Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2004 (05/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

MORDAZA, jueves 5 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV
Suspenden autorizacion de funcionamiento de Surinvest Sociedad Agente de Bolsa S.A.
COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCION GERENCIA GENERAL Nº 012-2004-EF/94.11 MORDAZA, 3 de febrero de 2004 VISTO: El Informe Nº 036-2004-EF/94.55 de fecha 3 de febrero de 2004 presentado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 172º del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 093-2002EF, los agentes de intermediacion deben cumplir con los margenes de endeudamiento y otras condiciones de liquidez y solvencia patrimonial minimas que CONASEV senale con relacion al MORDAZA de operaciones, el plazo, la cuantia o a la naturaleza de los instrumentos negociados y a la clase de intermediarios; Que, el Titulo III del Reglamento de Agentes de Intermediacion, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 843-97-EF/94.10, modificado por la Resolucion CONASEV Nº 083-2000-EF/94.10, establecio las normas que tienen por objeto cautelar que los agentes de intermediacion mantengan adecuados niveles de liquidez y solvencia; Que, el articulo 42º del Reglamento de Agentes de Intermediacion dispone que el Indicador de Liquidez y Solvencia resulta de dividir el patrimonio liquido de la sociedad agente de bolsa entre la suma del importe total de sus tenencias ponderadas por riesgo, mas las posiciones descubiertas de la sociedad agente de bolsa y de cada cliente provenientes de operaciones de reporte, mutuo de valores, mutuo de dinero, doble contado plazo, ventas descubiertas y otras que signifiquen responsabilidad para la sociedad agente de bolsa; debiendo ser el mencionado indicador, en todo momento, igual o superior a 1; Que, como consecuencia de la inspeccion que se viene realizando en dicha intermediaria se ha podido determinar que la Informacion Financiera Intermedia al 30 de septiembre de 2003 presentada por Surinvest Sociedad Agente de Bolsa S.A. a CONASEV carece de confiabilidad al haberse verificado saldos y transacciones inconsistentes; Que, para efectos de determinar el calculo del Indicador de Liquidez y Solvencia al 12 de enero de 2004, la Comision de Inspeccion obtuvo de parte de Surinvest Sociedad Agente de Bolsa S.A. nueva informacion financiera al 30 de septiembre de 2003, determinando que la citada sociedad agente de bolsa al 12 de enero de 2004 registraba para su Indicador de Liquidez y Solvencia un valor negativo de 2,12; Que, no obstante haberse solicitado a Surinvest Sociedad Agente de Bolsa S.A. mediante Oficio Nº 514-2004-EF/ 94.55 del 27 de enero de 2004, que acredite haber revertido el valor negativo del Indicador de Liquidez y Solvencia mencionado en el considerando precedente, dicha situacion no se ha revertido a la fecha, no dando cumplimiento la citada sociedad agente al requerimiento efectuado; Que, el articulo 46º del Reglamento de Agentes de Intermediacion, senala que cuando el indicador de liquidez y solvencia de un agente sea inferior al minimo senalado en el Articulo 42º, dicho agente debera comunicar este hecho a CONASEV y a la Bolsa respectiva dentro de las 24 horas siguientes de haberse producido y que el agente debera revertir dicha insuficiencia dentro de los dos dias siguientes de realizada la comunicacion MORDAZA mencionada, senalandose, ademas, que si al tercer dia persiste la insuficiencia, CONASEV suspendera la autorizacion de funcionamiento del agente;

Que, habiendose verificado que Surinvest Sociedad Agente de Bolsa S.A. no ha cumplido con acreditar que ha revertido el valor negativo de su Indicador de Liquidez y Solvencia, corresponde conforme a lo dispuesto por el articulo 46º del Reglamento de Agentes de Intermediacion, suspender su autorizacion de funcionamiento hasta que revierta tal situacion; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 2º, inciso a) del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV aprobada por Decreto Ley Nº 26126, asi como a lo acordado por el Directorio de esta Comision Nacional en su sesion de fecha 6 de MORDAZA de 1999, mediante el cual se otorgan facultades a la Gerencia General de CONASEV para que disponga la suspension de la autorizacion de funcionamiento de las sociedades agentes de bolsa que incurran en la causal de suspension a que hace referencia el articulo 46º del Reglamento de Agentes de Intermediacion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Suspender la autorizacion de funcionamiento de Surinvest Sociedad Agente de Bolsa S.A., en tanto su indicador de Liquidez y Solvencia registre un valor inferior a la unidad. Articulo 2º.- La suspension dispuesta por el articulo precedente no exime a Surinvest Sociedad Agente de Bolsa S.A. del cumplimiento de sus obligaciones contraidas con el MORDAZA con anterioridad a dicha fecha. Articulo 3º.- La presente resolucion entrara en vigencia el dia de su notificacion. Articulo 4º.- La presente resolucion no agota la via administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante la Gerencia General de CONASEV mediante la interposicion de un recurso de reconsideracion o de apelacion, dentro del plazo de quince (15) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de su notificacion. Articulo 5º.- Transcribir la presente resolucion a Surinvest Sociedad Agente de Bolsa S.A., a la Bolsa de Valores de MORDAZA, a Cavali ICLV S.A. y a la Asociacion de Sociedades Agentes de Bolsa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WITHMORY Gerente General 02398

ESSALUD
Cancelan diversas licitaciones publicas de adquisicion de medicamentos en diferentes items
RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 036-GG-ESSALUD-2004 MORDAZA, 29 de enero del 2004 VISTAS: La Carta Nº 1278-GCA-ESSALUD-2003 mediante la cual la Gerencia Central de Adquisiciones solicita la cancelacion de los items 409 y 410 de la Licitacion Publica Nº 0399L00041 "Adquisicion de Medicamentos"; la Carta Nº 5062-OCAJ-ESSALUD-2003 de la Oficina Central de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, ESSALUD convoco a la Licitacion Publica Nº 0199L00232 "Adquisicion de Medicamentos", para los items desiertos de la Licitacion Publica Nº 0199L00231, entre los que se encontraban los medicamentos "Sulfato de Bario mayor 96% (micronizado oral) Polvo G" y "Sulfato de Bario con equipos (Uso rectal) Polvo G", correspondientes a los items 387 y 388, respectivamente; Que, el 21 de marzo del 2003, se llevo a cabo el Otorgamiento de la Buena Pro de la Licitacion Publica Nº 0199L00232, siendo adjudicada con la Buena Pro de los items 387 y 388 la empresa Representaciones e Importaciones Medicas S.R.L.;

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