Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (18/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 93

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G32/G35/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 18 de febrero de 2004 Artículo 27º.- Para la obtención del Certificado de con- trol y verificación (trámite anual) se exige la presentaciónde los siguientes documentos: 1. Copia de Resolución de autorización del anuncio. 2. Carta de seguridad de obra y especificaciones téc- nicas autorizada por el profesional de ser el caso. DEL TRÁMITE ADMINISTRATIVO Artículo 28º.- La autoridad municipal correspondiente expedirá la respectiva autorización de instalación de publici-dad exterior en un plazo no mayor de sesenta días contadosa partir de la fecha de presentación completa de los requisi-tos. Vencido el plazo se considerará otorgada la autorización. SANCIONES Y MULTAS Artículo 29º.- La Municipalidad de La Perla llevará un padrón oficial de anuncios en donde se registrará las ca-racterísticas físicas del anuncio, leyenda, nombre del soli-citante, código de identificación y número de Resoluciónde Autorización. DE LAS SUPERVISIONES ANUALES DE ANUNCIOS Artículo 30º.- Los anuncios autorizados de conformidad con la presente Ordenanza están sujetos a supervisión anualpara verificar el cumplimiento de las características y mante-nimiento, debiendo solicitar ante la Municipalidad el Certifica-do de Control y Verificación de Autorización de Anuncios. Artículo 31º.- Detectada alguna variación de las medi- das, ubicación o características físicas del anuncio, la autori-zación referida quedará sin efecto debiendo tramitar una nue-va autorización de acuerdo a la presente Ordenanza, sin per-juicio de la imposición de la sanción correspondiente. Artículo 32º.- Las modificaciones o cambio de leyenda no implican una nueva autorización, debiendo los solici-tantes cumplir con la comunicación correspondiente se-gún el siguiente cuadro de sanciones. BAJA DE PADRÓN DE ANUNCIOS Artículo 33º.- Cuando se pretenda retirar el anuncio según la autorización concedida, el interesado deberá tra-mitar la baja del padrón correspondiente, adjuntando lossiguientes documentos: - Solicitud de Cese para baja del padrón. - Original de la Resolución de Alcaldía que autorizó di- cha instalación. - Recibo de Pago. TABLA DE TASAS PARA LA AUTORIZACIÓN DE PUBLICIDAD EXTERIOR Artículo 34º.-1.0 AUTORIZACIÓN DE ANUNCIOS EN PROPIEDAD PRIVADA - POR CARA Tiempo de autorización de instalación de anuncio: 1 año 1.1Simple adosado a fachada (incluye anuncio en toldo) Hasta 1 m2 5% UITMayor de 1m2 a 5m2 15% UITMayor de 5m2 a 10m2 20% UITMayor de 10m2 a 30m2 40% UITMayor de 30m2 a 50m2 80% UIT 1.2 Simple Panel Monumental Hasta 10m2 70% UITMayor de 10m2 100% UIT 1.3 Luminoso adosado a facha Hasta 5m2 15% UITMayor de 5m2 a 10m2 30% UITMayor de 10m2 a 30m2 60% UITMayor de 30m2 80% UIT 1.4 Luminoso Panel Monumental Mas de 0m2 2.0 AUTORIZACIÓN DE ANUNCIOS EN LA VÍA PÚ- BLICA - POR CARA Tiempo de autorización de instalación de anuncio: 01 año2.1Mobiliario Urbano (módulos, señalizadores, cabinas, carteleras, paraderos) 2.1.1 Simples Hasta 2m2 25% UITMas de 2m2 50% UIT 2.1.2 Panel Monumental Simple o Luminoso 200% UIT 3.0 AUTORIZACIÓN DE BANDEROLAS - POR CARA Tiempo máximo de instalación de banderolas 6 meses. 3.1 PARA INMOBILIARIAS Hasta 1m2 5% UITMayor de 1m2 a 10m2 25% UITMayor de 10m2 a 30m2 40% UITMayor de 30m2 60% UIT 3.2 PARA MERCADOS Hasta 1m2 10% UITMayor de 1m2 a 10m2 20% UITMayor de 10m2 a 30m2 40% UITMayor de 30m2 70% UIT 3.3 PARA SUPERMERCADOS, GRIFOS Y OTROS USOSHasta 1m2 20% UITMayor de 1m2 a 10m2 30% UITMayor de 10m2 a 30m2 50% UITMayor de 30m2 100% UIT 4.0 AUTORIZACIÓN DE GLOBOS4.1 EN VÍA PÚBLICA Hasta 1m2 20% UITMayor de 1m2 a 10m2 30% UITMayor de 10m2 a 30m2 50% UITMayor de 30m2 70% UIT 4.2 EN PROPIEDAD PRIVADA 4.2.1 GLOBOS AEROS TATICOS ADOSADOS AL NI- VEL SUPERIOR DEL PREDIO Hasta 1m2 10% UIT Mayor de 1m2 a 10m2 20% UITMayor de 10m2 a 30m2 30% UITMayor de 30m2 80% UIT DISPOSICIONES GENERALES Artículo 35º.-Primera.- Los elementos fijos que exhiban referencias de los profesionales responsables que intervienen en laobra de construcción, son obligatorios y no requieren au-torización municipal, siempre que el contenido del anuncioesté circunscrito a tres conceptos o informaciones: - Nombre completo del profesional. - Título del profesional.- Número de colegiatura, señalando teléfono.- No exceder de un área de exhibición aprox. de 2.00m. Los anuncios que rebasan estas limitaciones, serán consi- derados como anuncios comerciales y en consecuencia que-dan sujetos a las disposiciones de la presente Ordenanza y alpago de las autorizaciones correspondientes. Segunda.- La autorización para la colocación de los anun- cios que contengan propaganda comercial en predios en cons-trucción tendrá como requisito previo e indispensable la autori-zación del propietario de dicha obra. Los anuncios deberán sercolocados dentro del límite de la propiedad. Tercero.- No se consideran dentro de la Ordenanza aque- llos anuncios obligados por INDECOPI, respecto a la exposi-ción de precios de los productos que se expenden, siempre ycuando cumplan con las siguientes características: - Ubicación del anuncio en el ingreso al local. - Material de calidad necesariamente de vidrio o acríli- co, cuyo fondo será blanco. Cuarto.- Deberá incorporarse al TUPA la aplicación de esta Ordenanza, modificándose si fuese necesario. Encumplimiento de la presente Ordenanza se aplicará el Re-glamento de Sanciones de esta Municipalidad.