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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G31/G34/G36/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 5 de febrero de 2004 VISTO: El Informe Nº 001-2004-GAF/MC, sobre su propuesta de Directiva Nº 001-2004-GAF/MC,que aprueba el "Proce- dimiento de consolidación de deudas tributarias y adminis-trativas por cuentas por pagar de la Municipalidad"; CONSIDERANDO:Que, mediante el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 097-C/MC, del 30 de octubre del 2003, se dispone la CON-SOLIDACIÓN de las cuentas por pagar de la Municipali- dad Distrital de Comas con las deudas por Impuesto Pre- dial, Arbitrios y otras de índole administrativo que señalenlos titulares de las acreencias; Que, resulta indispensable regular el procedimiento administrativo mediante el cual se resolverán las solicitu-des de consolidación de deudas; Que, de acuerdo al Art. 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el establecimiento de lasnormas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas se realiza a través de Decretos de Alcaldía; Con la opinión favorable del Gerente Municipal, del Gerente de Administración y Finanzas; del Gerente de Administración Tributaria; del Gerente de Planificación y Presupuesto y del Gerente de Asesoría Legal; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la Directiva Nº 001-2004- GAF/MC, "Procedimiento de consolidación de deudas tribu- tarias y administrativas por cuentas por pagar de la Municipalidad", cuyo texto forma parte del presente Decre-to, en estricto arreglo a lo resuelto en el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 097-C/MC del 30 de octubre del 2003. Artículo Segundo.- DISPONER el estricto cumpli- miento del procedimiento que se aprueba en el artículo pre- cedente en lo que corresponda a las Gerencias de Admi- nistración y Finanzas; Planificación y Presupuesto y deAdministración Tributaria, a través de la Subgerencia de Recaudación y Orientación al Contribuyente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde DIRECTIVA Nº 001-2004-GAF/MC "Procedimiento de consolidación de deudas tributarias y administrativas por cuentas por pagar de la Municipalidad" I. OBJETO DE LA NORMA Y ÁMBITO DE APLICA- CIÓN.- Establecer el procedimiento para que las personas na- turales y/o jurídicas que registran acreencias de índole administrativo con la Municipalidad de Comas en CréditosDevengados y Reconocidos o comprometidas en el Ejerci- cio Fiscal vigente y a su vez mantengan deudas en mate- ria tributaria municipal, tales como Impuesto Predial, Arbi-trios de Limpieza Pública, Licencias de Funcionamiento y otras que señalen los titulares de las acreencias, conforme a lo resuelto en el Art. Tercero de la Ordenanza Nº 097-C/MC, del 30 de octubre del 2003. II. BASE LEGAL.-- Decreto Legislativo Nº 776, de Tributación Municipal y sus Modificatorias. - Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. - Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.- Leyes de Presupuesto del Sector Público. - Ordenanza Nº 097-C/MC, del 30 de octubre del 2003, de la Municipalidad Distrital de Comas. - Ordenanza Nº 99-C/ MC, del 13 de diciembre del 2003, que aprueba la Estructura Orgánica de la Municipalidad de Comas.- Ordenanza Nº 102-C/MC, del 23 de diciembre del 2003, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones- ROF de la Municipalidad Distrital de Comas. - Decreto Supremo Nº 135-99-EF,T.U.O. Reglamento del Código Tributario.y Modificatorias. III. ALCANCE.- Están comprendidos dentro del alcance de la presente norma las personas naturales y jurídicas que domicilian en la Jurisdicción del Distrito y regula la aplicación del benefi-cio tributario de consolidación de deudas y el pago de acreencias de Créditos Devengados y Reconocidos o Com- prometidos en el Ejercicio Fiscal que se encuentra en vi-gor en el momento del acto administrativo, los mismos que se registran en la Municipalidad Distrital de Comas. IV. DEL PROCEDIMIENTO.- 4.1 Para la consolidación de deudas, los titulares de las acreencias deberán presentar a través de la Subgerencia de Trámite Documentario y Archivo una Solicitud dirigida al Señor Alcalde, con atención a la Gerencia de Administracióny Finanzas. La Subgerencia de Trámite Documentario y Archivo, verificará el buen estado de conservación y la le- gibilidad del contenido de los documentos sucedáneosanexados a la Solicitud, trámite que se impulsará de oficio de acuerdo a lo establecido en los Artículos 145º y 148º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral. 4.2 Los titulares de las acreencias deberán presentar la documentación probatoria,apropiadamente sustentaday tendrá carácter de declaración jurada. 4.3 La Gerencia de Administración y Finanzas toma conocimiento de la petición y verifica la documentación.En un plazo no menor de cuatro (04) días útiles dispondrá la acumulación de los Informes destinados a determinar la existencia de cuentas por pagar al titular de las acreen-cias. Para ello, principalmente requerirá a la Subgerencia de Contabilidad la información actualizada y nominativ a correspondiente a la provisión contable de cuentas porpagar determinando la cuantía total de la deuda, la misma que deberá verificar la existencia de cobertura presupuesta- ria, fundado en las provisiones contables antes mencio-nadas. 4.4 Una vez determinada la cuenta por pagar, la Geren- cia de Administración y Finanzas anexa los informes con-firmatorios al Expediente, elabora el Informe conclusivo y deriva los actuados a la Gerencia de Administración Tribu- taria, para que a través de la Subgerencia de Recaudacióny Orientación al Contribuyente se impute la totalidad de las deudas tributarias y/o administrativas que registre el titular de las acreencias o de su instrucción expresa de favorecercon este beneficio a un tercero, cuyo monto constituirá la suma a CONSOLIDAR, hasta la extinción de la deuda tributaria en el estado que se encuentre. 4.5 La Gerencia de Administración Tributaria a través de la Subgerencia de Recaudación y Orientación al Contri- buyente queda autorizada a imputar el monto total al queasciende las cuentas por pagar al titular de las acreencias contra las deudas tributarias y/o administr ativas actualiza- das que registre. La imputación contra las deudas tributa- rias y/o administrativas que registre se realizará en estric- ta sujeción a lo dispuesto en el Art. 31º del T.U.O., Regla- mento del Código Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99-EF. Finalmente, la Subgerencia de Recaudación y Orienta- ción al Contribuyente deberá emitir un informe conteniendo las acciones precisas, claras y expresas que técnica yjurídicamente considere para el pronunciamiento final de la extinción de la deuda tributaria y/o administrativa, el que fundamentará la Resolución Gerencial que formaliza laCONSOLIDACIÓN efectuada. La Gerencia de Adminis- tración Tributaria proyectará la Resolución Gerencial corres- pondiente, con el visto bueno de los Gerentes de AsesoríaLegal; de Administración y Finanzas y de Planificación y Presupuesto, a que se refiere el Art. Cuarto de la Orde- nanza Nº 097-C/MC del 30 de octubre del 2003 y que ponefin al acto administrativo. 4.6 El acto administrativo así emitido, a través de la Subgerencia de Trámite Documentario y Archivo deberáser transcrito al Solicitante- Titular de las acreencias y se distribuirá ante todo a la Subgerencia de Contabilidad para el registro de la cancelación de las cuentas por pagar y a la