Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2004 (31/01/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 31 de enero de 2004

Articulo 3º.- DESIGNAR como Director Regional de Trabajo y Promocion del Empleo del Gobierno Regional de MORDAZA al abogado MORDAZA MORDAZA Itusaca, actual Director Regional de dicho Sector. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los Treinta y Un dias del mes de MORDAZA del dos mil tres. Publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALLON Presidente 02000

Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la Junta de Usuarios de Riego de la MORDAZA de Majes. Registrese, comuniquese y archivese. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA a los uno (1) dias del mes de setiembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALLON Presidente 01998

Designan integrantes del Consejo Directivo del Proyecto Especial Majes - MORDAZA en representacion del Gobierno Regional y establecen conformacion de este
PRESIDENCIA DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 282-2003-GRA VISTOS: La Resolucion Ejecutiva Regional Nº 268-2003-GRA y el Decreto Supremo Nº 020-2003-VIVIENDA; y, CONSIDERANDO:

Imponen sancion de cese temporal a servidores del extinguido CTAR MORDAZA
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 366-2003-GRA
VISTO: El Informe Nº 013-2002-2-4648, emitido por la Oficina Regional de Control Interno del Gobierno Regional de MORDAZA, sobre Examen Especial a las Obras ejecutadas por Encargo con los Gobiernos Locales y Entidades Publicas durante el ano 2001, la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 314-2003-GRA, que instaura MORDAZA administrativo disciplinario a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con los informes orales y los descargos presentados por los procesados, y el Informe Nº 006-2003-GRA/CPPA, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos del Gobierno Regional de Arequipa; y, CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 020-2003-VIVIENDA, se ha transferido el Proyecto Especial Majes MORDAZA del INADE al Gobierno Regional de MORDAZA, determinandose la constitucion de un Consejo Directivo, para que actue como MORDAZA organo de la entidad, encargado de establecer las politicas, planes, actividades, metas y estrategias, asi como de supervisar la administracion general y la marcha institucional; Que, bajo ese contexto, se ha dictado la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 268-2003-GRA designandose al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en representacion de la Junta de Usuarios de Riego de la MORDAZA de Majes; Que, en tal razon y a efecto de que se proceda a regular el funcionamiento interno del Proyecto Especial y adecuar sus intrumentos de gestion; el Gobierno Regional debe proceder a completar a sus representantes mediante la designacion respectiva, atendiendo a que el Gobierno Nacional aun no ha designado a los que le corresponden; Estando a las facultades establecidas en la Ley Organica de Gobiernos Regionales aprobada por la Ley Nº 27867 y modificada por la Ley Nº 27902, asi como en lo establecido en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 020-2003VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DESIGNAR al economista MORDAZA MORDAZA Butron Puertas y al ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rivero como integrantes del Consejo Directivo del Proyecto Especial Majes - MORDAZA, en representacion del Gobierno Regional de Arequipa. Quedando conformado el Consejo Directivo del Proyecto Especial Majes MORDAZA, en tanto cumpla el Gobierno Nacional en designar a sus representantes, de la siguiente manera: Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ballon, en su condicion de Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, quien lo presidira; Eco. MORDAZA MORDAZA Butron Puertas, representante del Gobierno Regional; Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rivero, representante del Gobierno Regional; y,

Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 3142003-GRA, del 19.9.2003, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario en contra de los senores: Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, supervisor de obras de la Subgerencia de Supervision y Liquidacion de Obras (comprendido en las observaciones a.2, a.3, a.4, y c.3), Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, supervisora de obras de la Subgerencia de Supervision y Liquidacion de Obras (comprendida en la observacion c.2), Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, evaluador de la Subgerencia de Estudios y Obras (comprendido en la observacion e.1), Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, evaluador de la Subgerencia de Estudios y Obras (comprendido en la observacion e.1), y el Arq. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, supervisor de obras de la Subgerencia de Supervision y Liquidacion de Obras (comprendido en las observaciones e.2, y e.3), durante los periodos que habrian desempenado dichos cargos en el extinguido Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA (en adelante CTAR Arequipa), y quienes habrian inobservado diversas normas sobre la Ley y Reglamento de la MORDAZA Administrativa, asi como Directivas Internas y normas de Control Interno; Que, dentro de los terminos establecidos por los articulos 163º, 169º y 172º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, los procesados han entregado sus descargos, y han hecho uso del informe oral, efectuado personalmente ante los miembros de la Comision Permanente de Procesos Administrativos, a excepcion del coprocesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien ha sido notificado mediante publicacion en el Diario Oficial El Peruano, y pese a ello no ha presentado sus descargos; y en merito a dichos actos, obtendran una decision motivada y fundada en derecho; Que, en la Observacion Nº a.2, en la que se encuentra comprendido el coprocesado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se refiere que la Obra "Canal Pueblo Viejo Atico", se encuentra inconclusa, sin que se MORDAZA realizado controles de calidad y haberse ejecutado excesivos gastos en mano de obra calificada. Del analisis a sus descargos, lo manifestado por el procesado trata de eludir su responsabilidad, ademas de reconocer que la obra se encuentra inconclusa, no se ha superado las deficiencias de caracter tecnico en el MORDAZA de ejecucion, al no haberse dispuesto se efectue las pruebas de calidad, asi como el cumplimiento del presupuesto asignado para el pago de

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