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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JULIO DEL AÑO 2004 (01/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G31/G36/G30/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 1 de julio de 2004 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la publicación, del Índice de Pre- cios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional que contiene la Base: Año 1994 = 100,00 correspondiente almes de junio del 2004, así como la publicación de la varia- ción mensual y acumulada del Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional. NÚMERO VARIACIÓN PORCENTUAL AÑO/MES ÍNDICE BASE 1994 MENSUAL ACUMULADA 2004 ENERO 158,365 409 0,55 0,55 FEBRERO 160,383 658 1,27 1,83 MARZO 161,963 973 0,99 2,83 ABRIL 162,939 923 0,60 3,45 MAYO 163,993 424 0,65 4,12 JUNIO 165,021 318 0,63 4,77 Artículo 2º.- Aprobar la publicación del Boletín Men- sual de Indicadores de Precios de la Economía, que con- tiene la información Oficial del Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente almes de junio del 2004. Regístrese y comuníquese.EMILIO FARID MATUK CASTRO Jefe 12299 SUNARP /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G75/G72/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G6C/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G66/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G69/G6D/G70/G72/G65/G73/G6F/G73/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G5A/G6F/G6E/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6C/G20/G4E/GBA/G20/G56/G49/G49/G49/G20/G2D/G20/G53/G65/G64/G65/G48/G75/G61/G6E/G63/G61/G79/G6F RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 293-2004-SUNARP/SN Lima, 30 de junio de 2004 VISTO, el Oficio Nº 617-2004-ZRVIII-SHYO-GAF/JEF, el Informe Nº 145-2004-ZRVIII-SHYO/GAF, el Informe Nº095-2004-ZRVIII-SHYO/JAL y el Informe Nº 35-2004- SUNARP/GL-WTS de la Gerencia Legal de la Sede Cen- tral de la SUNARP; CONSIDERANDO: Que, mediante el oficio de visto el abogado Juan Jesús Abregú López, Jefe de la Zona Registral Nº VIII-Sede Huan-cayo, solicita se declare en situación de urgencia la adqui- sición de Formularios Impresos para dicha Zona Registral. Adjunta a su solicitud los Informes Nºs. 145-2004-ZRVIII-SHYO/GAF y 095-2004-ZRVIII-SHYO/JAL, suscritos por el Gerente de Administración y Finanzas y el Jefe del Área Legal, respectivamente, de la referida Zona Registral; Que, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 26366, Ley del Sistema Nacional de los Registros Públicos, la Su- perintendencia Nacional de los Registros Públicos-SUNARP, es un Organismo Público Descentralizado autó- nomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacio- nal de los Registros Públicos, con patrimonio propio y au-tonomía funcional, jurídico registral, técnica, económica, financiera y administrativa; Que, el Estatuto de la SUNARP, aprobado mediante Re- solución Suprema Nº 135-2002-JUS, establece que lasZonas Registrales son Órganos Desconcentrados de la SUNARP, que gozan de autonomía registral, administrati-va y económica dentro de los límites establecidos en la Ley; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 19º y 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, están exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, segúnsea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se rea- licen en situación de urgencia declarada de conformidad con la Ley. Se considera situación de urgencia cuando laausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la con- tinuidad de los servicios esenciales o de las operacionesproductivas que la Entidad tiene a su cargo. Situación extraordinaria e imprevisible.Que, de acuerdo a lo informado por el Gerente de Ad- ministración y Finanzas de la Zona Registral Nº VIII, SedeHuancayo, en su Informe Técnico Nº 145-2004-Z.R.VIII- SHYO/GAF, el 11 de junio del presente año se realizó la evaluación de las propuestas presentadas en la Adjudica-ción Directa Selectiva Nº 002-2004-Z.R.VIII-SHYO (adqui- sición de Formularios Impresos para la referida Zona Re- gistral), declarándose desierto dicho proceso de seleccióndebido a que de las dos (2) Propuestas presentadas para el ítem 2, solo una cumplió con las especificaciones técni- cas, y para el caso del ítem 1 no se ha presentado ningunapropuesta; Que, considerando el tiempo transcurrido, según mani- fiesta el referido Gerente de Administración y Finanzas,desde la primera convocatoria de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 002-2004-Z.R.VIII-SHYO hasta la fecha, no podrían afrontar los requerimientos de formularios impre-sos para las Oficinas Registrales, debido a que no cuentan con stock de formatos, con lo que estarían poniendo en riesgo la operatividad de la Zona Registral por falta de for-matos impresos; Que, de lo expuesto se advierte que la carencia de los referidos formularios impresos se debe a una causa ex-traordinaria e imprevisible, totalmente ajena a la voluntad de la Entidad (la declaración de desierto del respectivo pro- ceso de selección) 1; en consecuencia, se encuentra feha- cientemente acreditado el primero de los presupuestos para la declaración de urgencia del servicio de vigilancia priva- da, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 21º del TUOde la Ley de Contrataciones del Estado , a saber, que se presente una situación de ausencia extraordinaria e impre- visible de los formularios impresos, en este caso; Afectación de los servicios esenciales que presta la Entidad Que, la función esencial de las Oficinas Registrales de la SUNARP, es registrar (inscripción registral) los actosjurídicos registrables, así como brindar información sobre la inscripción de dichos actos (publicidad registral). Tanto para la inscripción como para la publicidad registral se re-quiere necesariamente de la presentación de formularios impresos. Que, en efecto, de acuerdo a lo dispuesto por artículo 15º del Reglamento General de los Registros Públicos , 1 En este caso, tampoco existe una falta de previsión en la programación y ejecución del referido proceso de selección, pues anteriormente la Zona Registral ya había iniciado un proceso de selección para la adquisición dedichos formularios, sin embargo tal proceso fue declarado nulo mediante Resolución Nº 193-2004-SUNARP/SN del 7 de mayo de 2004.