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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (17/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G32/G34/G34/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 17 de febrero de 2004 gencia de este servicio, a fin de proceder con la compra de los insumos necesarios mediante Adjudicación de Menor Cuantía, de conformidad con la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, así como por lo dispuesto en laR.M. Nº 711-2002-SA/DM y Ley Nº 27712; Que, mediante Informe Nº 010-2004-SGLPS/MDPP, del 30 de enero del 2004, y el Informe Nº 023-2004-SGLCP/MDPP, del 23 de enero del 2004, la Gerencia de Servicios Públicos de esta Corporación, señala la necesidad de la contratación de vehículos pesados para el brindar el Ser-vicio de Limpieza Pública, y al no haber concluido el con- curso público para cumplir con este requerimiento, y al re- sultar insuficiente el número de unidades vehiculares depropiedad Municipal en un total de cuatro (4) que cumplen dicho servicio, las particularidades de la geografía del dis- trito hacen necesario que se adopten las medidas orienta-das a la contratación de las unidades vehiculares antes mencionadas; Que, mediante Informe Nº 101-2004-GAJ/MDPP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica del 28 de enero del 2004, señala que es necesaria la Declaración de Urgencia men- cionada, a fin de que pueda adquirir los productos alimen-ticios para dicho programa con el propósito de que los be- neficiarios puedan ser atendidos inmediatamente, por tra- tarse de niños(as), madres gestantes, lactantes, ancianosy tebecianos que tienen como única fuente de subsisten- cia los alimentos que le suministra el Programa del Vaso de Leche; asimismo mediante el Informe de la Subgeren-cia de Limpieza Pública y Saneamiento, en la cual señala la necesidad de la contratación de vehículos pesados para brindar el Servicio de Limpieza Pública; y mediante el In-forme de la Subgerencia de Logística y Control Patrimonial se aprecia que el suministro de combustible se puede de- tener en vista que el contrato que lo sustenta sólo tienevigencia hasta el día 31 de enero, poniendo en peligro la continuidad de la atención de los servicios básicos de la comunidad, así como también del trabajo que realizan losvehículos que se utilizarán para brindar el servicio de lim- pieza pública; Que, estando a lo señalado por los artículos 19º, 20º y 21º del TUO de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001- PCM, y artículo 105º del D.S. Nº 013-2001-PCM de suReglamento modificado por el artículo 3º del Decreto Su- premo Nº 079-2001-PCM que señala la situación de ur- gencia debe de entenderse como una medida temporal anteun hecho de excepción que determina una acción rápida a fin de adquirir lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio que se realice el proceso de selección correspon-diente para la adquisición definitiva; Que, el artículo 108º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S.Nº 012-2001-PCM, determina que la situación de urgencia debe entenderse como un hecho de excepción que deter- mina una acción rápida de adquisición o de contratacióncomo medida temporal, sin perjuicio que se realice el Pro- ceso de Selección correspondiente; En atención a los fundamentos antes mencionados, el Concejo Municipal, por mayoría, y en concordancia con lo establecido en el artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Or- gánica de Municipalidades, y con la dispensa del trámitede aprobación del acta, se adoptó el siguiente: SE ACORDÓ:Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA, por el término de treinta días hábiles la adqui-sición de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche, que constituirá de: Leche Evaporada Entera x 410 gramos, en cantidad de 171,416 unidades, con un va-lor referencial de S/. 255,409.84 nuevos soles, y Quinua Avena Enriquecida, en cantidad de 27,851.60 kilogramos, por el valor referencial de S/. 83,554.80 (Ochenta y tres Milquinientos cincuenticuatro y 80/100 Nuevos Soles), com- pras que estarán financiados con la transferencia del Teso- ro Público para el Programa del Vaso de Leche. Artículo Segundo.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA, por un período de treinta (30) días hábiles la contratación del suministro de combustible para el funcio-namiento de los servicios básicos de la ciudad, debiendo la Administración, en dicho plazo, efectuar el proceso de selección conforme a la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, siendo la fuente de financiamiento con re- cursos propios, por un valor referencial de S/. 55,000.00 (Cincuenta y Cinco Mil y 00/100 Nuevos soles).Artículo Tercero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA, por un período de treinta (30) días hábiles, la contratación de vehículos para brindar el servicio de Lim- pieza Pública en el distrito de Puente Piedra, la Adminis-tración, en dicho plazo, efectuar el proceso de selección conforme a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, siendo la fuente de financiamiento con recursospropios, por un valor referencial de S/.133,770 (ciento treinta y tres mil setecientos setenta y 00/100 Nuevos soles). Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Admi- nistración para que faculte al Comité Especial a fin de que adopten las acciones necesarias para garantizar la aten- ción de dicho programa de acuerdo a la normatividad vi-gente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Quinto.- Poner en conocimiento del presente Acuerdo al Programa del Vaso de Leche y a la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RENNAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde 03319 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G61/G6C/G63/G61/G6E/G63/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA /G30/G37/G36/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G70/G65/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G61/G6C/G20/G33/G31/G20/G64/G65/G64/G69/G63/G69/G65/G6D/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G33 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 02-2004-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC VISTO; el Informe Nº 033-2004/OATR/MDR de fecha 29.1.04 sobre prórroga de beneficio de regularización tri-butaria; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 06-2003-MDR de fecha 30.12.03 se resuelve prorrogar los alcances de laOrdenanza Nº 076-MDR, para los contribuyentes y respon- sables que tengan deudas tributarias de pago hasta el 31 de diciembre del 2003, siempre que se acojan a estos be-neficios hasta el 31.1.04; Que, mediante informe de vistos, el Director de Adminis- tración Tributaria y Rentas señala que considerando la res-puesta positiva de los contribuyentes a estos beneficios y la difícil situación económica que atraviesan los vecinos del dis- trito, se hace necesario ampliar dicho plazo toda vez que existela voluntad de regularizar sus obligaciones pendientes; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo estable- cido en el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánicade Municipalidades - Ley Nº 27972 y el Artículo 11º de la Ordenanza Nº 076; DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar los alcances de la Orde- nanza Nº 076, para los contribuyentes y responsables que tengan deudas tributarias pendientes de pago hasta el31.12.03, siempre que se acojan a estos Beneficios hasta el 28.2.04. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del pre- sente Decreto de Alcaldía a la Oficina de Administración Tributaria y Rentas, a Ejecutoría Coactiva y la difusión a la Unidad de Imagen Institucional. Dado a los treinta días del mes de enero del dos mil cuatro. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS LOBATÓN DONAYRE Alcalde 03245