Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2004 (03/07/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 3 de MORDAZA de 2004

Articulo 2º.- Dejar sin efecto la designacion en el cargo de Auxiliares Coactivos del SAT, a partir del 1 de MORDAZA de 2004, a los siguientes funcionarios: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Flores. - MORDAZA MORDAZA Quispe. - Willy MORDAZA MORDAZA Vasquez. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Torres. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chiu. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ACHING ASHUY Servicio de Administracion Tributaria 12398

Autorizan adquisicion de licenciamiento de software Microsoft mediante adjudicacion de menor cuantia
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 01-04-00000485 MORDAZA, 30 de junio de 2004 VISTOS: El Informe Nº 227-49-92-2004 de fecha 22 de junio de 2004 y el Informe Nº 004-082-00000028 de fecha 23 de junio de 2004, emitidos por la Division de Logistica y la Gerencia de Asuntos Legales, respectivamente. CONSIDERANDO: Que, el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece los casos en que las adquisiciones y contrataciones realizadas por una Entidad estan exoneradas de los procesos de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa, segun sea el caso; Que, al respecto, el articulo 20º de la Ley en mencion dispone que todas las exoneraciones, deberan ser aprobadas mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, la misma que requiere de un informe tecnico - legal previo; y, en ese mismo sentido, el Articulo 113 del Reglamento de la Ley establece que la resolucion que apruebe la exoneracion de un MORDAZA de seleccion, al MORDAZA de alguna de las causales contenidas en el Articulo 19º de la Ley, requiere obligatoriamente un informe tecnico - legal emitido por las areas tecnicas y de asesoria juridica de la Entidad, y que dicho informe debe contener la justificacion tecnica y legal de la adquisicion y de la necesidad de la exoneracion, contemplando criterios de economia, tales como los costos y la oportunidad; Que, asimismo, la disposicion citada en el parrafo precedente senala que la Resolucion que aprueba la exoneracion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso d) del articulo 19º de la Ley, remitiendose una MORDAZA de la misma y el informe que la sustenta a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, en el literal f) del articulo 19º de la Ley se establece que las adquisiciones o contrataciones de bienes o servicios que no admiten sustitutos; se encuentran exoneradas del MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico, o Adjudicacion Directa; siendo que dicha causal procede cuando la necesidad de la entidad solo puede ser satisfecha por un determinado bien o servicio, que al mismo tiempo es brindado o prestado por un solo proveedor; resultando imposible la concurrencia abierta de postores dado que solo la persona o entidad que posee el privilegio de la prestacion podra presentarse para formular ofertas; Que, en este caso, mediante Memorandum Nº 005-9200001082, la Gerencia de Informatica formula requerimiento

y sugiere que para la adquisicion y actualizacion de productos Microsoft se contrate el licenciamiento de software Microsoft, bajo la modalidad ENTERPRISE AGREEMENT, por un plazo de tres anos, lo cual permitira obtener beneficios economicos para el SAT, conforme se sustenta en el citado Memorandum; Que, asimismo, senala la Gerencia de Informatica que en nuestro MORDAZA la unica empresa autorizada para suscribir el denominado ENTERPRISE AGREEMENT es la empresa Microsoft Licensing, GP; Que, en tal sentido, la Division de Logistica senala en su Informe Nº 227-49-92-2004, de fecha 22 de junio de 2004, que las licencias a adquirir constituyen bienes que no admiten sustitutos en la medida que el software Microsoft posee caracteristicas singulares que determinan tal caracter; y que el contrato de licenciamiento Enterprise Agreement incluye el derecho de instalar y utilizar en cada PC calificada las ultimas versiones de los productos contratados en la medida que se vayan lanzando durante el plazo de vigencia del contrato que es de tres anos; Que, ademas, la Division de Logistica informa que el contrato de licenciamiento Enterprise Agreement significa una inversion de US$ 153,450.00 (Ciento Cincuenta y Tres Mil Cuatrocientos Cincuenta y 00/100 Dolares Americanos), representando un ahorro frente a las condiciones que ofrece el licenciamiento Open Gobierno, y que dicho monto incluye el IGV y el Impuesto a la Renta correspondiente por tratarse de un proveedor no domiciliado, ya que la empresa con la que se suscribira el contrato, Microsoft Licensing GP, es una empresa residente en los Estados Unidos de America; Que, tambien ha informado la Division de Logistica que en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT se ha incluido el MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica Internacional para atender este requerimiento de la Gerencia de Informatica, y que dicho MORDAZA cuenta con la correspondiente disponibilidad presupuestal; Que, finalmente, la Gerencia Legal ha emitido el Informe Nº 004-082-00000028 de fecha 23 de junio de 2004, proponiendo a esta Jefatura la aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica Internacional para la adquisicion de licencias de productos Microsoft, asi como la autorizacion para la adquisicion de dichas licencias bajo la modalidad de Enterprise Agreement a la empresa "Microsoft Licensing, GP" mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia, al haberse configurado el supuesto previsto en el literal f) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, por las consideraciones MORDAZA expuestas, la empresa "Microsoft Licensing, GP" se constituye en un proveedor unico, toda vez que es la unica empresa autorizada para brindar licenciamiento de productos Microsoft bajo la modalidad de "Enterprise Agreement" en el Peru; por ende, se trata de un bien que no admite sustitutos y que solo puede ser ofrecido bajo dicha modalidad por este unico proveedor; en tal sentido, y conforme a lo dispuesto en el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; procede la exoneracion para la adquisicion de este bien, del MORDAZA de Licitacion Publica Internacional previsto en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del SAT; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, sus disposiciones complementarias y modificatorias, la Directiva Nº 11-2001 CONSUCODE/PRE y en uso de las facultades establecidas en el articulo 6 del Edicto Nº 227, Estatuto del SAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica Internacional para la adquisicion del licenciamiento de Software de Microsoft bajo la modalidad de Enterprise Agreement, que incluye actualizaciones de los productos adquiridos por un periodo de tres (3) anos, mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia, por un valor referencial de US$ 153,450.00 (Ciento Cincuenta y Tres Mil Cuatrocientos Cincuenta y 00/100 Dolares Americanos), incluido todo MORDAZA de concepto, gastos y

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