Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2004 (05/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

MORDAZA, jueves 5 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 261457

Que, conforme al articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la cancelacion de un MORDAZA de seleccion debera formalizarse mediante resolucion del mismo o superior nivel que aquel que dio inicio al expediente de contratacion; Que, de acuerdo al articulo 21º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM corresponde a la Entidad comunicar su decision dentro del dia siguiente y por escrito al Comite Especial. Este, a su vez, debera comunicar dicha decision a todos los adquirientes de las Bases o a quienes hayan sido invitados, segun sea el caso, dentro del dia siguiente de recibida la comunicacion cursada por la Entidad; asi como, la Resolucion cancelatoria debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano y en el que se hubiera publicado la Convocatoria, dentro de los cinco dias posteriores a la adopcion de la decision; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. CANCELAR la Licitacion Publica Nº 0399L00041 "Adquisicion de Medicamentos", respecto del item 241. 2. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion dentro de los cinco (5) dias siguientes de su expedicion, de acuerdo a Ley. 3. DISPONER que la Gerencia Central de Adquisiciones comunique por escrito la decision adoptada a traves de la presente Resolucion, a los miembros del Comite Especial de la Licitacion Publica Nº 0399L00041, dentro del dia siguiente de su expedicion. 4. DISPONER que el Comite Especial comunique la presente Resolucion a los adquirientes de las Bases de la Licitacion Publica Nº 0399L00041, dentro del plazo de Ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA BAMBAREN Gerente General (e) 02279 RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 038-GG-ESSALUD-2004 MORDAZA, 29 de enero del 2004

suscribio el contrato correspondiente con Corporacion Infarmasa S.A., por un periodo de doce (12) meses; Que, en consecuencia, habria duplicidad de requerimientos, no resultando conveniente para la Entidad continuar con el MORDAZA de seleccion de la Licitacion Publica Nº 0399L00041, respecto del mencionado medicamento, toda vez que se generaria un sobre stock y el consecuente pago por ellos, lo cual ocasionaria un perjuicio economico a la Institucion; Que, mediante Carta Nº 1279-GCA-ESSALUD-2003, la Gerencia Central de Adquisiciones, solicito la cancelacion de la Licitacion Publica Nº 0399L00041, respecto del item 385; Que, el articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que en cualquier estado del MORDAZA de seleccion, hasta MORDAZA del Otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad que lo convoca puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar, o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propositos de emergencia declarados expresamente; Que, de acuerdo a lo senalado en la Carta Nº 1279GCA-ESSALUD-2003, ha desaparecido la necesidad de adquirir el producto, configurandose uno de los supuestos establecidos en el articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, conforme al articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; la cancelacion de un MORDAZA de seleccion debera formalizarse mediante resolucion del mismo o superior nivel que aquel que dio inicio al expediente de contratacion; Que, de acuerdo al articulo 21º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM corresponde a la Entidad comunicar su decision dentro del dia siguiente y por escrito al Comite Especial. Este, a su vez, debera comunicar dicha decision a todos los adquirientes de las Bases o a quienes hayan sido invitados, segun sea el caso, dentro del dia siguiente de recibida la comunicacion cursada por la Entidad; asi como, la Resolucion cancelatoria debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano y en el que se hubiera publicado la Convocatoria, dentro de los cinco dias posteriores a la adopcion de la decision; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE:

VISTAS: La Carta Nº 1279-GCA-ESSALUD-2003 mediante la cual la Gerencia Central de Adquisiciones solicita la cancelacion del item 385 de la Licitacion Publica Nº 0399L00041 "Adquisicion de Medicamentos"; la Carta Nº 5058-OCAJ-ESSALUD-2003 de la Oficina Central de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, ESSALUD convoco a la Licitacion Publica Nº 0199L00231 "Adquisicion de Medicamentos, para adjudicar los items nulos de dicha Licitacion, entre los que se encontraba el medicamento "Sal Ferrosa 15 mg Fe Elemental /5ml Jarabe x 120 ml o mas Fr."; Que, el mencionado MORDAZA de seleccion sufrio retrasos atribuidos a la impugnacion presentada por Hersil S.A. Laboratorios Industriales Farmaceuticos contra el plazo otorgado por el Comite Especial al Consorcio Drogueria Peru S.A.C. - Laboratorio MORDAZA para que subsane errores de forma en el contenido de sus propuestas tecnicas; y, el recurso de apelacion de Quimica Suiza S.A. contra el Otorgamiento de la Buena Pro, el cual fue declarado infundado mediante Resolucion de Gerencia General Nº 287GG-ESSALUD-2003 del 20 de MORDAZA del 2003; Que, MORDAZA las necesidades presentadas a nivel nacional y la dilacion de la Licitacion Publica Nº 0199L00231, la Gerencia Central de Adquisiciones procedio a incluir el medicamento "Sal Ferrosa 15 mg Fe Elemental /5ml Jarabe x 120 ml o mas Fr" en la Licitacion Publica Nº 0399L00041 "Adquisicion de Medicamentos" para el periodo 2004, la cual fue convocada el 10 de setiembre del 2003; Que, consentida la Resolucion de Gerencia General Nº 287-GG-ESSALUD-2003, el 4 de agosto del 2003 se

1. CANCELAR la Licitacion Publica Nº 0399L00041 "Adquisicion de Medicamentos", respecto del item 385. 2. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion dentro de los cinco (5) dias siguientes de su expedicion, de acuerdo a Ley. 3. DISPONER que la Gerencia Central de Adquisiciones comunique por escrito la decision adoptada a traves de la presente Resolucion, a los miembros del Comite Especial de la Licitacion Publica Nº 0399L00041, dentro del dia siguiente de su expedicion. 4. DISPONER que el Comite Especial comunique la presente Resolucion a los adquirientes de las Bases de la Licitacion Publica Nº 0399L00041, dentro del plazo de Ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA BAMBAREN Gerente General (e) 02280

INABEC
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio fiscal 2004
INSTITUTO NACIONAL DE BECAS Y CREDITO EDUCATIVO RESOLUCION JEFATURAL Nº 028-JI-INABEC/2004 San MORDAZA, 28 de enero de 2004

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