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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (17/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 48

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G32/G34/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 17 de febrero de 2004 - Por haber retenido indebida e ilegalmente la suma de S/. 2,500.00 nuevos soles, en perjuicio de la Entidad Muni- cipal, por la recaudación del día 30-12-2002. - Por haber usurpado las funciones asignadas a las Unidades de Tesorería y Caja, al haber recaudado, admi- nistrado y liquidado recursos financieros, sin considerar el procedimiento aplicable a Tesorería. - Por haberse demostrado que la recaudación y admi- nistración de los recursos financieros de esa fecha fue de- ficiente e inadecuada porque debido a la inobservancia denormas de Tesorería, la Unidad de Tesorería no registra información de los ingresos de los días 30 y 31 de diciem- bre de 2002, existiendo diferencias entre lo informado porcada uno de estos funcionarios. - Por haber efectuado pagos fuera de la Entidad, hasta por un monto de S/. 10,136.00 nuevos soles a favor del Sr.Burga ex Director Municipal y del ex encargado del Despa- cho de Alcaldía Sr. Miguel de la Cruz Tuya y a otros servi- dores, por concepto de remuneraciones y pago de benefi-cios por convenios de pactos colectivos. Que, es necesario precisar que, el deslinde de la responsa- bilidad que pudiera corresponderle al Sr. Miguel de la Cruz Tuya,ex Teniente Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres y encargado del Despacho de Alcaldía en los días a que se contrae el presente proceso, deberá efectuarse en otroámbito, dado que escapa a las atribuciones que tiene la Comi-sión Especial, que sólo puede calificar las faltas imputadas aprocesados cuya jerarquía sea acorde a la de sus miembros; Que, cabe destacar que, en la Hoja Informativa materia del análisis no se menciona a los otros integrantes del Comité de Caja de Emergencia, los Sres. Jesús Cutipa, ex ContadorGeneral y el C.P.C. Pedro Tesen Chávez, Veedor, aunque enel Anexo 01 se adjunta la Resolución Nº 2506-2002-AL/MDSMP, mediante la cual son designados como tales; Que, de acuerdo a las declaraciones de los testigos, ci- tadas y descritas en dicha Hoja Informativa, como en otros acápites de la misma, estos dos miembros sólo se encon-traron presentes el día 23 de diciembre de 2002, fecha enque fueron designados, lo que es corroborado por los Me-morándums Nºs. 012 y 013-2003-OAI/MDSMP de fecha 14y 15 de enero de 2003, por lo que los Sres. Cutipa y Tesen, aparentemente, habrían omitido cumplir con las funciones encargadas, no obrando documento alguno en los archivosque indique, su renuncia, observación u oposición a lo dis-puesto mediante la resolución indicada, que los exima de laresponsabilidad administrativa asumida como miembros delComité y del daño que hubieren ocasionado a la Entidad; Que, si bien los funcionarios señalados ya no trabajan en esta institución, de acuerdo al Art. 175º del Reglamento de laCarrera Administrativa, aprobado mediante D.S. Nº 005-90-PCM,se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la nor-ma, en lo que les sea aplicable, aún concluido el vínculo laboral; Que, de la revisión de los actuados, se puede establecer que los funcionarios mencionados, no habrían observado disposicio- nes específicas, incumpliendo con sus obligaciones y con salva-guardar los intereses del Estado, previsto en los incisos a) y b)del Artículo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases dela Carrera Administrativa, por lo que la Comisión concluyó quelas faltas imputadas podrían implicar tal gravedad que amerita- rían la sanción de cese temporal o destitución, según establece el inciso a) del Artículo 28º de la norma invocada, por lo que debe-rán ser evaluadas dentro de un proceso administrativo; Que, la Comisión, en ejercicio de las facultades señala- das en el Art. 166º del Reglamento de la Carrera Admi-nistrativa, aprobó unánimemente recomendar que se instaure proceso administrativo a la Sra. Agustina Carmen Alvarado, ex Jefa de Servicios Generales y a los Sres. Jesús CutipaAsto, ex Contador General y C.P.C. Pedro Tesen Chávez,Veedor, ex integrantes del Comité de Caja de Emergencia; Que, estando a lo informado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y en uso de las fa- cultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, Decreto LegislativoNº 276 "Ley de Bases de la Carrera Administrativa" y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Instaurar Proceso Administrativo Dis- ciplinario a la Sra. Agustina Carmen Alvarado, ex Jefa deServicios Generales y a los Sres. Jesús Cutipa Asto, ex Contador General y C.P.C. Pedro Tesen Chávez, ex Jefe de la Oficina de Auditoría Interna, Veedor y ex integrantes delComité de Caja de Emergencia, por los fundamentos ex- puestos en los considerandos de la presente Resolución.Artículo Segundo.- Notificar la presente Resolución en sus respectivos domicilios en forma personal o publicarse en el Dia- rio Oficial El Peruano dentro del término de setenta y dos (72) horas contadas a partir del día siguiente de su expedición, a finque cumplan con presentar sus descargos en un plazo de cin- co (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de notifi- cados, con el objeto de garantizar el debido proceso. Artículo Tercero.- Encargar a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUCIO CAMPOS HUAYTA Alcalde 03296 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANGALLO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G72/G65/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G2D /G64/G61/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G50/G6F/G62/G6C/G61/G64/G6F/G20/G4D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G52/G61/G2D/G6D/GF3/G6E/G20/G43/G61/G73/G74/G69/G6C/G6C/G61/G2C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G6F/G74/G6F/G73 (Se publica la presente resolución a solicitud de la Mu- nicipalidad Provincial de Cangallo, mediante Oficio Nº 29- 2004-0519-MPC/A, recibido el 16 de febrero de 2004) RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 111-01-0519-MPC/A Lima, 19 de julio de 2001 VISTO: El Oficio Nº 070-2001-A/MD-T, para la Creación del Centro Poblado Menor de Ramón Castilla, del distrito deTotos, provincia de Cangallo; CONSIDERANDO: Que, el Art. 43º de la Constitución Política consagra a la República del Perú como unitaria, representativa y fun-damentalmente descentralizada, el Art. 188º, ordenada quela descentralización en nuestro país es un proceso perma-nente en el Art. 192º, faculta a las Municipalidades la com-petencia de fijar y aprobar su organización interna; Que, el D.S. Nº 044-90-PCM; establece que para la crea- ción y recategorización de circunscripciones territoriales,establece en los requisitos fundamentales la voluntad ma-nifiesta mayoritaria de la población; por otro lado corregirdeficiencias en el sistema de prestación de servicios so-ciales básicos para la población, debe poseer infraestruc- tura adecuada para encargar funciones administrativas, requisitos que cumple la comunidad de Ramón Castilla yque posibilita su creación como Centro Poblado Menor; Que, el Art. 5º, inciso 6) de la Ley Orgánica de Munici- palidades y su modificatoria Ley Nº 23854, dispone que lacreación de la Municipalidad del Centro Poblado Menor, debe ser aprobada por Acuerdo de los Concejos Municipales Pro- vinciales, con conocimiento de la Municipalidad Distrital; Estando a la opinión favorable por la Unidad de Presupuesto y Planificación, emitido mediante Informe Nº 027-01-0519-MPC/PRES, de fecha 4 de junio del 2001 y aprobado en sesión deConcejo de fecha 13 de julio del 2001, en uso de las atribucionesconferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, la creación de la Muni- cipalidad del Centro Poblado Menor de RAMÓN CASTI-LLA, del distrito de Totos, provincia de Cangallo, a partir de la emisión de la presente resolución. Artículo Segundo.- TRANSCRIBIR, el presente Acto Administrativo a la Municipalidad Distrital de Totos, Institu- to Nacional de Estadística e Informática, Jurado Nacional de Elecciones y otras instancias. Regístrese, comuníquese y archívese.ABEL CALDERÓN GONZALES Alcalde 03270