Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2004 (04/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 4 de junio de 2004

des del funcionario del pliego que autorizo tales actos, asi como del titular del pliego; Que, el inciso 2) del articulo 14º de la Ley Nº 28128, precisa las prohibicion de recategorizacion y/o modificacion de plazas, que se orienten al incremento de remuneraciones, por efecto de la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP y/o del Presupuesto Analitico de Personal - PAP. El incumplimiento de lo dispuesto en el presente numeral genera la nulidad de la accion de personal efectuada, sin perjuicio de la responsabilidad del funcionario del pliego que autorizo tales actos, asi como del titular del pliego; Que, con Oficio Nº 174-2004 EF/76.15.2 el Ministerio de Economia y Finanzas a traves de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico expresa que la Ley Nº 28128 no ha prohibido expresamente la creacion de plazas, sin embargo senala que el informe favorable de la Oficina de Presupuesto y Planificacion debera tener en cuenta los lineamientos que para tal efecto establezca la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el responsable de Planificacion y Presupuesto ha emitido su Informe Nº 041-2004 MDLP/UPP favorable con respecto a la reestructuracion organica y reordenamiento de los cargos de la Municipalidad Distrital de La Punta, en donde queda expresamente establecido que las acciones dispuestas, se refieren a prever cargos en el Cuadro para Asignacion de Personal, gestionando actualmente las acciones necesarias para su dotacion presupuestal; y que asimismo la recategorizacion planteada no tiene implicancia en el incremento de remuneraciones por lo que los actos de reordenamiento de los cargos son procedentes y concordantes con las normas presupuestarias vigentes; Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 dispone que las Municipalidades son organos de Gobierno Local con Autonomia Politica, Economica y Administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, corresponde al Concejo Municipal aprobar las modificaciones del Regimen de Organizacion Interior y Funcionamiento asi como el Cuadro para Asignacion de Personal del Gobierno Local, debidamente concordado con el articulo 16º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2004; Con las facultades que le confiere al Concejo la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y con el MORDAZA unanime de los senores regidores en la sesion de fecha 20 de MORDAZA del 2004, se aprobo la siguiente; ORDENANZA MUNICIPAL: Articulo Primero.- Apruebese las modificaciones al Reglamento de Organizaciones y Funciones y al Cuadro para Asignacion de Personal de la Municipalidad Distrital de La Punta de acuerdo al texto que en anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Ar ticulo Segundo.- Autorizar al senor MORDAZA disponer las medidas complementarias para cumplir con la Reestructuracion organica y reordenamiento de los cargos dispuesta por el Concejo, sin la creacion de plazas, actualizando los correspondientes documentos de gestion. Articulo Tercero.- Disponer que el senor MORDAZA efectue las gestiones necesarias que permitan coberturar las plazas correspondientes en estricta aplicacion de las normas presupuestarias y pertinentes. Articulo Cuarto.- Pongase en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros y de la Contraloria General de la Republica la presente Ordenanza Municipal. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia Municipal el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA DUHARTE GADEA MORDAZA 10417

Modifican la Ordenanza Nº 022-2003MDLP en lo relativo a fraccionamiento , de deudas tributarias
ORDENANZA Nº 021-2004-MDLP
La Punta, 31 de MORDAZA del 2004 VISTOS: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru precisa que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, literal 1.9 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley de Procedimiento Administrativo General establece que, quienes participan en el procedimiento deben ajustar su actuacion de tal modo que se dote al tramite de la MORDAZA dinamica posible, evitando actuaciones procesales que dificulten su desenvolvimiento o constituyan meros formalismos, a fin de alcanzar una decision en tiempo razonable, sin que ello releve a las autoridades del respeto al debido procedimiento o vulnere el ordenamiento; Que, por Acuerdo de Concejo de fecha 24 de MORDAZA del 2003, se aprueba el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y no tributarias de la Municipalidad Distrital de La Punta; Que, por Acuerdo de Concejo de fecha 20 de noviembre del 2003, se aprueba la Modificacion de la Ordenanza Nº 022-2003-MDLP; Que, el articulo 46º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad, establece que la Division de Atencion al Vecino es el organo encargado de atender con una vision humanista al usuario y contribuyente punteno brindando informacion sobre los asuntos tributarios y de comercializacion que soliciten, y de desarrollar acciones de conciliacion y cobranzas sobre aquellos contribuyentes que no cumplan con sus obligaciones tributarias, velando por la buena imagen de la Municipalidad; Que, el manual de organizacion y funciones establece que el Jefe de la Division de Atencion al Vecino es quien coordina la realizacion de las deudas tributarias y multas en el ambito de su competencia; Estando a lo expuesto, con la visacion de la Gerencia de Rentas y Comercializacion, y en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; ORDENANZA Primero.- Modificar la Ordenanza Nº 022-2003-MDLP en sus siguientes articulos: "Articulo 8º.- La Municipalidad a solicitud del contribuyente podra fraccionar su deuda hasta en 60 meses con una cuota inicial del 5% de su deuda tributaria; el monto minimo que podra considerarse para establecer la cuota mensual sera igual o mayor a S/. 5.00. Los contribuyentes que tuvieran convenios de fraccionamiento vigentes y que estuvieran al dia en el pago de sus cuotas, podran solicitar la reformulacion de los mismos, hasta el 31 de MORDAZA de 2004. Los contribuyentes que tuvieran convenios de fraccionamiento vigentes con cuotas vencidas, podran solicitar la reformulacion del convenio despues de haber realizado el pago del 50% del monto total de dichas cuotas, hasta el 31 de MORDAZA de 2004". "Articulo 10º.- VENCIMIENTO DE LAS CUOTAS DE AMORTIZACION Las cuotas de amortizacion mensual venceran el ultimo dia habil de cada mes. Se deja establecido que la primera cuota vencera el ultimo dia habil del mes siguiente de otorgado el fraccionamiento." Segundo.- Los convenios de fraccionamiento vigentes que excedan las seis (6) cuotas vencidas mantendran su condicion hasta el 31 de agosto de 2004. Tercero.- Encarguese a la Gerencia de Rentas y Comercializacion el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza.

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