Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2004 (17/02/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 17 de febrero de 2004

- Por haber retenido indebida e ilegalmente la suma de S/. 2,500.00 nuevos soles, en perjuicio de la Entidad Municipal, por la recaudacion del dia 30-12-2002. - Por haber usurpado las funciones asignadas a las Unidades de Tesoreria y MORDAZA, al haber recaudado, administrado y liquidado recursos financieros, sin considerar el procedimiento aplicable a Tesoreria. - Por haberse demostrado que la recaudacion y administracion de los recursos financieros de esa fecha fue deficiente e inadecuada porque debido a la inobservancia de normas de Tesoreria, la Unidad de Tesoreria no registra informacion de los ingresos de los dias 30 y 31 de diciembre de 2002, existiendo diferencias entre lo informado por cada uno de estos funcionarios. - Por haber efectuado pagos fuera de la Entidad, hasta por un monto de S/. 10,136.00 nuevos soles a favor del Sr. MORDAZA ex Director Municipal y del ex encargado del Despacho de Alcaldia Sr. MORDAZA de la MORDAZA Tuya y a otros servidores, por concepto de remuneraciones y pago de beneficios por convenios de pactos colectivos. Que, es necesario precisar que, el deslinde de la responsabilidad que pudiera corresponderle al Sr. MORDAZA de la MORDAZA Tuya, ex MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres y encargado del Despacho de Alcaldia en los dias a que se contrae el presente MORDAZA, debera efectuarse en otro ambito, dado que escapa a las atribuciones que tiene la Comision Especial, que solo puede calificar las faltas imputadas a procesados cuya jerarquia sea acorde a la de sus miembros; Que, cabe destacar que, en la Hoja Informativa materia del analisis no se menciona a los otros integrantes del Comite de MORDAZA de Emergencia, los Sres. MORDAZA MORDAZA, ex Contador General y el C.P.C. MORDAZA Tesen MORDAZA, Veedor, aunque en el Anexo 01 se adjunta la Resolucion Nº 2506-2002-AL/ MDSMP, mediante la cual son designados como tales; Que, de acuerdo a las declaraciones de los testigos, citadas y descritas en dicha Hoja Informativa, como en otros acapites de la misma, estos dos miembros solo se encontraron presentes el dia 23 de diciembre de 2002, fecha en que fueron designados, lo que es corroborado por los Memorandums Nºs. 012 y 013-2003-OAI/MDSMP de fecha 14 y 15 de enero de 2003, por lo que los Sres. MORDAZA y Tesen, aparentemente, habrian omitido cumplir con las funciones encargadas, no obrando documento alguno en los archivos que indique, su renuncia, observacion u oposicion a lo dispuesto mediante la resolucion indicada, que los exima de la responsabilidad administrativa asumida como miembros del Comite y del dano que hubieren ocasionado a la Entidad; Que, si bien los funcionarios senalados ya no trabajan en esta institucion, de acuerdo al Art. 175º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado mediante D.S. Nº 005-90-PCM, se encuentran comprendidos dentro de los alcances de la MORDAZA, en lo que les sea aplicable, aun concluido el vinculo laboral; Que, de la revision de los actuados, se puede establecer que los funcionarios mencionados, no habrian observado disposiciones especificas, incumpliendo con sus obligaciones y con salvaguardar los intereses del Estado, previsto en los incisos a) y b) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, por lo que la Comision concluyo que las faltas imputadas podrian implicar tal gravedad que ameritarian la sancion de cese temporal o destitucion, segun establece el inciso a) del Articulo 28º de la MORDAZA invocada, por lo que deberan ser evaluadas dentro de un MORDAZA administrativo; Que, la Comision, en ejercicio de las facultades senaladas en el Art. 166º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobo unanimemente recomendar que se instaure MORDAZA administrativo a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de Servicios Generales y a los Sres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Contador General y C.P.C. MORDAZA Tesen MORDAZA, Veedor, ex integrantes del Comite de MORDAZA de Emergencia; Que, estando a lo informado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Decreto Legislativo Nº 276 "Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa" y su Reglamento aprobado mediante D.S. Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de Servicios Generales y a los Sres. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Contador General y C.P.C. MORDAZA Tesen MORDAZA, ex Jefe de la Oficina de Auditoria Interna, Veedor y ex integrantes del Comite de MORDAZA de Emergencia, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolucion.

Articulo Segundo.- Notificar la presente Resolucion en sus respectivos domicilios en forma personal o publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro del termino de setenta y dos (72) horas contadas a partir del dia siguiente de su expedicion, a fin que cumplan con presentar sus descargos en un plazo de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de notificados, con el objeto de garantizar el debido proceso. Articulo Tercero.- Encargar a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03296

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANGALLO
Aprueban la creacion de la Municipalidad del Centro Poblado Menor de MORDAZA MORDAZA, distrito de Totos
(Se publica la presente resolucion a solicitud de la Municipalidad Provincial de Cangallo, mediante Oficio Nº 292004-0519-MPC/A, recibido el 16 de febrero de 2004) RESOLUCION MUNICIPAL Nº 111-01-0519-MPC/A MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2001 VISTO: El Oficio Nº 070-2001-A/MD-T, para la Creacion del Centro Poblado Menor de MORDAZA MORDAZA, del distrito de Totos, provincia de Cangallo; CONSIDERANDO: Que, el Art. 43º de la Constitucion Politica consagra a la Republica del Peru como unitaria, representativa y fundamentalmente descentralizada, el Art. 188º, ordenada que la descentralizacion en nuestro MORDAZA es un MORDAZA permanente en el Art. 192º, faculta a las Municipalidades la competencia de fijar y aprobar su organizacion interna; Que, el D.S. Nº 044-90-PCM; establece que para la creacion y recategorizacion de circunscripciones territoriales, establece en los requisitos fundamentales la voluntad manifiesta mayoritaria de la poblacion; por otro lado corregir deficiencias en el sistema de prestacion de servicios sociales basicos para la poblacion, debe poseer infraestructura adecuada para encargar funciones administrativas, requisitos que cumple la comunidad de MORDAZA MORDAZA y que posibilita su creacion como Centro Poblado Menor; Que, el Art. 5º, inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades y su modificatoria Ley Nº 23854, dispone que la creacion de la Municipalidad del Centro Poblado Menor, debe ser aprobada por Acuerdo de los Concejos Municipales Provinciales, con conocimiento de la Municipalidad Distrital; Estando a la opinion favorable por la Unidad de Presupuesto y Planificacion, emitido mediante Informe Nº 027-01-0519-MPC/ PRES, de fecha 4 de junio del 2001 y aprobado en sesion de Concejo de fecha 13 de MORDAZA del 2001, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR, la creacion de la Municipalidad del Centro Poblado Menor de MORDAZA MORDAZA, del distrito de Totos, provincia de Cangallo, a partir de la emision de la presente resolucion. Articulo Segundo.- TRANSCRIBIR, el presente Acto Administrativo a la Municipalidad Distrital de Totos, Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, MORDAZA Nacional de Elecciones y otras instancias. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 03270

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