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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G35/G39/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 1 de julio de 2004 sión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME; Que, mediante Ley Nº 27643 y su modificatoria Ley Nº 27678, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal2002, del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros al Pliego Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, por la suma de S/. 6'000,000.00 de Nuevos Soles; Que, por Resolución Ministerial Nº 055-2002-TR de fecha 5 de marzo del 2002, se aprobó la transferenciapresupuestal en el Pliego Ministerio de Trabajo y Pro- moción del Empleo, constituyéndose la Unidad Ejecu- tora 003 Comisión de Promoción de la Pequeña y Mi-cro Empresa - PROMPYME; Que, la Segunda Disposición y Complementaria Fi- nal de la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, publicada con fecha 30 de abril de 2002, derogó el artículo 25º de la Ley Nº 27268, LeyGeneral de la Pequeña y Microempresa, referido a los Maquicentros; siendo el caso que en la actualidad PROMPYME no ejerce función alguna respecto de losreferidos módulos de maquinaria, habiendo culminado inclusive la labor de distribución de repuestos relaciona- da con el Proyecto; Que, conforme se señala en el informe de vistos, y en tanto se definan las acciones del Proyecto PER/098/004 "Implementación del Programa Nacional de Maquicentros", existen recursos por la suma de US$ 62,000.00 (Sesenta y Dos Mil Dólares Americanos)equivalente a S/. 217,000.00; Que, de acuerdo a la necesidad de la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPY- ME deben modificarse los presupuestos del Proyecto PER/097/038 "Implementación de PROMPYME" y delProyecto PER/098/004 "Implementación del Programa Nacional de Maquicentros" a fin de cumplir con las me- tas previstas; Que, en tal sentido, teniendo en cuenta la escasez de recursos fiscales resulta conveniente transferir losrecursos disponibles del Proyecto PER/098/004 "Imple- mentación del Programa Nacional de Maquicentros", al Proyecto PER/097/038 "Implementación de PROMPY-ME"; Que, mediante informe de vistos, la Oficina de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, informa sobre la disponibilidad presupuestal respectiva; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 18º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto para el SectorPúblico Año Fiscal 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Trabajo y Pro- moción del Empleo para la suscripción de la Adenda al Convenio de Administración de Recursos del Proyecto PER/098/004, "Implementación del Programa Nacionalde Maquicentros", a efectos de modificar el presupues- to, el que queda reducido en $ 62,000 equivalente a S/ . 217,000. Artículo 2º.- Autorizar al Ministerio de Trabajo y Pro- moción del Empleo para la suscripción de la Adenda alConvenio de Administración de Recursos del Proyecto PER/097/038 "Implementación de PROMPYME" a efec- tos de modificar y ampliar el presupuesto en $ 62,000equivalente a S/. 217.000. Artículo 3º.- Transferir los recursos disponibles del Proyecto PER/098/004 "Implementación del Programa Nacional de Maquicentros" al Proyecto PER/097/038 "Implementación de PROMPYME" por las razones ex-puestas en la parte considerativa de la presente Reso- lución. Artículo 4º.- Dentro de los cinco (5) días siguientes de publicada la presente Resolución remítase a la Co- misión de Presupuesto y Cuenta General de la Repú-blica del Congreso de la República los informes que la sustentan.Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción delEmpleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER NEVES MUJICA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 12349 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G66/G65/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G53/G53/G41/G2D /G4C/G55/G44/G20/G61/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 026-2004-TR Lima, 30 de junio de 2004 VISTO: El Oficio Nº 333-PE-ESSALUD-2004 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud (ESSALUD); y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia de Servicios Hospitalarios Nº 062-GSH-GDP-ESSALUD-2003, seautorizó la realización de exámenes de diagnóstico es- pecializados a la paciente MARIA EUGENIA MANSI- LLA ARANCIBIA, en un Centro Asistencial altamenteespecializado del extranjero; siendo para el presente caso, el Hospital Clínico de la Universidad de Chile, en el cual dicha asegurada tenía una asistencia médicaprogramada para el día 28 de abril del presente año; Que, la citada Resolución se sustentó en el Informe de la Junta Médica Única, conformada por médicosespecialistas del Hospital Nacional Guillermo Almena- ra Irigoyen y Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Mar- tins, que emitió el diagnóstico siguiente: "Principal:TUMOR APUD VS. HIPERPLASIA SECRETORA DE VIP (PEPTIDO INTESTINAL VASOACTIVO). ALTA- MENTE GASTRINA Y SEROTONINA. (TUMOR NEU-ROENDOCRINO) NO LOCALIZADO. Secundario: ESPONDILITIS SERONEGATIVA. HEPATITIS VIRAL C. Estudios y análisis incompletos. Tratamiento, conoci-do. Patología curable. Recomendando examen diagnóstico: (1) OctreoScan Indio 111 y (2) Ecoendos- copía Alta, a ser realizada por un centro especializadodel extranjero. Debiendo acudir la paciente acompaña- da de un Médico"; Que, el Seguro Social de Salud (ESSALUD), consi- deró que conforme a lo expuesto en el artículo 1º de la parte resolutiva de la Resolución de Gerencia Nº 062- GSH-GDP-ESSALUD-2003, la paciente MARIA EUGE-NIA MANSILLA ARANCIBIA, debía ser asistida en su viaje al Hospital Clínico de la Universidad de Chile - Santiago de Chile, por la Doctora SUSANA TARA BRI-TO, Médico del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins de la Red Asistencial Rebagliati del Seguro Social de Salud (ESSALUD); Que, mediante Resolución Suprema Nº 012-2004- TR, del 28 de abril de 2004, se autorizó el viaje de la mencionada profesional, del 28 de abril al 3 de mayode 2004, a efectos de que brinde la asistencia médica requerida por la referida paciente, el mismo que no lle- gó a realizarse; Que, mediante Carta Nº 4278-GDP-ESSALUD-2004 se precisa que la comisión de servicios de la doctora SUSANA TARA BRITO, quien prestará asistencia mé-dica a la paciente MANSILLA ARANCIBIA, será del 30 de junio al 6 de julio del 2004; Que, subsistiendo, conforme lo informado por el Se- guro Social de Salud - EsSalud, mediante el documen- to de vistos, la necesidad de que la mencionada