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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (05/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 106

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G31/G34/G36/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 5 de febrero de 2004 sión; igualmente debe remitirse copia del Acuerdo de Con- cejo y de los informes que lo sustentan a la Contraloría General de la República, dentro de los 10 días calendario siguientes a la fecha de su aprobación; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades otorga- das por el Artículo 41º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, y con las dispensas del trámite de Apro-bación del Acta; por mayoría acuerda; ACUERDA:Artículo Primero.- Declarar en situación de urgencia por el lapso de 90 días (los meses de febrero, marzo y abril2004), al suministro de Productos Alimenticios para el Pro- grama del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, entendiéndose que paralelamente se realiceel proceso de selección correspondiente, siendo los pro- ductos a adquirirse: Leche Evaporada Entera en Lata y Hojuelas de Cereales (Avena, Quinua y Kiwicha), fuentede financiamiento 017. MES LECHE HOJUELA DE CEREALES DÍAS UNID. MONTO UNIDADES KILOS MONTO FEBRERO 39,327 68,822.25 12,541 5,518.04 20,416.75 29 MARZO 42,040 73,570.00 13,406 5,898.64 21,824.97 31 ABRIL 40,683 71,195.25 12,973 5,708.12 21120.04 30 TOTAL 213,587.50 63,361.76 90 Artículo Segundo.- Encargar a la Unidad de abaste- cimiento, la adquisición mediante el proceso de MenorCuantía, de conformidad a lo establecido por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- Disponer se notifique a la Contra- loría General de la República, el presente Acuerdo de Con- cejo, dentro de los diez días siguientes a su fecha de apro- bación. Regístrese, publíquese y cúmplase. CAROLA CLEMENTE Vda. DE POBLET Alcaldesa 02299 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA /G43/G6F/G6E/G63/G65/G64/G65/G6E/G20 /G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G73/G20 /G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G73 /G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G61/G6C/G20/G69/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G70/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G20/G79/G20/G61/G72/G62/G69/G2D/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73 ORDENANZA Nº 004-2004-MDSA Santa Anita, 31 de enero de 2004 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 001-2004-CAPRI-MDSA, de la Comisión de Rentas y los Informes Nº 017-2004-GR-GG/MDSA y 46-2004-GAJ-GG/MDSA, de la Gerencia de Rentas y Geren- cia de Asesoría Jurídica, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, las actuales autoridades municipales, concientes de la recesión económica que agobia al país y en clara demostración de su sensibilidad social, desean brindar a sus contribuyentes las facilidades para el cumplimiento desus obligaciones tributarias; Que, buena cantidad de vecinos no cancelaron sus deudas durante la ultima Amnistía debido a que esperaronagenciarse económicamente después de las fiestas de fin de año; Que, se hace necesario, entonces, brindar beneficios tributarios de regularización en lo que respecta al Impues- to Predial y los Arbitrios Municipales, así como en lo to- cante a las multas administrativas; Que, en mérito al Artículo 194º de la Constitución Polí- tica del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitu- cional, Ley No 27680, conforme al Artículo 200º y su cuar-to numeral que establece que las Ordenanzas tienen ran- go de Ley, conforme a los Artículos IV del Título Preliminary 41º del Código Tributario, sobre la condonación por parte de los Gobiernos Locales y en uso de sus facultades con- feridas por los artículos 9º, 38º,39º y 40º de la Ley Orgáni- ca de Municipalidades, Ley No 27972, con el voto mayori-tario del Pleno del Concejo, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Concédase la condonación de las moras, intereses y factores de ajuste de deudas tributariaspor Impuesto Predial y Arbitrios Municipales desde el año 1996 hasta el 2002 en el 100% y por un período de treinta (30) días a todos los contribuyentes del distrito de SantaAnita. Artículo Segundo.- Concédase, por única vez, la re- baja en 80% de los Arbitrios Municipales en el valor delmonto insoluto correspondiente a años anteriores, inclu- yendo el año 2000, y una rebaja del 30% respecto de los años 2001 y 2002 para todos los contribuyentes del distritode Santa Anita por un período de treinta (30) días. Artículo Tercero.- En el caso que el contribuyente ten- ga convenios de fraccionamiento pendientes por cancelar,podrá acogerse al presente beneficio, inclusive, los conve- nios que se encuentren en estado de cobranza coactiva. Artículo Cuarto.- Aquellos contribuyentes que hayan presentado recursos de impugnación por cualquier tributo que administre la Municipalidad, podrán recibir el beneficio tributario de la presente Ordenanza, previa presentaciónpor escrito de desistimiento de sus recursos impugnativos. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en elDiario Oficial El Peruano. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Informática y Oficina de Ejecutoría Coac-tiva el cumplimiento de la presente Ordenanza, encargán- dose a la Subgerencia de Imagen Institucional, Gerencia de Administración y a Secretaría General su correcta yamplia difusión y publicación en el Diario Oficial El Perua- no. DISPOSICIONES FINALES: Primera.- Los beneficios otorgados por la presente Ordenanza no incluyen los pagos que se hayan realizado por concepto de arbitrios. Segunda.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía regule la aplicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. TADEO A. GUARDIA HUAMANÍ Alcalde 02356 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6D/G61/G6E/G74/G65/G6E/G65/G72/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G6D/G75/G6E/G65/G2D /G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G65/G6E/G73/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G65/G74/G61/G73/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G61/G73/G69/G73/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G61/G73/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2004-MDSA Santa Anita, 31 de enero de 2003 Visto: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el tema referido a la fijación de dietas y monto de remune- ración que percibirán los señores Regidores y el señor Al-calde, respectivamente, para el ejercicio fiscal 2004; y, CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo de Concejo Nº 009-2003-MDSA, de fecha 14 de febrero de 2003,se fijó el monto de la remu-neración mensual del señor Alcalde y las dietas de los se- ñores Regidores por asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo hasta un máximo de dos (2) sesiones pagadas almes; Que, el mencionado acuerdo se tomó de conformidad a lo dispuesto en el artículo 21º de la Ley Orgánica de Muni-cipalidades, Ley Nº 23853, actualmente derogada por la