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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G35/G39/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 1 de julio de 2004 profesional realice la comisión de servicios referida, a partir del 30 de junio hasta el 6 de julio de 2004, espreciso dejar sin efecto la Resolución Suprema Nº 012- 2004-TR, expidiendo una nueva autorización; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004; por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y fun-cionarios públicos y su norma reglamentaria, aprobada por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo propuesto: SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Supre- ma Nº 012-2004-TR, del 28 de abril de 2004. Artículo 2º.- Autorizar el viaje, en comisión de servi- cios, de la doctora SUSANA TARA BRITO, Médico del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins de la Red Asistencial Rebagliati, del Seguro Social de Salud (ES-SALUD) a la ciudad de Santiago de Chile, Chile, del 30 de junio del 2004 al 6 de julio del 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Re-solución. Artículo 3º.- Los gastos que irrogue el cumplimien- to de lo dispuesto en la presente Resolución, seráncubiertos con recursos del presupuesto del Seguro Social de Salud (ESSALUD) de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 1,400.00 Pasaje US$ 373.01 Tarifa CORPAC US$ 28.24 Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cuales- quiera fuese su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Trabajo y Promoción del Em- pleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros JAVIER NEVES MUJICA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 12350 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G20/G43/G69/G76/G69/G6C /G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 476-2004-MTC/02 Lima, 24 de junio de 2004 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funciona-rios públicos de los ministerios, entre otras entidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Mi-nisterial del respectivo Sector, la que deberá ser publi- cada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad alviaje, con excepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fis- cal 2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajes al exterior del país en comisión de servicios, es-tableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, és- tos serán aprobados por Resolución Suprema refren- dada por el Presidente del Consejo de Ministros y elMinistro del sector correspondiente, con excepción de los sectores de Relaciones Exteriores, Comercio Exte- rior y Turismo, así como de la Dirección General deAeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aprobarán por reso- lución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civilcomo dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales establecidos en el Convenio de Chica- go sobre Aviación Civil y poder mantener la califica-ción de Categoría - I otorgada al Perú por la Organiza- ción de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad opera-cional a través de la ejecución de inspecciones técni- cas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio yen los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Lan Perú S.A., con Carta DINPU 477/06/04, de fecha 7 de junio de 2004, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación dePersonal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Su-premo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección Gene- ral de Aeronáutica Civil, efectuar los chequeos técni- cos en la aeronave Boeing 767, en la ruta Lima - Miami- Lima, a sus tripulantes auxiliares María Mendizabal, Jessica Naranjo, Milena Sabolotny, Melissa Martínez, Eduardo Arispe, Nadya Villanueva, Esmeralda Ortega,Vilma Miranda, Carla Arana, Susana Bezada, Sonia Stockton, Patricia Palet, Mariela Bates, Kiara Prevost, Sofia Romero, Sofia Silva, Nataly Cerro y Julia Perez,durante los días 2 y 3 de julio de 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 7687, 8576, 8577, 12719, 12720, 12721,12722, 12731 y 12732, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando ante-rior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la em- presa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Direc- ción General de Aeronáutica Civil ha emitido las Órde- nes de Inspección Nºs. 0917-2004-MTC/12.04-SDO,0918-2004-MTC/12.04-SDO y 0919-2004-MTC/12.04- SDO designando a los Inspectores Lino Roberto Moli- na Valencia, Mercedes Delpino Aspiazu y Patricia Vic-toria Mc Callum Luján, respectivamente, para realizar los chequeos técnicos en la aeronave Boeing 767, en la ruta Lima - Miami - Lima, al personal aeronáutico pro-puesto por la empresa Lan Perú S.A., durante los días 2 al 3 de julio de 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de los referidos Inspectores de la Dirección Gene- ral de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Re-glamento, puedan realizar los chequeos técnicos a que se contraen las Órdenes de Inspección Nºs. 0917-2004-