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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G37/G35/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de julio de 2004 ción, para que éste a su vez proceda conforme a lo señala- do al Art. 21º del Reglamento de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, asimismo deberá disponer lapublicación de la presente resolución en el Diario Oficial ElPeruano y El Comercio. Artículo Quinto.- Encargar a la Subgerencia de Teso- rería el reintegro del pago efectúado a todos los Adquirien- tes de Bases en un plazo que no excederá los cinco (5)días conforme al Art. 21º del Reglamento de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Sexto.- Encargar a la Subgerencia de Logísti- ca la prosecución del trámite correspondiente con la finali- dad de adquirir la Hojuela de Quinua Enriquecida a través de la Bolsa de Productos de Lima. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS ROBLES RECAVARREN Gerente Municipal 12403 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO /G50/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G6E/G20/G61/G6C/G63/G61/G6E/G63/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA /G31/G33/G36/G2C/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/GF3/G20/G65/G6C/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F /G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G70/G69/G65/G7A/G61/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G2C /G50/G61/G72/G71/G75/G65/G73/G20/G79/G20/G4A/G61/G72/G64/G69/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G53/G65/G72/G65/G6E/G61/G7A/G67/G6F ORDENANZA Nº 154 Villa María del Triunfo, 22 de junio del 2004 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 22.JU- NIO.2004, bajo la presidencia del señor Alcalde Dr. Was-hington Ipenza Pacheco y con la asistencia de los Seño-res Regidores Dr. Emiliano Yrribarren Chamorro, Srta.Raquel Barriga Velazco, Sra. Gina Casafranca Delgado,Sr. Carlos Palomino Maldonado, Sr. Javier Salas Zama- lloa, Sr. Eudaldo Viches Silva, Sr. David Romero Ríos, Dr. Donato Izarra Palomino, Sr. Moisés Félix Olazábal,Dr. Elías Vara Franco, Sr. José Guerra Velásquez, Sr.Wilfredo Bazán Ramírez y Sr. Carlos Mejía Escajadillo;se trató sobre precisión de alcances de la OrdenanzaNº 136; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 136 de fecha 22.ENE- RO.2004 se aprobó el régimen tributario de los Arbitrios deLimpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, respec- tivamente, del distrito de Villa María del Triunfo, habiéndose publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 16.FE-BRERO.2004 y remitido a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su respectiva ratificación; Que, la instancia provincial, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT) solicita información com- plementaria de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4º de su Ordenanza Nº 211; Que, en Sesión de la fecha se ha tratado ampliamente sobre la información solicitada, sustentada por la Comi-sión de Economía, Planificación y Presupuesto del Conce-jo con el respectivo proyecto de Ordenanza que precisa los alcances de la Ordenanza Nº 136 referida en el primer Considerando; De conformidad con los Arts. 9º, Inc. 9) y 40º de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; así como Decre-to Legislativo Nº 776 - de tributación Municipal; con el Dic-tamen favorable de la Comisión de Economía, Planifica- ción y Presupuesto; con el voto Mayoritario de los señores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobación delacta, se ha emitido la siguiente:ORDENANZA QUE PRECISA LOS ALCANCES DE LA ORDENANZA Nº 136 DE FECHA 24.ENERO.2004 Artículo Primero.- Precisar los artículos 4º, 15º, 19º y 21º de la Ordenanza Nº 136 de fecha 24.ENERO.2004 que-dando redactados de la siguiente manera: Artículo 4°.- CONTRIBUYENTES Son contribuyentes para efectos de la presente norma los titulares de los predios ubicados en la jurisdicción deldistrito de Villa María del Triunfo. Cedida la posesión de los predios y/o áreas de terre- nos en virtud de cualquier titulo, los poseedores adquie-ren la calidad de contribuyentes. Para el caso de las po-sesiones otorgadas en concesión (minera, no metálicasy/u otras) se consideran para efectos de este artículo alos titulares de las construcciones de diversa naturaleza,así como de los tanques, cámaras de rebombeo, reser-vorios y otros realizados sobre áreas públicas, parques,jirones o calles. Artículo 15°.- DEFINICIÓN DE ARBITRIO DE LIMPIE- ZA PÚBLICA El Arbitrio de Limpieza Pública comprende el cobro por el servicio de recolección, transporte, descarga, transfe-rencia y disposición final de los desechos sólidos al rellenosanitario, provenientes de los predios referidos en el artí-culo 6° de la presente Ordenanza. Artículo 19°.- DE LOS MERCADOS Para el presente Ejercicio Fiscal los montos de los arbi- trios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenaz-go correspondientes a los mercados serán los siguientes: Limpieza Pública.- Se calculará en función a la produc- ción de residuos sólidos de cada mercado, fijándose untope de Una UIT al año, estableciéndose un monto prome-dio de S/. 81.41 (Ochenta y uno y 41/100 nuevos soles)por tonelada en forma mensual. Serenazgo.- Se calculará en función al Anexo 02 que forma parte integrante de la presente Ordenanza, con untope máximo de S/.25.00 Nuevos Soles mensual. Parques y Jardines.- Se calculará aplicando el 2% de los arbitrios de Limpieza Pública correspondientes a cada mer-cado, por tener una estructura diferenciada a las construc-ciones de las viviendas y otras actividades, teniendo engeneral una construcción rústica y de material provisional. Artículo 21º.- CASA-COMERCIO Para el presente ejercicio 2004, los contribuyentes que acrediten ser propietarios de un predio considerado comoCasa Habitación y lo usen hasta 30m2 como local comer-cial y/o servicios conducido por ellos mismos y que cuen-ten con licencia de funcionamiento, efectuarán el pago delos arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines ySerenazgo de todo el predio como Casa habitación. Paratal efecto deberán cumplir con presentar Declaración Jura-da Anual de Permanencia en el Giro, conforme lo estable-ce el artículo 71º del Decreto Legislativo Nº 776, modifica-do por la Ley Nº 27180. Artículo Segundo.- Incorporar en las tablas de Otros Usos, en los Anexos 1, 2 y 3 la tabla de cálculo para losarbitrios de los mercados en concordancia a lo establecidoen el artículo 19° según el Anexo que se adjunta y queforma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Modificar el Cuadro de Costos en forma genérica y desagregada de cada arbitrio de Limpie-za Pública, Parques Jardines y Serenazgo, el mismo que se detalla a continuación: COSTO DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO (NUEVOS SOLES) – 2004 DETALLE MONTO LIMPIEZA PÚBLICA 4’354,361.68 PARQUES Y JARDINES 1’074,419.81 SERENAZGO 1’154 ,890.20 COSTO TOTAL DEL SERVICIO PÚBLICO 6’583,671.69