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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G32/G35/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 18 de febrero de 2004 Artículo 9º.- REQUISITOS PARA OBTENER EL CAR- NÉ DE SANIDAD Los requisitos para obtener el carné de sanidad expe- dido por la autoridad sanitaria municipal son: a. Pago de los derechos correspondientes estableci- dos en el TUPA. b. Someterse al examen integral que constará de: - Examen clínico. - Examen serológico.- Examen de baciloscopia y radiología parasintomáti- cos respiratorio - Examen parasitológico solo para manipuladores de alimentos. El carné de sanidad será otorgado al concluir el preci- tado examen integral, salvo cuando de lo mismo se cons-tate la posibilidad de enfermedades infecto contagiosas,cuyos casos serán derivados al centro de salud de la juris-dicción quienes determinarán la expedición del carné. Artículo 10º.- VIGENCIA La vigencia del carné de sanidad será de seis (6) meses para el caso de los manipuladores de alimentos y de un (1) año paralos demás casos. Es obligatorio el examen médico semestral oanual según sea el caso para la renovación del carné o antes siasí lo requiere el resultado de los exámenes, lo que se le comuni-cará al interesado y no se hará constar en el carné. Artículo 11º.- OBLIGACIONES DE PORTAR CARNÉ DE SANIDAD El carné de sanidad es un documento personal e intrans- ferible que deberán portar en lugar visible las personas quebrinden atención al público y/o manipulen alimentos. Los empleadores están obligados a tener en lugar visi- ble o a la mano los carnés de sanidad de sus servidores ymostrarlos a la autoridad sanitaria municipal o autoridadesmunicipales cada vez que lo solicita para que pueda cons-tatar el cumplimiento de la presente norma. Solo para el caso de trabajadores dependientes, este de- berá ser entregado al interesado al cese en el empleo. En casode enfermedad o ausencia, el empleador remitirá el carné res-pectivo a la autoridad sanitaria municipal, allí quedará en depó-sito hasta que su propietario lo retire o el carné caduque. Artículo 12º.- RÉGIMEN SANCIONADOR La autoridad sanitaria municipal en coordinación con la policía municipal, supervisarán los establecimientos paraconstatar el cumplimiento de lo establecido en la presenteOrdenanza, caso contrario de detectarse omisión de lasnormas podrá ser objeto de sanción administrativa, de acuer-do con lo previsto en el artículo 46º sub capítulo II, Título IIIde la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente norma la entidad de salud podrá aplicar las sanciones en materia dedefensa de las personas y demás normas legales de acuer-do a la Ley Nº 26842, Cap. II, artículo 134º. Artículo 13º.- DE LAS SANCIONES Sin perjuicio de las sanciones civiles o penales a que hubiere lugar, las infracciones a las disposiciones conteni-das en la presente Ordenanza serán pasibles a una o másde las siguientes sanciones administrativas: 1. Notificación preventiva, subsanable. 2. Multa.3. Cierre temporal del establecimiento. Para imponer una sanción, la autoridad sanitaria muni- cipal tendrá en cuenta: 1. Los daños que se hayan producido o puedan produ- cirse a la salud humana. 2. La condición de reincidencia o reiterancia del infractor. Todo cierre temporal del establecimiento debe ser notifi- cado a la Oficina de Comercialización, independientementede la comunicación a la autoridad de salud correspondiente. El tiempo de cierre temporal será de siete (7) días hábiles o más según sea el caso de acuerdo a la infracción que hayacometido contra la salud humana, las que deberán ser sub-sanadas previa inspección ocular aprobatoria de la autoridadsanitaria municipal, para autorizar su reapertura. Artículo 14º.- DE LAS INFRACCIONES Se establece la calificación de las infracciones, según la siguiente escala de sanciones: I. Bodegas y puestos de mercados, almacenes o depó- sitos, transportistas, verdulerías, fruterías, pescaderías,avícolas, carnicerías y similares.II. Comercio ambulatorio. III. Panaderías, restaurantes, cafeterías y similares. ÍTEM INFRACCIÓN I II III 1.0 Falta de condiciones higiénicas en el establecimiento 3 3 profesional, comercial o industrial, así como las con-diciones de iluminación y ventilación adecuadas. 2.0 No tener servicios higiénicos o instalaciones de agua 3 3 y desagüe en el área comercial y/o separados por sexo. 3.0 No contar con vestimenta adecuada para la labor 1.5 1 2 comercial o industrial. 4.0 Falta de aseo del personal de los establecimientos 2 1 3 que manipulen alimentos. 5.0 No contar con botiquín de primeros auxilios. 0.5 16.0 Negarse u obstaculizar la toma de muestras o deco- 4 3 6 miso de alimentos o productos en mal estado. 7.0 Preparar alimentos con productos perjudiciales para 7 5 10 la salud humana o adulterados. 8.0 Elaborar o vender alimentos preparados con sobres o 7 5 10 residuos de otros alimentos. 9.0 Rehusar los envases desechables para expendio de 2 2 2 alimentos o bebidas. 10.0Usar papel impreso y/o de segundo uso en el expendio 2 2 2 de alimentos. 11.0 Vender carne de animales que han muerto por enfer- 50 50 50 medad o en estado de descomposición para consumohumano. 12.0 Criar animales domésticos en lugares de preparación 3 3 de alimentos. 13.0 Adulteración de productos alimenticios para el consumo 30 30 30 humano directo. 14.0Carecer de carné de sanidad o tener éste vencido (multa 1 1 1 por cada empleado) 15.0Carecer de constancia de formación para manipulación 1 1 1 de alimentos. 16.0 No tener cubierto con material impermeable las mesas 2 3 de comedores y/o cocinas con vidrio, mármol, fórnica, etc. 17.0 No contar con utensilios de cocina o cubiertos de mate- 2 2 3 rial inoxidable y/o en buen estado. Están prohibidos losmateriales de plomo, zinc o latón. 18.0 No contar con sobrepiso en el almacenaje de alimento 2 2 (parihuela) para evitar contacto con el piso. 19.0 No ef ectuar la limpieza y desinfección de almacenamien- 5 5 to de agua como tanques elevados, tanques de rebom-beo, reservorios de agua, etc. por lo menos dos vecesal año. 20.0 Por t ener el local comercial o industrial sin condiciones 10 5 15 higiénicas adecuadas. 21.0 Por no contar con recipientes adecuados para basura 5 3 5 desperdicios tóxicos o no eliminarlos diariamente. 22.0 Por permitir que la persona que atiende como cajero 3 3 expenda productos alimenticios. 23.0 Por no contar con campana extractora o aparatos extrac- 3 3 3 tivos o recirculadores en ambientes de trabajo cerradoo que produzcan humos o gases. 24.0 Por expender alimentos sin protegerse las manos conta- 3 3 5 minadas por manipulación de dinero DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- La presente Ordenanza, que tiene carácter de norma básica, se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo