TEXTO PAGINA: 31
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G32/G34/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 17 de febrero de 2004 VISTA: La Directiva Nº 018-2003-GG-PJ, Normas para la "For- mulación y Evaluación del Plan Operativo 2004 de las De-pendencias del Poder Judicial", recibida con fecha 23 de enero último; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral siete del punto VIII de la mencionada Di- rectiva, relativo a los procedimientos de Formulación y Eva- luación del Plan Operativo 2004; establece, con relación a la Comisión de Planificación para dirigir procedimientos antesmencionados lo siguiente: "En las Cortes Superiores de Jus- ticia, esta Comisión estará conformada el Presidente de la Corte Superior de Justicia, quien la presidirá, el Administra-dor de la Corte, quien actuará como Secretario y un Analista o Asistente de Estadística. Adicionalmente, el Presidente po- drá designar dos Magistrados para integrar la Comisión"; Que, en ese sentido corresponde designar a los dos señores Magistrados de este Distrito Judicial que integra- rán la Comisión de Planificación del Plan Operativo 2004de esta Corte Superior de Justicia, para los fines estable- cidos en la Directiva antes mencionada; asimismo la refe- rida Comisión se encargará del Seguimiento y Evaluacióndel citado Plan Operativo; Que, en consecuencia, en uso de las atribuciones con- feridas a los Presidentes de Corte, por los incisos 3º y 9ºdel artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgá- nica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al señor doctor GUSTA- VO ADOLFO LOPEZ MEJÍA VEGA, Vocal Provisional de la Primera Sala Superior Penal del Callao y a la señorita Doc- tora TERESA JESÚS SOTO GORDON, Juez Titular del Pri-mer Juzgado Especializado Civil del Callao, como Magistra- dos integrantes de la Comisión de Planificación del Plan Operativo 2004 de esta Corte Superior de Justicia. Artículo Segundo.- PÓNGASE la presente Resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Gerenciade Planificación de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Oficina de Inspectoría General del Poder Judicial, de la Oficina Administración Distrital y de los Magistrados de estaCorte Superior y de la Oficina Distrital de Imagen Institucio- nal. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. CARLOS ZECENARRO MATEUS Presidente Corte Superior de Justicia del Callao 03253 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G43/G6F/G6E/G73/G69/G64/G65/G72/G61/G6E/G20/G64/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G2D /G74/G72/G61/G6C/G20/G79/G20/G64/G65/G6C/G65/G67/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G61 /G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G20/G43/G69/G76/G69/G6C/G20/G71/G75/G65 /G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G6E/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G55/G63/G61/G79/G61/G6C/G69/G20/G79/G20/G4A/G75/G6E/GED/G6E RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 014-2004-JEF-RENIEC Lima, 15 de enero de 2004 Vistos los Informes Nºs. 019, 020, 021, 022 y 023-2004- GO-SGREC/RENIEC, de fecha 9 de enero del 2004; Que, por Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil como un organismo autónomo,constitucionalmente encargado de organizar y mantener elRegistro Único de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil. Corresponde exclusivamente al Registro Na- cional de Identificación y Estado Civil las funciones de pla-near, organizar, dirigir, normar y racionalizar las inscripcio- nes registrales de su competencia, entre los que se encuen- tran los nacimientos, matrimonios, defunciones y demásactos que modifican el estado civil de las personas; Que la normativa registral prevista en la Ley Nº 26497 y complementada con el Reglamento de las Inscripcionesdel Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, apro- bado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, de fecha 23 de abril de 1998, norma que regula la inscripción de loshechos relativos al estado civil de las personas, disponien- do a su vez que el Sistema Registral esta integrado, entre otros organismos, por las Oficinas Registrales encargadasdel procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Dirección del Re- gistro Nacional de Identificación y Estado Civil estime con-venientes, por ello, por Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF, de fecha 3 de abril de 1996, se ha delegado las funciones registrales contenidas en el artículo 44º de la Ley Nº 26497a las Oficinas de Registro de Estado Civil de la República ubicadas, entre otras instituciones, en las Municipalidades Provinciales, Distritales y de Centros Poblados Menoresdebidamente autorizadas y las que funcionan en las Co- munidades Nativas de la selva y ceja de selva; Que, la Ley de Comunidades Nativas y de Desarrollo Agrario de las Regiones de la Selva y Ceja de Selva - De- creto Ley Nº 22175 - estableció la instalación de una Ofici- na de Registro de Estado Civil en cada Comunidad Nativa,lo que en la práctica se implementó en forma restringida, por tanto, subsiste la necesidad de establecer programas tendientes a la integración paulatina de las ComunidadesNativas al Sistema Registral, cuyo órgano rector es el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, ade- cuando las exigencias legales al respecto a las condicio-nes sociales y geográficas existentes, así como respetan- do sus costumbres ancestrales; Que las Comunidades Nativas a que se refieren los in- formes de los vistos han formalizado expedientes de In- corporación de las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las mismas al Sistema Registral, por loque debe aprobarse la delegación funcional a través de las respectivas Resoluciones Jefaturales emitida por la más alta autoridad de la institución, estableciéndose la vincula-ción funcional que la norma dispone, las mismas que re- quieren de la publicidad esencial para su vigencia; y, De conformidad con lo expuesto en la Ley Nº 26497 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Considerar en vía de regularización dentro del Sistema Registral y delegar las funciones regis-trales a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución a las Oficinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Comunidades Nativas de: ÍTEMCOMUNIDAD NATIVA DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO 1 PUEBLO NUEVO DEL IP ARIA CORONEL UCAYALI CACO PORTILLO 2 TSOROJA RÍO TAMBO SA TIPO JUNÍN 3 MAYAPO RÍO TAMBO SA TIPO JUNÍN 4 QUITENI RÍO TAMBO SA TIPO JUNÍN 5 BAJO ALDEA PICHANAKI PERENÉ CHANCHAMAYO JUNÍN Artículo Segundo.- Los Jefes de Oficinas de Registro de Estado Civil que funciona en las Comunidades Nativas mencionadas en el artículo precedente quedan encarga-dos de las funciones establecidas en el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, de fecha 23 de abril de 1998, así como las acciones administrativas que corres-pondan para llevar adelante la delegación funcional dispues- ta y el obligatorio repliegue de información, ceñida a la nor- matividad registral vigente y bajo la supervisión y controldel Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 03157