Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (24/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 32

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G31/G32/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 24 de febrero de 2004 SEGURIDAD JUSTIFICACIÓN CIUDADANA USO Clasificación determinada por el uso del servicio de vigilancia pública y protección civil y atención de emergencias en procura de la seguridad ciuda- dana. VALOR Valor del predio, como criterio "conjunto" para racionalizar el costo del servicio de seguridad ciu- dadana. UBICACIÓN Sector A, B y C (Determina la frecuencia del ser- vicio por Sectores). 3.- Dejar en suspenso el cobro del arbitrio de Limpieza Pública y Seguridad Ciudadana, señalada en la Ordenan- za Nº 174-MDB, a los conductores de Kioscos y Módulos,por cuanto en la Ordenanza Nº 173-MDB, que aprueba laEstructura de Costos, no se efectuó el costo que demandael servicio, además de no estar considerado dentro de lasestimaciones de ingreso para el 2004. 4.- Señalar que para la determinación de las Zonas A, B y C, en el cobro de los arbitrios de Parques y Jardines,así como en Limpieza Pública, se han tomado los criteriossiguientes: PARQUES Y JARDINES La demarcación de las zonas A, B y C, se han estable- cido en el Informe Técnico de la Ordenanza Nº 173-MDB,publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de enero del2004, habiendo servido como criterio para determinar unmayor costo del servicio, entre las tres zonas, el mayor disfrute de las áreas verdes. Así por ejemplo, la Zona A, cuenta con el uso y disfrute de malecones y parques; la Zona B, hace uso de los par-ques centrales del distrito; y, la Zona C, sólo hace uso debermas centrales y 1000 arboleras. LIMPIEZA PÚBLICA La demarcación de las zonas A, B y C, se han estable- cido en el Informe Técnico de la Ordenanza Nº 173-MDB,publicada en el Diario Oficial El Peruano el 26 de enero del 2004, habiendo servido como criterio para determinar un mayor costo del servicio, entre las tres zonas, el mayor ymejor servicio. Así en la Zona A, el Barrido de Calles, Recolección con Triciclos (luego de pasado el camión compactador), Bal-deo de Pistas, entre otras, es con mayor frecuencia duran- te el día que entre las Zonas B y C. En la zona A, por lo residencial del sector, existe un mayor cuidado de la limpieza y baldeo, la misma que gene-ra un gasto adicional en comparación a las Zonas B y C.En las Zonas A y B el costo es mayor al de la Zona C,debido al trabajo adicional que representa el barrido de las veredas de los malecones y parques. A mayor área libre, mayor costo del servicio. 5.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributa- ria, el cumplimiento de la presente disposición. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla MARTIN DEL POMAR SAETTONE Alcalde 03792 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G54/G55/G50/G41/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2004-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC: VISTO: El Informe Nº 31-2004-OPP-MDR de fecha 18.2.04 y el Informe Nº 125-OAJ-MDR-04 de fecha 19.2.04y el Memorando Nº 081-2004-MDR-DIDU de fecha 23.2.04;y,CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política, modifi- cado mediante Ley Nº 27680 (Ley de Reforma Constitucio- nal), en concordancia con lo dispuesto en los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipa-lidades; Ley Nº 27972, establece que las municipalidadesson órganos de Gobierno Local que gozan de autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia; Que, mediante Informe Nº 31-2004-OPP-MDR de fe- cha 18.2.04, el Director de la Oficina de Planeamiento yPresupuesto señala que es conveniente efectuar las modi-ficaciones correspondientes al TUPA aprobado medianteOrdenanza Nº 047-MDR, publicado en el Diario Oficial el24.2.02; al respecto, mediante Informe Nº 125-OAJ-MDR- 04 el Director de la Oficina de Asesoría Jurídica señala que la eliminación de procedimientos implica la modifica-ción del TUPA, motivo por el cual la propuesta planteadaes viable y cumple con los requisitos de legalidad previs-tos en la Ley Nº 27444; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 36º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo Gene- ral; los procedimientos, requisitos y costos administrativosse establecen para el caso de los gobiernos locales me-diante Ordenanza, mientras que las disposiciones concer-nientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o ala simplificación de los mismos se aprueban mediante De- creto de Alcaldía; Que, mediante Memorando Nº 035-2004-OPP-MDR de fecha 23.2.04, el Director de la Oficina de Planeamiento yPresupuesto señala los procedimientos a eliminarse delTUPA vigente. De igual manera, el Director de Infra-estructura y Desarrollo Urbano mediante Memorando Nº 081-2004-MDR-DIDU de fecha 23.2.04 indica las modifi- caciones correspondientes a los procedimientos adminis-trativos a su cargo; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo estable- cido en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica deMunicipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos - TUPA de la MunicipalidadDistrital del Rímac, aprobado mediante Ordenanza Nº 047- MDR, publicado en el Diario Oficial con fecha 24.2.02. En consecuencia, elimínense los siguientes procedimientos yrequisitos: PROCEDIMIENTOS: - Unidad Orgánica: Dirección de Participación Vecinal 12.04 Copia cer tificada de Documentos del Archi- vo de Participación Vecinal - Unidad Orgánica: División, Cultura, Turismo, Deporte y Recreación 02.02 Visitas guiadas al Palacio Municipal y Circui- tos Turísticos Peatonales REQUISITOS: - Unidad Orgánica: Dirección de Infraestructura y Desa- rrollo Urbano 05.13 Certificado de Parámetros Urbanísticos y Edifica- torios (...) 4. Documentos de Propiedad Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, y ala Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Dado en el local de la Municipalidad Distrital del Rímac a los veintitrés días del mes de febrero del dos mil cuatro. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS LOBATÓN DONAYRE Alcalde 03793