Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2004 (05/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

MORDAZA, jueves 5 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE LURIN
Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 074/ML que otorgo beneficio tributario referente al impuesto predial y a arbitrios municipales
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 080/ML Lurin, 16 de enero del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 14 de enero del 2004, y con el quorum reglamentario; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 074/ML de fecha 6 de noviembre del 2003, se otorgo el Beneficio Tributario a todos aquellos administrados que mantengan adeudos pendientes de pago al 31 de octubre del 2003, sobre Impuesto Predial y Arbitrios Municipales siendo su vigencia hasta el 20 de diciembre del 2003; Que, con Informe Nº 003-2004-DR/ML de fecha 13 de enero del 2004 de la Direccion de Rentas de la Municipalidad de Lurin, presenta un Informe Tecnico respecto a los resultados obtenidos con relacion a la informacion consolidada del periodo del 31 de octubre al 20 de diciembre del 2003; Que, es politica de gestion del Concejo Municipal de Lurin, otorgar a los administrados del distrito las mayores facilidades para regularizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, en tal sentido considera conveniente prorrogar el plazo de vigencia establecido en la Ordenanza Municipal Nº 074 sobre Beneficios Tributarios; En uso de las atribuciones conferidas de acuerdo a la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y con la dispensa del tramite de aprobacion del acta, el Concejo aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Prorroguese el plazo de vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 074/ML hasta el 29 de febrero del 2004 en todos sus alcances. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MINI MORDAZA 02298

nistracion, solicitando declarar en situacion de urgencia el suministro de productos alimenticios, el Informe Nº 0082004-MDP/PVL, de la Jefa del Programa del Vaso de Leche y el Informe Nº 043-2004-MDP/GAJ, de la Oficina de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, debido a que el contrato que se viene ejecutando para el abastecimiento de productos alimenticios del Programa del Vaso de Leche, vence indefectiblemente el 31 diciembre del 2003, es preciso tomar las medidas necesarias, para evitar el desabastecimiento de suministros, del citado programa, habiendose MORDAZA dicho contrato hasta el mes de enero del 2004 hasta por un monto MORDAZA del 30% del monto del contrato matriz; Que, el numeral 2.2 del articulo 2º de la Ley No 27470, modificada mediante Ley Nº 27712, senala que constituye facultad de los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche elegir el MORDAZA de insumos que se adquirira para la ejecucion del precitado programa, esta eleccion de los productos ya se ha realizado y el acta, ha sido proporcionada al Comite Especial con fecha 13 de enero del presente; Que, con el acuerdo anotado, el Comite Especial culminara la elaboracion de las bases administrativas y procedera a la ejecucion del MORDAZA de seleccion, contemplando tal requerimiento, lo contrario conllevaria a la nulidad de pleno derecho del MORDAZA de seleccion, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa, civil o penal del Comite de Administracion, del Comite Especial y del Alcalde; Que, de conformidad a lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento el MORDAZA de licitacion publica nacional demanda una duracion aproximada de 75 dias, considerando todas y cada una de las etapas de dicho MORDAZA de seleccion hasta la suscripcion del contrato, lo que generaria, de esta forma, un lapso de tiempo de desabastecimiento de productos al PVL, debiendose asegurar la continuidad del funcionamiento del programa, dada las serias implicancias que conllevaria su paralizacion o interrupcion para la salud de los MORDAZA de ninos, madres gestantes y demas beneficiarios del Programa; Que, es necesario declarar en situacion de urgencia por noventa (90) dias al suministro de productos al Programa del Vaso de Leche, a fin de asegurar el abastecimiento de productos al Programa en mencion, y adoptar acciones inmediatas para atender en forma normal las raciones diarias que demanda el Programa del Vaso de Leche senaladas en la Ley Nº 27470 y su modificatoria la Ley Nº 27712; Que, el articulo 19º, del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 0122001-PCM, sobre Exoneracion de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, senala en el inciso c) que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en Situacion de Emergencia o de Urgencia declaradas de conformidad con la presente ley; Que, de acuerdo a lo senalado por el articulo 21º de la acotada ley, se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, lo que faculta a esta, a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para efectuar el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo el articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, modificado por el D.S. Nº 079-2001-PCM, establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina un accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable a fin de paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones correspondientes; Que, el articulo 20º, de la acotada MORDAZA, senala que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el articulo 19º se realizan mediante el MORDAZA de Adquisicion de Menor Cuantia, debiendo aprobarse la exoneracion por Acuerdo de Concejo, el cual debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 dias habiles de su emi-

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA
Declaran en situacion de urgencia el suministro de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2004-MDP/C MORDAZA, 26 de enero del 2004 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA VISTO: En sesion extraordinaria de fecha 23 de enero del 2004, el informe Nº 006-2004-MDP/DA, de la Direccion de Admi-

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