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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G31/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 24 de febrero de 2004 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G56/G69/G63/G65/G70/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65 /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G6E/G63/G6F/G6D/G65/G6E/G64/G61/G64/G61/G73 /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G34/G30/G36/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G50/G52/G45/G53 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 044-2004-PRES Huacho, 19 de febrero del 2004 VISTOS; la Resolución Ejecutiva Regional Nº 406-2003- PRES y el Oficio Nº 020-2004-GRL/VICEPRES; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídi- cas de derecho público, con autonomía política, econó- mica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, por la Resolución Ejecutiva Regional de Vistos, la Presidencia del Gobierno Regional de Lima en cumplimientode lo establecido por el artículo 23º de la Ley Nº 27867, LeyOrgánica de Gobiernos Regionales, que establece que "El Vicepresidente Regional ... cumple funciones de coordina- ción y aquellas que expresamente le delegue el Presidente",encargó al Vicepresidente de este Gobierno Regional las fun-ciones de coordinación con el Gerente Regional de Recur-sos Naturales y gestión de Medio Ambiente para el cumpli-miento de las funciones que en materia ambiental señala el artículo 53º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, para velar por el cumplimiento de los Acuerdosde Consejo de este Gobierno Regional sobre la materia; Que, asimismo por la referida resolución administrativa se encargó al Vicepresidente Regional efectuar las siguien-tes funciones en materia de Salud: 1. Elaborar un diagnóstico situacional a nivel de la Re- gión Lima del Sector Salud. 2. Elaborar propuestas de políticas regionales en mate- ria de Salud para ser integradas al Plan Regional de Saluddel Gobierno Regional de Lima. Que, se estableció además en la citada Resolución que el Vicepresidente Regional debía informar en forma quin- cenal al Presidente Regional sobre el avance y las funcio- nes delegadas; Que, por el Oficio de Vistos el señor Luis Alva Odría, Vicepresidente del Gobierno Regional de Lima presentasu renuncia a las funciones que le encargara el PresidenteRegional por Resolución Ejecutiva Regional Nº 406-2003- PRES de fecha 18 de diciembre del 2003; Que, es función del Presidente Regional dirigir la mar- cha del Gobierno Regional; Con la visación de la Gerencia General Regional y de la Subgerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobier-no Regional de Lima; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia presentada por el Vi- cepresidente Regional, señor LUIS ALVA ODRÍA, a las funcio-nes que les fueran encomendadas por la Presidencia del Gobier-no Regional de Lima otorgadas por Resolución Ejecutiva Regio-nal Nº 406-2003-PRES de fecha 18 de diciembre del 2003. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto en todos sus extre- mos la Resolución Ejecutiva Regional Nº 406-2003-PRES. Regístrese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL MUFARECH NEMY Presidente 03756 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G61/G73/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73 /G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73 DECRETO Nº 002-2004-MDB Barranco, 23 de febrero de 2004EL ALCALDE DEL DISTRITO DE BARRANCO VISTO; el Requerimiento Nº 04-78-00000078 de la Ge- rencia de Asuntos Legales del Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima, me- diante el cual requiere se subsane algunos vacíos de la Ordenanza Nº 174-MDB; CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Nº 174-MDB, se estableció el marco legal del Régimen Tributario e importes de arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudada- na para el ejercicio 2004 en el distrito de Barranco; Que, conforme con lo dispuesto por la Ordenanza Nº 211 de la Municipalidad Metropolitana de Lima y Ley de Tributación Municipal, con fecha 11 de febrero del 2004, la Municipalidad de Barranco, cumplió con remitir a la Munici- palidad de Lima, la Ordenanza Nº 174-MDB, debidamente publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 25 de enero del 2004; Que, con el documento de vistos, el Servicio de Admi- nistración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima ha efectuado algunas observaciones a la Ordenanza Nº 174-MDB, la misma que al amparo de lo dispuesto en la Primera Disposición Transitoria y Final de la citada Orde- nanza, es viable precisarla mediante Decreto de Alcaldía, toda vez que éstas no alteran el fondo de lo aprobado en el Concejo; Estando a las facultades que le confiere la Ordenanza Nº 174-MDB de la Municipalidad de Barranco y Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE:1.- Precisar que las Zonas A, B y C para la determina- ción de los arbitrios de Limpieza Pública y Parques y Jardi- nes expuestos en la Ordenanza Nº 174-MDB, es la misma que la señalada en el Informe Técnico para el arbitrio de Seguridad Ciudadana determinada en la Ordenanza Nº 173- MDB, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de enero del 2004. 2.- Precisar que los criterios para determinar los arbi- trios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, expuestos en las Ordenanzas Nº 174-MDB y 173-MDB, son los siguientes: CRITERIOS PARA EL COBRO DE ARBITRIOS LIMPIEZA JUSTIFICACIÓN PÚBLICA USO Dividido en casa habitación, Comercio, otros co- mercios (que involucra a las agencias financieras,cooperativas, mutuales, Bingos, Restaurantes, dis- cotecas, pub, supermercados, stand y puestos en mercados, estacionamiento y depósitos en edifi-cios, servicios educativos, entre otras, que por lanecesidad del servicio que brindan, necesitan deun mayor apoyo por la Municipalidad. Asimismo,incluye a las industrias del distrito. agencias que comprende la casa habitada, desocupada, garaje y depósito). ÁREA Área (tamaño del predio - techada cuando se trata de edificaciones, y área sin techar cuando se tratede terrenos sin construir. construida y sin cons-truir cuando se trate de edificaciones y área sin techar cuando se trate de terreno sin construir. UBICACIÓ N Sector A, B y C (Determina la frecuencia del ser- vicio, y el uso de mayor infraestructura de trans-porte y personal para la recolección de residuossólidos y barrido de calles. PARQUES JUSTIFICACIÓN YJARDINES UBICACIÓN Sector A, B y C (Determina el uso y disfrute con mayor frecuencia y la cercanía a las áreas ver- des, parques, jardines, malecones, plazas de uso público ). ÁREA Criterio recogido, por cuanto supone que una pro- piedad de mayor metraje alberga a un mayor nú- mero de personas que hacen mayor uso y disfru- te de las áreas verdes.