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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G30/G37/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 29 de enero de 2004 de las pozas de maceración; cultivos abandonados y culti- vos no empadronados por ENACO al año 1978. 4. Erradicación de toda coca, cultivada por los empa- dronados por ENACO en 1978, que no se comercialice enel mercado de uso legal. Objetivo Específico c) Erradicar todo cultivo de amapola y marihuana. Estrategias 1. Fortalecimiento de las capacidades operativas de las instituciones a cargo de la erradicación. 2. Elaboración de un sistema permanente de identifica- ción, monitoreo y evaluación de todo cultivo de amapola ymarihuana para su inmediata erradicación. Objetivo Específico d) Mejorar la legislación nacional respecto el control de cultivos ilícitos 1. Propiciar la revisión y reformulación de las Normas Legales, que rigen el control de cultivos ilícitos y generarmecanismos para su adecuada aplicación. Objetivo Específico e) Lograr el incremento de la cooperación internacio- nal para potenciar las capacidades del Estado en la re-ducción de cultivos ilícitos. Estrategias 1. Difusión a nivel nacional e internacional de la firme voluntad política del Perú en la lucha contra las drogas y de reducir el espacio cocalero al límite de uso legal. 2. Fortalecimiento de las capacidades de las institucio- nes del Estado para proyectar una imagen de compromiso y eficiencia en los esfuerzos de erradicación de cultivos. 3. Establecimiento de un sistema de comunicación y coordinación permanente entre las instancias del Estado comprometidas en la erradicación. 4. Establecimiento de un sistema de coordinación ágil y efectivo con la cooperación internacional para el cumpli- miento de los objetivos en la erradicación de cultivos. 5. Gestión permanente de las misiones diplomáticas del Perú en el exterior para difundir los esfuerzos nacionales en la lucha contra las drogas a fin de obtener los recursos que faciliten el cumplimiento de los objetivos de erradicación. Objetivo Específico f) Sensibilizar a la población sobre el problema del tráfico ilícito de drogas, lavado de activos, precursores e insumosquímicos y productos fiscalizados, delitos conexos y de los esfuerzos del Estado para lograr la plena aplicación de la ley. Estrategias Desarrollo de programas dirigidos a informar proactiva- mente a la opinión pública sobre la acción del Estado en materia de interdicción y aplicación de la ley. Fortalecimiento de la imagen de las instituciones del Estado responsables de estas materias Promoción de una acción proactiva de la sociedad civil en su conjunto, particularmente estamentos claves como la ni- ñez, juventud y medios académicos, prensa y líderes de opi- nión, en respaldo de los objetivos nacionales en la materia. 01395 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G35/G33/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G50/G43/G4D/G2C /G71/G75/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/GF3/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6D/G2D /G70/G65/G6F/G6E/G61/G74/G6F/G20/G53/G75/G64/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65/G20/G46._/GFA/G74/G62/G6F/G6C/G20/G43/G6F/G70/G61 /G41/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61/G20/G32/G30/G30/G34/G20/G79/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G61/G6D/G70/G65/G6F/G6E/G61/G74/G6F/G20/G4D/G75/G6E/G2D/G64/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G46._/GFA/G74/G62/G6F/G6C/G20/G53/G75/G62/G2D/G31/G37/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G35 DECRETO SUPREMO Nº 008-2004-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-2003-PCM, se oficializó la realización en el país del Campeonato Sud-americano de Fútbol Copa América año 2004 y del Cam- peonato Mundial de Fútbol Sub-17 año 2005, los mismos que fueron declarados eventos de interés nacional, consti-tuyéndose una Comisión de Apoyo y Coordinación para tales eventos, integrada entre otros por Ministros de Esta- do, el Presidente Ejecutivo del Instituto Peruano del Depor-te y la Secretaria Ejecutiva de PROMPERÚ; Que, con el fin de lograr una mayor eficiencia en el cum- plimiento de sus funciones, lo cual coadyuvará en alcan-zar óptimos resultados en los eventos a organizar, se ha estimado conveniente modificar la conformación de la Co- misión de Apoyo y Coordinación para la Copa América 2004y el Campeonato Mundial de Fútbol Sub-17 año 2005, a fin que entre otros aspectos, cuente con la participación de un representante del Presidente de la República, así comodel Ministro de Comercio Exterior y Turismo, o su repre- sentante; Que, por otro lado, mediante Decreto Supremo Nº 012- 2003-MINCETUR, se aprobó la Reorganización Institu- cional y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERÚ, cuyo artí-culo 7º establece como órgano de la Alta Dirección a la Gerencia General, órgano ejecutivo responsable de la mar- cha administrativa de la institución y de la ejecución de losacuerdos del Directorio, en sustitución de la Secretaría Eje- cutiva; Que, por consiguiente, resulta necesaria la modifica- ción del artículo 3º del Decreto Supremo Nº 053-2003-PCM; De conformidad, con lo establecido por el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Estado, el De-creto Legislativo Nº 560, el Decreto Supremo Nº 053-2003- PCM; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Modificación del artículo 3º del Decre- to Supremo Nº 053-2003-PCM - Oficializan realización del Campeonato Sudamericano de Fútbol Copa Améri-ca 2004 y del Campeonato Mundial de Fútbol Sub-17 año 2005 Modifíquese el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 053- 2003-PCM - Oficializan realización del Campeonato Sud- americano de Fútbol Copa América 2004 y del Campeona- to Mundial de Fútbol Sub-17 año 2005, el mismo que enadelante tendrá el siguiente texto: "Artículo 3º.- Constituir una Comisión de Apoyo y Coor- dinación para la Copa América 2004 y el Campeonato Mundial de Fútbol Sub-17 año 2005, que estará integrada por: - Un representante del Presidente de la República, quien la presidirá; - El Presidente del Consejo de Ministros o su represen- tante; - El Ministro de Economía y Finanzas o su represen- tante; - El Ministro de Comercio Exterior y Turismo o su representante; - El Ministro de Transportes y Comunicaciones o su representante; - El Ministro de Justicia o su representante;- El Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento o su representante; - El Ministro de Educación o su representante;- El Ministro de Relaciones Exteriores o su represen- tante; y, - La Gerente General de PROMPERÚ". Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Rela- ciones Exteriores, el Ministro de Comercio Exterior y Turis- mo, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro deTransportes y Comunicaciones, el Ministro de Justicia, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Mi- nistro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil cuatro.