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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2004 (23/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 6

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G33/G30/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 23 de enero de 2004 SE RESUELVE: Artículo 1º.- De la Creación Créase el Comité Tripartito encargado de la supervi- sión de la preparación del "Proyecto de Desarrollo Rural de la Sierra", el cual tendrá como objetivo principal aliviar la pobreza y mejorar las oportunidades de desarrollo delos pobladores de la Sierra, en el marco de un desarrollorural competitivo, diversificado y sostenible. El Comité Tri-partito estará adscrito al Sector Presidencia del Consejode Ministros. Artículo 2º.- De los Integrantes del Comité Triparti- to. El Comité Tripartito estará conformado de la siguiente manera: - El Secretario Técnico de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales de la Presidencia del Consejo de Mi- nistros, o su representante, quien lo presidirá; - Un representante del Ministerio de Economía y Finan- zas; y, - Un representante del Ministerio de Agricultura. Artículo 3º.- De la Instalación del Comité Tripartito. La instalación del Comité Tripartito se realizará en la fecha convocada por su Presidente, lo cual deberá ocurrir dentro de los diez (10) días útiles posteriores a la fecha de publicación de la presente Resolución. Artículo 4º.- De la designación de los integrantes del Comité Tripartito. Los representantes que correspondan serán designa- dos por Resolución del Titular del Sector al que represen-tan, dentro del plazo de cinco (5) días útiles, contados a partir de la fecha de publicación de la presente Resolu- ción. Artículo 5º.- De los gastos del Comité Tripartito. El funcionamiento del Comité Tripartito no irrogará gas- to al Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 01325 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G4A/G65/G66/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G6E/G73/G61 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G2D/G74/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 024-2004-PCM Lima, 22 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 37º del Reglamento de Or- ganización y Funciones de la Presidencia del Consejo deMinistros aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003- PCM, la Oficina de Prensa es el órgano que se encarga de diseñar, recomendar y ejecutar las estrategias periodísti-cas de la Presidencia del Consejo de Ministros y se en-cuentra a cargo de un Jefe, quien depende del Presidentedel Consejo de Ministros; Que, encontrándose vacante el cargo de Jefe de la Ofi- cina de Prensa de la Presidencia del Consejo de Ministros, resulta pertinente designar al funcionario que lo desempe-ñará;De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo No. 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por laLey Nº 27779, la Ley Nº 27594 y el Decreto SupremoNº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor TULIO ANÍBAL MORA GAGO como Jefe de la Oficina de Prensa de laPresidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 01379 AGRICULTURA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46._/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G47/G65/G73/G2D /G74/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G61/G6E/G74/G75/G61/G72/G69/G6F/G20/G48/G69/G73/G74/GF3/G72/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G63/G68/G75/G2D /G70/G69/G63/G63/G68/G75 UNIDAD DE GESTIÓN SANTUARIO HISTÓRICO DE MACHUPICCHU PRESIDENCIA RESOLUCIÓN Nº 001-2003-UGM-CD Lima, 20 de octubre del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-81-AA se es- tableció el Santuario Histórico de Machupicchu con el ob-jetivo de proteger la armoniosa relación de su singular ri- queza cultural y natural, reconocida por la UNESCO como Sitio de Patrimonio Mundial Cultural y Natural; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 085-98-INRE- NA, se aprobó el Plan Maestro del Santuario Histórico deMachupicchu, el cual constituye el documento de planifi-cación de más alto nivel del Santuario, de conformidad con lo establecido por la Ley de Áreas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834; Que, de acuerdo a los artículos 17º y 19º del Decreto Ley Nº 25902, y el artículo 8º de la Ley Nº 26834, se esta-blece que el Instituto Nacional de Recursos Naturales - IN-RENA, Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Agricultura, es la autoridad nacional competente del Sis- tema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Esta-do - SINANPE; Que la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patri- monio Cultural de la Nación y el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, establecen que el Instituto Nacional de Cultura - INC, Organismo PúblicoDescentralizado del Ministerio de Educación, es la autori-dad nacional competente para la protección y conserva-ción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, con Decreto Supremo Nº 023-99-AG se constitu- yó la Unidad de Gestión del Santuario Histórico de Machu- picchu-UGM, encargada de la gestión integral del citadoSantuario Histórico y de dirigir la puesta en marcha de lasestrategias contenidas en su Plan Maestro; Que, mediante Decreto Supremo Nº 029-2001-AG se incorpora como miembros del Comité Directivo de la Uni- dad de Gestión de Machupicchu al Viceministro de Turis- mo y al Presidente del Consejo Transitorio de Administra-ción Regional - CTAR Cusco, hoy Gobierno Regional delCusco; Que, es necesario contar con el instrumento legal per- tinente actualizado que norme el funcionamiento de la Uni- dad de Gestión del Santuario Histórico de Machupicchu; En uso de las atribuciones y facultades establecidas en el Decreto Supremo Nº 023-99-AG, y su modificatoria De-creto Supremo Nº 032-2002-AG;