Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2004 (03/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 55

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G37/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de julio de 2004 tributos, de conformidad con lo dispuesto en el inciso f) del artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 2º.- La contratación aprobada mediante la pre- sente Resolución será financiada con recursos propios dela entidad, encontrándose dicho gasto debidamente pre- supuestado e incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT. Artículo 3º.- Autorizar a la Gerencia de Administración proceda a la contratación indicada mediante un procesode Adjudicación de Menor Cuantía y conforme a lo prescri-to por las normas de contrataciones y adquisiciones del Estado. Artículo 4º.- Disponer a la Gerencia de Administración efectúe la publicación de la presente Resolución en el Dia-rio Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábilessiguientes a su emisión, y remita una copia de la misma yde los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes, conforme lo establece el artículo 20º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y el artículo 115º de su Reglamento aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN ALBERTO ACHING ASHUY Servicio de Administración Tributaria 12401 MUNICIPALIDAD DE ATE /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G61/G73/G69/G73/G74/G65/G6E/G74/G61/G20/G73/G6F/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G44/G45/G4D/G55/G4E/G41/G20/G61/G20/G45/G73/G70/G61/GF1/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G49/G49/G20/G45/G6E/G63/G75/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G43/G6F/G6D/GFA/G6E/G20/G22/G41/G75/G6C/G61/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G41/G6D/GE9/G2D /G72/G69/G63/G61/G20/G4C/G61/G74/G69/G6E/G61/G20/G79/G20/G45/G75/G72/G6F/G70/G61/G22 ACUERDO DE CONCEJO Nº 109 Ate, 25 de junio de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de junio del 2004; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de junio del 2004, el Secretario de Cooperación y RelacionesInternacionales, señala que se realizará el próximo II En-cuentro Transnacional del Proyecto Común: "Aula Local paraAmérica Latina y Europa" (ALDEAL) a realizarse del 5 al 9de julio del presente año en Rubí, Barcelona - España; Que, asimismo, informa que del 2 al 12 de octubre del 2003 se celebró en Granada - España, el I Encuentro Trans-nacional del Proyecto Común "Aula Local para AméricaLatina y Europa" ALDEAL, al cual la Sra. Olga Quinte Ville- gas, Asistenta Social de la Defensoría Municipal del Niño ydel Adolescente (DEMUNA) asistió como Técnica de la Municipalidad Distrital de Ate; Que, en tal sentido es necesaria la asistencia de la Sra. Olga Quinte Villegas, Asistenta Social de la DEMUNA, al IIEncuentro Transnacional del Proyecto Común "Aula Localpara América Latina y Europa" (ALDEAL), para proseguircon el trabajo y continuar con el intercambio de experien- cias, fortaleciendo las capacidades institucionales las cua- les serán muy importantes para el desarrollo de nuestrodistrito; asimismo, cabe señalar que el costo que irrogue elviaje, como es el pasaje y estadía serán cubiertos por laRED Nº 04 del Programa URB-AL; Que, según el artículo 9º inciso ll), de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, es atribución del Con- cejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país, queen comisión de servicios o representación de la Municipa- lidad realice el Alcalde, los Regidores, el Gerente GeneralMunicipal y cualquier otro funcionario; Que, mediante la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se regulan las autorizaciones de viajesal exterior de servidores y funcionarios públicos; Estando a los fundamentos expuestos en la parte con- siderativa y en uso de las facultades conferidas en la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972 y contando con elvoto por mayoría de los señores Regidores asistentes a laSesión de Concejo de la fecha y con la dispensa de la lec-tura y aprobación de actas; SE ACUERDA: Artículo 1º.- AUTORIZAR, a la Sra. Olga Quinte Ville- gas, Asistenta Social de la Defensoría Municipal del Niño ydel Adolescente (DEMUNA), de la Municipalidad Distrital de Ate, para viajar a la ciudad de Rubí, Barcelona - Espa- ña, desde el 3 al 10 de julio del 2004; en mérito a las consi-deraciones antes expuestas. Artículo 2º.- Dentro de los 15 días calendario siguien- tes a la realización del viaje, la Asistenta Social autorizada,mediante el artículo 1º, presentará un informe detallado sobre las acciones realizadas y logros obtenidos de acuer- do a Ley. Artículo 3º.- TRANSCRIBIR, el presente Acuerdo a la Gerencia de Administración, Subgerencia de Personal ySecretaría de Cooperación y Relaciones Internacionales,para su cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 12464 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G73/G2D /G63/G75/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6D/G75/G6C/G74/G61/G73/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G79/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G73/G64/G65/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G31/G39/G39/G35/G20/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34 ORDENANZA Nº 202-MDB Barranco, 30 de junio del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTA, la propuesta de la Gerencia de Administración Financiera y Tributaria, sobre otorgamiento de beneficio dedescuento de multas administrativas y tributarias, en la Sesión Extraordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades provinciales y distritales, y las delegadas conforme a ley, son los órga-nos de gobierno local y tienen autonomía política, eco-nómica y administrativa en los asuntos de su compe-tencia; Que, el Artículo 55º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, prevé que el patrimonio municipal se administra por cada municipalidad en forma autónoma, conlas garantías y responsabilidades de ley; Que, es política de la Municipalidad Distrital de Barran- co otorgar a los contribuyentes las máximas facilidades pararegularizar el pago de las multas tributarias y administrati- vas vencidas; Que, estando a lo dispuesto por el numeral 9) del Artí- culo 9º y por el Artículo 39º de la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972 y con 5 votos a favor y una abs-tención, ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Establézcase en la jurisdicción del distrito de Barranco el Beneficio Especial de descuento de