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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G33/G30/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 23 de enero de 2004 TÍTULO III DE LAS INFRACCIONES Artículo 39º.- De verificarse infracciones de los usua- rios contra lo dispuesto en el presente Reglamento o las normas de protección y conservación del Patrimonio Natu- ral o Cultural del SHM, así como en la prestación de servi-cios turísticos en la Red de Caminos Inca, se efectuará la denuncia correspondiente ante las autoridades competen- tes. Es potestad de los guardaparques del INRENA, y de los vigilantes del INC levantar un acta de constata- ción de la infracción cometida en el uso de la Red deCaminos Inca del SHM, para la imposición de las san- ciones de acuerdo al procedimiento sancionador corres- pondiente. Artículo 40º.- Los guardaparques del INRENA y los vigilantes del INC, deberán formular denuncia ante la dele-gación de la Policía Nacional del Perú o Ministerio Público, en los casos de comisión de delitos en la Red de Caminos Inca del SHM, poniéndose en conocimiento del procuradordel sector correspondiente. Artículo 41º.- Es responsabilidad de la Policía Nacio- nal del Perú, garantizar, mantener y establecer el orden interno en el ámbito del SHM. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Las agencias de viajes y turismo, guías de turismo, personal de apoyo y otros actores relacionadosdirectamente con el uso de la Red de Caminos Inca, ade- cuarán sus actividades a lo dispuesto en el presente Re- glamento dentro de los treinta (30) días calendarios poste-riores a su publicación. Segunda.- El Instituto Nacional de Cultura - INC esta- blecerá tarifas promocionales de ingreso a la Red de Ca- minos Inca, para las delegaciones de instituciones públi-cas y educativas regionales de bajos recursos económi- cos. Tercera.- Se determina como capacidad de carga máxi- ma de la Red de Caminos Inca del SHM, en 500 personaspor día hasta el 31 de diciembre del año 2004.ANEXO A EQUIPO DE CAMPAMENTO Y BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS EQUIPO MÍNIMO OBLIGA TORIO - Mochilas (*) - Bolsas de dormir (*)- Aisladores ó Matra (*) - Carpas (*) - Cantimplora para agua (*)- Botiquín de primeros auxilios (*) - Balón de Oxigeno (*) - Hornillas a gas propano- Sogas inelásticas de rescate (09 mm de diámetro - Equipo de radio comunicación portátil VHF ajustado a la frecuencia de las radios del INRENA e INC, solo en casos de emergencia - Planos de ubicación de la Red de Caminos Inca (*) - Filtros para agua (*) - Mallas de plástico para filtrar sedimentos del agua sucia (*)- Depósito apropiado para transporte de residuos sólidos (Bolsas verdes y rojas) - Servicios higiénicos biodegradables, portátiles. Equipo para el Personal de Apoyo - Carpas de uso grupal- Ponchos para la lluvia y plásticos gruesos para proteger la carga - Mallas de plástico para lavado de utensilios que eviten derramamiento de desechos orgánicos en las fuentes de agua. (*) Los guías autorizados deberán llevar estos equipos. BOTIQUÍN DE PRIMEROS AUXILIOS (OBLIGATORIO PARA AGENCIAS DE VIAJES Y TURISMO Y GUÍAS DE TURISMO) - Desinfectantes (Alcohol metílico, agua oxigenada, tintura de yodo, jabones, germicidas) - Algodón, gasa, vendas y cintas adhesivas médicas. - Bronco dilatadores - Analgésicos musculares y estomacales- Antipiréticos - Antialérgicos - Líquidos oftálmicos- Cremas para el alivio de la exposición solar y otras medicinas para alivio de quemaduras - Inmovilizadores de extremidades- Balón pequeño de oxígeno - Tensiómetro y termómetro Todos los medicamentos deberán cumplir con las disposiciones nacionales referidas a su consumo, así como los plazos de vigencia para su uso. FICHA DE RESERVAS - AÑO 2003 Nombre de la Agencia: ........................................ Dirección : ........................................................... Teléfonos : ........................................................... Mes : (Al que corresponde la reserva) Código del Fecha de Nº de Pax Nº de Guías Nº de personal Total Ruta Campamentos a Utilizarse Estatus Grupo Ingreso de Apoyo 1 2 3