Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2004 (03/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 3 de MORDAZA de 2004

cion, para que este a su vez proceda conforme a lo senalado al Art. 21º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asimismo debera disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y El Comercio. Articulo Quinto.- Encargar a la Subgerencia de Tesoreria el reintegro del pago efectuado a todos los Adquirientes de Bases en un plazo que no excedera los cinco (5) dias conforme al Art. 21º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Sexto.- Encargar a la Subgerencia de Logistica la prosecucion del tramite correspondiente con la finalidad de adquirir la Hojuela de Quinua Enriquecida a traves de la Bolsa de Productos de Lima. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA RECAVARREN Gerente Municipal 12403

ORDENANZA QUE PRECISA LOS ALCANCES DE LA ORDENANZA Nº 136 DE FECHA 24.ENERO.2004 Articulo Primero.- Precisar los articulos 4º, 15º, 19º y 21º de la Ordenanza Nº 136 de fecha 24.ENERO.2004 quedando redactados de la siguiente manera: Articulo 4°.- CONTRIBUYENTES Son contribuyentes para efectos de la presente MORDAZA los titulares de los predios ubicados en la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo. Cedida la posesion de los predios y/o areas de terrenos en virtud de cualquier titulo, los poseedores adquieren la calidad de contribuyentes. Para el caso de las posesiones otorgadas en concesion (minera, no metalicas y/u otras) se consideran para efectos de este articulo a los titulares de las construcciones de diversa naturaleza, asi como de los tanques, camaras de rebombeo, reservorios y otros realizados sobre areas publicas, parques, jirones o calles. Articulo 15°.- DEFINICION DE ARBITRIO DE LIMPIEZA PUBLICA El Arbitrio de Limpieza Publica comprende el cobro por el servicio de recoleccion, transporte, descarga, transferencia y disposicion final de los desechos solidos al relleno sanitario, provenientes de los predios referidos en el articulo 6° de la presente Ordenanza. Articulo 19°.- DE LOS MERCADOS Para el presente Ejercicio Fiscal los montos de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes a los mercados seran los siguientes: Limpieza Publica.- Se calculara en funcion a la produccion de residuos solidos de cada MORDAZA, fijandose un tope de Una UIT al ano, estableciendose un monto promedio de S/. 81.41 (Ochenta y uno y 41/100 nuevos soles) por tonelada en forma mensual. Serenazgo.- Se calculara en funcion al Anexo 02 que forma parte integrante de la presente Ordenanza, con un tope MORDAZA de S/.25.00 Nuevos Soles mensual. Parques y Jardines.- Se calculara aplicando el 2% de los arbitrios de Limpieza Publica correspondientes a cada MORDAZA, por tener una estructura diferenciada a las construcciones de las viviendas y otras actividades, teniendo en general una construccion MORDAZA y de material provisional. Articulo 21º.- CASA-COMERCIO Para el presente ejercicio 2004, los contribuyentes que acrediten ser propietarios de un predio considerado como MORDAZA Habitacion y lo usen hasta 30m2 como local comercial y/o servicios conducido por ellos mismos y que cuenten con licencia de funcionamiento, efectuaran el pago de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo de todo el predio como MORDAZA habitacion. Para tal efecto deberan cumplir con presentar Declaracion Jurada Anual de Permanencia en el Giro, conforme lo establece el articulo 71º del Decreto Legislativo Nº 776, modificado por la Ley Nº 27180. Articulo Segundo.- Incorporar en las tablas de Otros Usos, en los Anexos 1, 2 y 3 la tabla de calculo para los arbitrios de los mercados en concordancia a lo establecido en el articulo 19° segun el Anexo que se adjunta y que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Modificar el Cuadro de Costos en forma generica y desagregada de cada arbitrio de Limpieza Publica, Parques Jardines y Serenazgo, el mismo que se detalla a continuacion:
COSTO DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO (NUEVOS SOLES) ­ 2004 DETALLE LIMPIEZA PUBLICA PARQUES Y JARDINES SERENAZGO COSTO TOTAL DEL SERVICIO PUBLICO MONTO 4'354,361.68 1'074,419.81 1'154,890.20 6'583,671.69

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Precisan alcances de la Ordenanza Nº 136, que aprobo el Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo
ORDENANZA Nº 154 MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 22 de junio del 2004 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 22.JUNIO.2004, bajo la presidencia del senor MORDAZA Dr. MORDAZA Ipenza MORDAZA y con la asistencia de los Senores Regidores Dr. MORDAZA Yrribarren MORDAZA, Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. Eudaldo Viches MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA Izarra MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Dr. MORDAZA Vara MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA Escajadillo; se trato sobre precision de alcances de la Ordenanza Nº 136; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 136 de fecha 22.ENERO.2004 se aprobo el regimen tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo, respectivamente, del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, habiendose publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 16.FEBRERO.2004 y remitido a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su respectiva ratificacion; Que, la instancia provincial, a traves del Servicio de Administracion Tributaria (SAT) solicita informacion complementaria de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 4º de su Ordenanza Nº 211; Que, en Sesion de la fecha se ha tratado ampliamente sobre la informacion solicitada, sustentada por la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto del Concejo con el respectivo proyecto de Ordenanza que precisa los alcances de la Ordenanza Nº 136 referida en el primer Considerando; De conformidad con los Arts. 9º, Inc. 9) y 40º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades; asi como Decreto Legislativo Nº 776 - de tributacion Municipal; con el Dictamen favorable de la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto; con el MORDAZA Mayoritario de los senores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, se ha emitido la siguiente:

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