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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2004 (31/01/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 54

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G30/G38/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 31 de enero de 2004 de Puno, donde actualmente funcionan el Almacén de Bie- nes Embargados y Comisados de dicha Oficina Zonal y elAlmacén de Bienes Incautados de la Intendencia de Adua-na de Puno, en virtud a que el referido inmueble cuentacon la distribución e infraestructura apropiada para elalmacenamiento de mercancías; y que la renta mensualsólo se incrementará en la misma medida que la variacióndel índice de precios al por mayor (IPM); Que lo expuesto en el mencionado Informe justifica téc- nica y legalmente la exoneración del proceso de selecciónpara la prórroga del contrato de arrendamiento, cumplién-dose así con lo establecido en el Artículo 113º del mencio-nado Reglamento; Que mediante Carta de fecha 22 de enero de 2004, el representante de la empresa Fibrandes S.A., propietariadel inmueble, ha manifestado su conformidad en prorrogarel contrato de arrendamiento por un período adicional detres (3) meses, incrementando la renta mensual en la mis-ma medida que la variación del índice de precios al pormayor (IPM); Que en este sentido, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resultaprocedente la emisión de una Resolución de Superinten-dencia que exonere del proceso de selección correspon-diente a la prórroga del mencionado contrato de arrenda-miento; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funcionesde la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar del proceso de selección corres- pondiente, a la prórroga del contrato de arrendamiento delinmueble ubicado en la avenida Nueva Zelanda Nº 598,distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamentode Puno, con un área de 6,300 m2, por el período de tres(3) meses, comprendido entre el 1 de febrero y el 30 deabril de 2004, por los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar al Intendente Regional Arequipa a suscribir el Contrato respectivo con la empresa FibrandesS.A., mediante Adjudicación de Menor Cuantía y por unarenta mensual de S/. 2,166.50 (Dos mil ciento sesenta yseis y 50/100 Nuevos Soles), incluido impuestos; la mismaque será financiada con recursos propios de la Institución. Artículo 3º.- Disponer que la Intendencia Nacional de Administración remita copias de la presente Resolución ydel Informe que sustenta esta exoneración a la ContraloríaGeneral de la República, dentro de los diez (10) días ca-lendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 01991 /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G6F/G72/G20/G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G6E/G2D /G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 021-2004/SUNAT Lima, 29 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 093- 2000/SUNAT, se nombró como Ejecutor Coactivo encar-gado de la gestión de cobranza coactiva de la IntendenciaRegional Arequipa, al señor abogado Lehmann Eddie Ay-llón Sánchez; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto dicho nombramiento y efectuar un nuevo nombramiento de Eje-cutor Coactivo, a fin de garantizar el normal funcionamientode la cobranza coactiva en dicho Órgano de Línea; Que el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Có- digo Tributario, aprobado mediante Decreto SupremoNº 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitos que deberán cumplir los abogados para acceder al cargo deEjecutor Coactivo; Que el trabajador propuesto ha presentado declaración jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Úni- co Ordenado del Código Tributario, establece que lo dis-puesto en el numeral 7.1 de la Ley Nº 26979, no es deaplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyopersonal ingrese mediante concurso público; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del artículo 19º del Reglamento de Organización y Funcionesde la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dejar sin efecto el nombramiento del se- ñor abogado Lehmann Eddie Ayllón Sánchez, como Eje-cutor Coactivo encargado de la gestión de cobranza coac-tiva de la Intendencia Regional Arequipa. Artículo 2º.- Nombrar al señor abogado Luis Arturo Fernández Romero, como Ejecutor Coactivo encargado dela gestión de cobranza coactiva de la Intendencia RegionalArequipa. Regístrese, comuníquese y publíquese.NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 01992 /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G6F/G72/G20/G43/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G6E/G2D /G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4C/G6F/G72/G65/G74/G6F SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 022-2004/SUNAT Lima, 29 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 051- 2002/SUNAT, se nombró como Ejecutor Coactivo encargadode la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Regio-nal Loreto, al señor abogado Eduardo Alexis García Villegas; Que a través de la Resolución de Superintendencia Nº 006-2004/SUNAT, publicada el 16 de enero de 2004, sedejó sin efecto el mencionado nombramiento; Que en este sentido, resulta necesario efectuar el nom- bramiento de la persona que en calidad de Ejecutor Coac-tivo se encargará de la gestión de cobranza coactiva de laIntendencia Regional Loreto; Que el artículo 114º del Texto Único Ordenado del Có- digo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº135-99-EF y modificatorias, establece los requisitos quedeberán cumplir los abogados para acceder al cargo deEjecutor Coactivo; Que el trabajador propuesto ha presentado declaración jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Úni- co Ordenado del Código Tributario, establece que lo dis-puesto en el numeral 7.1 de la Ley Nº 26979, no es deaplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyopersonal ingrese mediante concurso público; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones dela SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Nombrar a la señora abogada Adela Isabel Alarcón Culquicondor, como Ejecutor Coactivo en-cargado de la gestión de cobranza coactiva de la Inten-dencia Regional Loreto. Regístrese, comuníquese y publíquese.NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 01993