales", deben adoptar las medidas necesarias para que el tramite de la solicitud conducente a obtener el informe favorable que debe emitir la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, se realice con la debida anticipacion; en razon a que el Informe Favorable asi como la Nota Modificatoria correspondiente al credito presupuestario, solo podra efectuarse hasta el 31 de enero de 2004. 2. En atencion al citado plazo la Direccion Nacional del Presupuesto Publico publico, en el Diario Oficial El Peruano de fecha 12 de enero de 2004, el Comunicado Oficial Nº 003-2004-EF/76.01 exhortando a las Oficinas de Presupuesto o las que MORDAZA sus veces en los Pliegos Presupuestarios para que lleven a cabo las acciones pertinentes, a fin que el tramite y aprobacion de la modificacion presupuestaria, a que se refiere el articulo senalado en el parrafo precedente, se realice de forma oportuna. 3. La Direccion Nacional del Presupuesto Publico recuerda por MORDAZA vez a los Pliegos Presupuestarios que solo faltan pocos dias para que se cumpla el plazo arriba indicado, por lo que se sugiere adopte las acciones correspondientes con la finalidad de que el tramite y aprobacion de la modificacion presupuestaria a que se refiere el articulo 8º, numeral 8.1, literal d) de la Ley Nº 28128 se realice en forma oportuna dado que por estar dispuesto en una Ley esta Direccion Nacional no es competente para que via interpretacion prorrogue o postergue dicho plazo establecido en la Ley Anual de Presupuesto.
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MORDAZA, enero 2004 Direccion Nacional del Presupuesto Publico

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