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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G32/G35/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 18 de febrero de 2004 7º de la Constitución y de acuerdo con lo establecido en el artículo 85º del Decreto Supremo Nº 007-98-SA sobre Vigilan-cia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas y en las dispo-siciones del Código de Principios Generales de Higiene apro-bado por Resolución Ministerial Nº 535-97-SA/DM. Segunda.- Declárese que las normas que se opongan a la presente Ordenanza no tiene aplicación dentro del distrito deLa Perla, sobre la que ejerce jurisdicción en los asuntos de sucompetencia exclusiva. Tercera.- Intégrese al Reglamento de Sanciones Adminis- trativas la escala de infracciones y multas citadas en el artículo14º. Cuarta.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Y FINAL Primera.- Por excepción y por única vez, en un plazo de 90 días se aplicará una amnistía por derecho de costos de carné de sanidad, por el valor de S/.10.00 (diez y 00/100Nuevos Soles), para el carné de un año y de S /.5.00 (cin- co y 00/100 Nuevos Soles) para el carné de 6 meses. Segunda.- Facúltese a la Dirección de Servicios So- ciales y Culturales para realizar gestiones con los organis-mos estatales para establecer convenios para la aplica-ción de las normas de salud. Regístrese, comuníquese y publíquesePEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 03323 /G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G6E/G20/G61/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G73/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G73/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G2D /G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G6E/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G69/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G41/G6E/G75/G6E/G63/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G50/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G64/G61/G64/G20/G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 004-2004-MDLP La Perla, 24 de enero de 2004EL CONCEJO DISTRITAL DE LA PERLAPOR CUANTO:Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24.1.2004, el OFICIO Nº 002-2004-COM.A.E.P./MDLP, Dic-tamen emitido por la Comisión de Administración, Econo-mía y Presupuesto, sobre el Proyecto de Ordenanza deAnuncios y Publicidad Exterior de la Municipalidad Distri-tal de La Perla; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 publicada en el DiarioOficial El Peruano el 7.3.2002 establece en el artículo 194º “lasmunicipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Go-bierno Local tiene autonomía política, económica y administra-tiva en asuntos de su competencia”; Que, el artículo 79º, numeral 3) 3.6.3, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es una de lasfunciones específicas exclusivas de las Municipalidades Dis-tritales, la “ubicación de avisos publicitarios y propaganda polí-tica”; Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de sus facultades conferida por la Ley Nº27972, Ley Orgánica deMunicipalidades Art. 9º Inc.8) y contando con el voto UNÁNI-ME de los señores (as) regidores (as) y con la dispensa delectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA ANUNCIOS Y PUBLICIDAD EXTERIOR Artículo 1º.- La presente Ordenanza regula los aspec- tos técnicos administrativos que norman la instalación deAnuncios y Publicidad Exterior en el distrito de La Perla, conla finalidad de preservar la seguridad de los ciudadanos,fachadas y paisaje urbano y natural, manteniendo el ornato,el orden y estética, basado en el alineamiento de los ele-mentos publicitarios y su compatibilidad con los diferenteselementos de fachadas en la jurisdicción del distrito. Artículo 2º.- Respetar la libre competencia, dentro de las condiciones de la ética competitiva y la normatividad,no compete a la Municipalidad normar o intervenir en cuantoal contenido y forma de los anuncios, excepto para la ins-talación de aquellos que afecten la salud, las buenas cos-tumbres y la moral pública, que promuevan el consumo dedrogas, así como acciones violentas e ilegales. FINALIDAD, OBJETIVOS Y ALCANCES Artículo 3º.- Constituyen finalidad, objetivos y alcan- ces de la presente Ordenanza: FINALIDAD La presente ordenanza tiene como finalidad regular los elementos que conforman las fachadas y el paisaje urbanodel distrito, regulado lo correspondiente a las edificacio-nes, las autorizaciones de elementos fijos de publicidadexterior y anuncios en general en todo el distrito de La Per-la, a fin de lograr el debido ordenamiento publicitario. OBJETIVO Uniformizar criterios con relación a la instalación de elemen- tos de publicidad exterior y su relación con las fachadas de losinmuebles a los que están adosados, a fin de mejorar el ornato yevitar distorsiones y desorden en el paisaje urbano. Orientar de-bidamente, al usuario en la mejor manera de exhibir sus anun-cios sin alterar el paisaje urbano. Fomentar en el usuario la responsabilidad en el cumplimiento de la presente Ordenanza a fin de lograr el ordenamiento publici-tario en conjunto y favorecer a una mejor identificación con eldistrito. ALCANCE La presente Ordenanza alcanza a todas las personas naturales o jurídicas que deseen instalar elementos fijosde publicidad exterior en el distrito de La Perla. BASE LEGAL Artículo 4º.- La presente Ordenanza tiene como mar- co legal las normas de: - Reglamento Nacional de Construcciones. - Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. TIPO DE ANUNCIOS Y DEFINICIONES Artículo 5º.- Definiciones se entienden por: 1. Fachada Paramento exterior de las edificaciones, para los fines de la presente Ordenanza se considerará como fachada to-dos los lados visibles del edificio, incluso los techos, en elsentido de la obligatoriedad de la preocupación de su dise-ño y configuración final como exponente del paisaje urbano. 2. Anuncio El texto, leyenda o mensaje en forma de representa- ción visual gráfica que transmite un mensaje publicitario.Conjunto de palabras, figuras, dibujos, signos que hacen oseñalan al mensaje publicitario destinando a la difusión co-mercial de productos, bienes y/ servicios. 3. Elementos Fijos Las estructuras y/o elementos fijos portadores de pu- blicidad exterior. 4. Mobiliario Urbano Las estructuras o elementos que prestan un servicio a la comunidad, tales como: Paraderos de transporte público, ban-cas, casetas telefónicas, servicios higiénicos, elementos deinformación municipal, horaria y/o temperatura, elementos conmensaje de servicio a la comunidad, kioscos, puestos de ventao de prestación de servicios autorizados en la vía pública yotros elementos o estructuras similares, todos los cuales pue-den tener espacio de publicidad exterior. 5. Paramento Todo elemento de una edificación que representa una superficie exterior visible desde la vía pública. 6. Área de Retiro Espacio libre que toda construcción debe mantener a partir de su línea de propiedad. Artículo 6º.- Clasificación de los Anuncios por natura- leza en los siguientes tipos: