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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2004 (09/07/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 11

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G37/G32/G30/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 9 de julio de 2004 AGRICULTURA /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65 /G64/G65/G73/G69/G67/G6E/GF3/G20/G61/G20/G47/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G41/G64/G6A/G75/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C /G49/G4E/G52/G45/G4E/G41 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0505-2004-AG Lima, 5 de julio de 2004 CONSIDERANDO: Que, al dictarse la Resolución Ministerial Nº 0364- 2004-AG de fecha 7 de junio del 2004, que designa alGerente General Adjunto del Instituto Nacional de Re-cursos Naturales - INRENA, del Ministerio de Agricultura,se ha consignado erróneamente en forma invertida losnombres de dicho funcionario como Werenshon HeribertoRamos Gonzáles debiendo ser Heriberto WerenshonRamos Gonzáles; Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el acto de administración correspondiente que modifique el errormaterial cometido al expedirse la Resolución MinisterialNº 0364-2004-AG, de acuerdo a lo previsto en el nume-ral 201.1 del artículo 201º de la Ley Nº 27444, Ley delProcedimiento Administrativo General; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado porDecreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Rectificar el artículo 2º de la Reso- lución Ministerial Nº 0364-2004-AG del 7 de junio del2004, debiéndose considerar el nombre correcto del Gerente General Adjunto del Instituto Nacional de Re- cursos Naturales - INRENA, del Ministerio de Agricultura,Heriberto Werenshon Ramos Gonzáles. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 12808 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G45/G73/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E /G45/G78/G70/G65/G72/G69/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6C/G20/G22/G43/G41/G4E/G41/G41/G4E/G22/G20/G2D/G20/G48/G75/G61/G6D/G61/G6E/G67/G61/G20/G2D /G41/G79/G61/G63/G75/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G49/G6E/G76/G65/G73/G74/G69/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G45/G78/G74/G65/G6E/G73/G69/GF3/G6E/G20/G41/G67/G72/G61/G72/G69/G61/G20/G2D/G49/G4E/G49/G45/G41 INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y EXTENSIÓN AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 00013-2004-INIEA Lima, 8 de julio de 2004 VISTOS:El Oficio Nº 670-2004-INIEA-J, de fecha 5 de julio de 2004 y la Resolución Suprema Nº 0054-92-AG, de fecha31 de mayo de 1993; y, CONSIDERANDO:Que, por Resolución Suprema Nº 0054-92-AG, se de- signó con efectividad al 1 de enero de 1993, al Ing. JuanTinoco Rivera, como Director de la Estación Experimen-tal CANAAN - HUAMANGA - AYACUCHO, en la PlazaNº 290, del entonces Instituto Nacional de InvestigaciónAgraria - INIA, actualmente Instituto Nacional de Investi-gación y Extensión Agraria - INIEA;Que, la Jefatura del INIEA ha decidido dar por con- cluida la designación del Ing. Juan Tinoco Rivera comoDirector de la Estación Experimental CANAAN - HUA-MANGA - AYACUCHO, dándole las gracias por los ser-vicios prestados a la institución; De conformidad con el literal j) del artículo 20º del Reglamento de Organización y Funciones del INIEA,aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2004-AG; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida, con efectividad a la fecha de publicación de la presente Resolución, la de-signación del Ing. Juan Tinoco Rivera, como Director dela Estación Experimental CANAAN - HUAMANGA - AYA-CUCHO, del Instituto Nacional de Investigación y Exten-sión Agraria, dándole las gracias por los servicios pres-tados a la institución. Artículo 2º.- Designar, con efectividad a la fecha de publicación de la presente Resolución, al Ing. Agron. CÉ-SAR RAÚL PALACIOS SULCA, como Director de la Es-tación Experimental "CANAAN" - Huamanga - Ayacucho,del Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agra-ria - INIEA. Regístrese, comuníquese y publíquese.PABLO HUERTA FERNÁNDEZ Jefe 12790 MINCETUR /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65 /G56/G69/G63/G65/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G69/G6E/G75/G61/G72 /G63/G6F/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G67/G65/G73/G74/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G72/G65/G66/G69/G65/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E /G4E/GBA/G20/G32/G32/G34/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G4D/G49/G4E/G43/G45/G54/G55/G52/G2F/G44/G4D RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 234-2004-MINCETUR/DM Lima, 8 de julio de 2004 Visto el Memorándum Nº 549-2004-MINCETUR/VMT, de fecha 30 de junio de 2004, del Asesor del Viceminis-tro de Turismo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 224-2004- MINCETUR/DM, se autorizó el viaje del señor arquitec-to Franklin Ramiro Salas Bravo, Viceministro de Turismo,a la ciudad de Suzho, República Popular China y a laciudad de Frankfurt, Alemania, del 25 de junio al 4 dejulio de 2004, con el objeto, respectivamente, de expo-ner ante el Comité del Patrimonio Mundial de la UNES-CO, los planes y programas del Sector para contribuir alos planes nacionales de conservación del SantuarioHistórico de Machu Picchu y levantar las observacionesque sobre el tema plantea la UNESCO; y para continuarlas gestiones con los directivos de la línea aérea Luf-thansa, a fin de concretar el reinicio de vuelos directosde Frankfurt a Lima y viceversa, así como las rutas des-de China al Perú; Que, el calendario de actividades que debió realizar el citado funcionario en la ciudad de Suzho, RepúblicaPopular China, ha variado por cuanto recién entre losdías 2 y 5 de julio de 2004, el Comité del PatrimonioMundial de la UNESCO abordó el tema de PatrimoniosMundiales en Peligro; lo que modifica a su vez la oportu-nidad en que se llevarán a cabo las reuniones con losdirectivos de la línea aérea Lufthansa; Que, en consecuencia, es necesario ampliar la autori- zación de viaje otorgada al Viceministro de Turismo, hastael día 8 de julio de 2004, a fin que pueda cumplir con lacomisión encomendada; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27790, Ley Nº 27619, Ley Nº 28128 - Ley de