Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2004 (23/01/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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TITULO III DE LAS INFRACCIONES

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 23 de enero de 2004 ANEXO A

EQUIPO DE CAMPAMENTO Y BOTIQUIN DE PRIMEROS AUXILIOS
EQUIPO MINIMO OBLIGATORIO Mochilas Bolsas de dormir Aisladores o Matra Carpas Cantimplora para agua Botiquin de primeros auxilios Balon de Oxigeno Hornillas a gas propano Sogas inelasticas de rescate (09 mm de diametro Equipo de radio comunicacion portatil VHF ajustado a la frecuencia de las radios del INRENA e INC, solo en casos de emergencia Planos de ubicacion de la Red de Caminos MORDAZA Filtros para agua Mallas de plastico para filtrar sedimentos del agua sucia Deposito apropiado para transporte de residuos solidos (Bolsas verdes y rojas) Servicios higienicos biodegradables, portatiles. (*) (*) (*) (*) (*) (*) (*)

Articulo 39º.- De verificarse infracciones de los usuarios contra lo dispuesto en el presente Reglamento o las normas de proteccion y conservacion del Patrimonio Natural o Cultural del SHM, asi como en la prestacion de servicios turisticos en la Red de Caminos MORDAZA, se efectuara la denuncia correspondiente ante las autoridades competentes. Es potestad de los guardaparques del INRENA, y de los vigilantes del INC levantar un acta de constatacion de la infraccion cometida en el uso de la Red de Caminos MORDAZA del SHM, para la imposicion de las sanciones de acuerdo al procedimiento sancionador correspondiente. Articulo 40º.- Los guardaparques del INRENA y los vigilantes del INC, deberan formular denuncia ante la delegacion de la Policia Nacional del Peru o Ministerio Publico, en los casos de comision de delitos en la Red de Caminos MORDAZA del SHM, poniendose en conocimiento del procurador del sector correspondiente. Articulo 41º.- Es responsabilidad de la Policia Nacional del Peru, garantizar, mantener y establecer el orden interno en el ambito del SHM. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Las agencias de viajes y turismo, guias de turismo, personal de apoyo y otros actores relacionados directamente con el uso de la Red de Caminos MORDAZA, adecuaran sus actividades a lo dispuesto en el presente Reglamento dentro de los treinta (30) dias calendarios posteriores a su publicacion. Segunda.- El Instituto Nacional de Cultura - INC establecera tarifas promocionales de ingreso a la Red de Caminos MORDAZA, para las delegaciones de instituciones publicas y educativas regionales de bajos recursos economicos. Tercera.- Se determina como capacidad de carga MORDAZA de la Red de Caminos MORDAZA del SHM, en 500 personas por dia hasta el 31 de diciembre del ano 2004.

(*) (*) (*)

Equipo para el Personal de Apoyo - Carpas de uso grupal - Ponchos para la lluvia y plasticos gruesos para proteger la carga - Mallas de plastico para MORDAZA de utensilios que eviten derramamiento de desechos organicos en las MORDAZA de agua. (*) Los guias autorizados deberan llevar estos equipos.

BOTIQUIN DE PRIMEROS AUXILIOS (OBLIGATORIO PARA AGENCIAS DE VIAJES Y TURISMO Y GUIAS DE TURISMO)
- Desinfectantes (Alcohol metilico, agua oxigenada, tintura de yodo, jabones, germicidas) - Algodon, gasa, vendas y cintas adhesivas medicas. - Bronco dilatadores - Analgesicos musculares y estomacales - Antipireticos - Antialergicos - Liquidos oftalmicos - Cremas para el alivio de la exposicion solar y otras medicinas para alivio de quemaduras - Inmovilizadores de extremidades - Balon pequeno de oxigeno - Tensiometro y termometro Todos los medicamentos deberan cumplir con las disposiciones nacionales referidas a su consumo, asi como los plazos de vigencia para su uso.

FICHA DE RESERVAS - ANO 2003 Nombre de la Agencia: ........................................ Direccion : ........................................................... Telefonos : ........................................................... Mes : (Al que corresponde la reserva)
Codigo del Grupo Fecha de Ingreso Nº de Pax Nº de Guias Nº de personal de Apoyo Total Ruta Campamentos a Utilizarse 1 2 3 Estatus

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