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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G30/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 31 de enero de 2004 ORDENANZA QUE ESTABLECE INCENTIVOS POR PRONTO PAGO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2004 Artículo Primero.- Incentivos Los contribuyentes, que cumplan con el pago de los Arbitrios Municipales de manera completa por todo el ejer-cicio 2004, recibirán un descuento del 12% del monto totalal momento de efectuar la cancelación. Los contribuyen-tes que cancelen sólo un semestre completo (I ó II) recibi-rán el 6% de descuento. Este beneficio no incluye los gas-tos administrativos de emisión. Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Ad- ministración, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto ya la Unidad de Informática, el cumplimiento de la presenteOrdenanza y a Secretaría General su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.CARLOS BRINGAS CLAEYSSEN Alcalde 02029 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G65/G6D/G62/G61/G6E/G64/G65/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C /G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2004-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC CONSIDERANDO: Que, el 2 febrero del dos mil cuatro, se celebra el Octogé- simo Cuarto Aniversario de la Creación Política del distritodel Rímac, razón por el cual se hace necesario resaltar enesta ocasión la efemérides distrital y la participación cívicadel vecindario con el total embanderamiento del distrito, asi-mismo con la limpieza y pintado de las viviendas y de losdiversos locales, tanto públicos como privados de nuestra ju-risdicción, en señal de reconocimiento a tan magno evento; Estando a lo expuesto y de conformidad con el artículo 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, LeyNº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDERA- MIENTO GENERAL del distrito de Rímac durante los días31.01.04 al 15.02.04, con motivo de celebrarse el Octogé-simo Cuarto Aniversario de su Creación Política. Artículo Segundo.- En caso de incumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto, los infractores seránpasibles a las sanciones y multas correspondientes. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presen- te Decreto a la Gerencia Municipal, a la Dirección de Se-guridad Ciudadana y la Unidad de Imagen Institucional. Dado en el local de la Municipalidad Distrital del Rímac a los veintiocho días del mes de enero del dos mil cuatro. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS LOBATÓN DONAYRE Alcalde 02037 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G45/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G20/G4F/G72/G67/GE1/G6E/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 289-MSB San Borja, 7 de enero de 2004EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN BORJA;Visto, en su I-2004 Sesión Ordinaria de fecha 7.1.2004, el Informe Nº 011-2003-CEMRO de la Comisión Especial Mixta de Reestructuración Organizacional sobre Proyecto de Reglamento de Organización y Funciones de la Munici- palidad de San Borja; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades son órganos de gobier- no local con autonomía política, económica y administrati- va en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipali- dades - Ley Nº 27972, establece la estructura municipal básica de los Gobiernos Locales, la misma que compren- de en el ámbito administrativo a la Gerencia Municipal, el órgano de auditoría interna, la procuraduría pública muni- cipal, la oficina de asesoría jurídica y la oficina de planea- miento y presupuesto; determinando que los demás órga- nos de línea, apoyo y asesoría se establecen conforme lo determine cada gobierno local; Que, el inciso 3) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece como atribución del Concejo el aprobar el Régimen de Organización Interior y Funciona- miento del Gobierno Local, señalando su artículo 26º que la administración municipal adopta una estructura geren- cial sustentándose en principios de programación, direc- ción, ejecución, supervisión, control concurrente y poste- rior; Que, el artículo 8º de la Ley precitada señala que la Administración Municipal está integrada por los funciona- rios y servidores públicos, empleados y obreros, que pres- tan servicios para la municipalidad; correspondiendo a cada municipalidad organizar la administración de acuerdo con sus necesidades y presupuesto; Que, mediante Acuerdo Nº 005-2004-MSB de fecha 7 de enero del 2004 se dispuso, hasta la conclusión de la aprobación de todos los instrumentos de gestión, la prórroga del Acuerdo de Concejo Nº 004-2003-MSB-C de fecha 8 de enero del 2003 y Acuerdo de Concejo Nº 043-2003-MSB-C de fecha 14 de mayo del 2003, por los que se declaró a la Municipalidad de San Borja en Reestructuración Orgánica y Reorganización Adminis- trativa y se dispuso la conformación de una Comisión Especial Mixta de Reestructuración Organizacional; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; con dispensa del trámite de aprobación de Actas, se aprobó por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Y ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Artículo Primero.- APROBAR la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Muni- cipalidad de San Borja, los mismos que forman parte inte- grante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la pre- sente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y en la Pági- na Web de la Municipalidad: www.munisanborja.gob.pe. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde