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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (04/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 67

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G39/G37/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 4 de junio de 2004 Orgánica de Municipalidades, luego del debate corres- pondiente, el Pleno del Concejo aprobó por Unanimi-dad el siguiente; ACUERDO: Artículo Primero.- DECLARAR, haber mérito para la apertura de investigación por supuesta falta gravecomo causal de suspensión de conformidad con elReglamento Interno de Concejo, a los Regidores: Ma-nuel Sánchez Chuquillanqui, Silvia Velásquez Páucar,Saturnino Huacachi Escobar, Antonio Vásquez Sán-chez, y Ernestina Odría Mendoza. Artículo Segundo.- REMITIR, lo actuado a la Co- misión Permanente de Administración, Planificación,Economía, Finanzas y Asuntos Legales para que conce-diendo el derecho de defensa a los emplazados lleve acabo la investigación y emita el dictamen correspondien-te, elevándolo en su oportunidad al Concejo para supronunciamiento. Artículo Tercero.- DISPENSAR, de la Lectura y Aprobación del Acta, para el inmediato cumplimientodel presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 10545 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C /G63/G6F/G6E/G73/G69/G73/G74/G65/G6E/G74/G65/G20/G65/G6E/G20/G75/G6E/G20/G74/G6F/G70/G65/G20/G61/G20/G69/G6E/G63/G72/G65/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G73/G64/G65/G20/G69/G6D/G70/G6F/G72/G74/G65/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G61/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G69/G2D/G62/G75/G79/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G70/G72/G6F/G70/G69/G65/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G73/G61/G2D/G68/G61/G62/G69/G74/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G73/G20/G73/G69/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G72/G75/G69/G72 ORDENANZA Nº 028-04-MDLV La Victoria, 31 de mayo de 2004EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIAVisto en la Orden del Día de la Sesión Extraordinaria de Concejo celebrada con fecha 31 de mayo del 2004, losOficio Nº 139-04-DR/MDLV de fecha 25 de mayo del 2004y Nº 299-04-DAJ/MDLV de fecha 27 de mayo del 2004, for-mulados por la Dirección de Rentas y Dirección de Aseso-ría Jurídica, respectivamente, y los Dictámenes Nº 007-2004-CR/MDLV y Nº 015-04-CPPAL/MDLV, ambos de fe-cha 28 de mayo del 2004, emitidos por las ComisionesPermanentes de Regidores de Rentas y de Planificación,Presupuesto y Asuntos Legales, respectivamente, por elque se propone establecer un Beneficio Especial Tributariopor Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines ySerenazgo del Ejercicio Fiscal 2004, para contribuyentespropietarios de Casa-Habitación o Terrenos sin Construir;y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 74º de la Constitu- ción Política del Perú, los Gobiernos Locales pueden crear,modificar y suprimir contribuciones y tasas y exonerar deéstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que seña-la la Ley; Que, el artículo 194º de la Carta Magna, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órga-nos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, econó-mica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en concordancia con lo señalado en el primer considerando, la Norma IV del Título Preliminar del Có-digo Tributario aprobado por D.L. Nº 816, establece quelos Gobiernos Locales mediante Ordenanza puedencrear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios,derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de sujurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, por Ordenanza Nº 021-04-MDLV de fecha 23 de marzo del 2004, se estableció el marco legal del Régimentributario y las Tasas de los Arbitrios de Limpieza Pública,Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio Fiscal2004, aplicables en el distrito de La Victoria;Que, en aras de adecuar los criterios de distribu- ción a los precedentes de observancia obligatoria quesuponen las Resoluciones Nºs. 008 y 009-2003-CAM-INDECOPI y considerando, por recomendación de laMunicipalidad Metropolitana de Lima, lo señalado en laSentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Ex-pediente Nº 918-2002, es que se han establecido crite-rios de distribución que son diametralmente opuestosa los que se han venido empleando hasta el año 2003,en los que se tomaba como criterio de distribución prin-cipal el autoavalúo del predio, mientras que para el pre-sente ejercicio se manejará como criterio el área cons-truida o el área del terreno, según los supuestos seña-lados en la Ordenanza Nº 021-04-MDLV; Que, los criterios empleados en la Ordenanza Nº 021-04-MDLV, son concordantes con los criterios esta-blecidos en la Ley de Tributación Municipal - D.L. Nº776, modificada con D.L. Nº 952, que señala en el ter-cer párrafo del artículo 69º que: “para la distribuciónentre los contribuyentes de una Municipalidad, del cos-to de las tasas por servicios públicos o arbitrios, sedeberá utilizar de manera vinculada y dependiendo delservicio público involucrado, entre otros criterios queresulten válidos para la distribución: el uso, tamaño yubicación del predio del contribuyente”, siendo preci-samente estos criterios los empleados para el presen-te Ejercicio; Que, el emplear criterios de distribución distintos im- plica que los importes para los arbitrios por el presenteaño, no guardan relación alguna con los determinadosen años anteriores, ocasionando en algunos casos gran-des incrementos, que si bien están técnicamente y le-galmente sustentados, siendo por tanto perfectamenteválidos, producen en los contribuyentes molestia, fasti-dio y desazón ya que afecta directamente a su presu-puesto familiar, lo que dada la actual situación de es-trechez económica implicaría que muchos caigan ensituación de morosidad; Que, es política de la actual gestión, el crear una adecuada cultura de pago que permita a esta Corpora-ción Municipal un nivel óptimo de recaudación, lo queredundaría en una mejor prestación de los serviciospúblicos locales y un incremento del grado de satisfac-ción de los vecinos y contribuyentes con relación a es-tos servicios; Que, en consideración a lo antes señalado, el Con- cejo Municipal ha considerado pertinente la dación deun Beneficio Especial Tributario, para aquellos contri-buyentes propietarios de inmuebles destinados al usode Casa-Habitación o terreno sin construir, cuyas Ta-sas por Arbitrios se hubiesen incrementado por enci-ma del quince por ciento, este Beneficio consistiría enel Establecimiento del tope máximo del incremento enprecisamente quince por ciento, siempre y cuando cum-plan con cancelar la totalidad de los Arbitrios antes deltérmino del Ejercicio Fiscal 2004, vale decir antes del31 de diciembre del presente año; Estando a los pronunciamientos emitidos, de con- formidad con la Ley Orgánica de Municipalidades - LeyNº 27972, el Concejo, en la forma reglamentaria, porUnanimidad y con dispensa del trámite de la lectura yaprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA SE ESTABLECE BENEFICIO ESPECIAL TRIBUTARIO PARA CONTRIBUYENTES PROPIETARIOS DE CASA-HABITACIÓN O TERRENO SIN CONSTRUIR, CUYOS ARBITRIOS DEL EJERCICIO 2004 SE HUBIESE INCREMENTADO POR ENCIMA DEL 15% EN RELACIÓN AL AÑO 2003 Artículo 1º.- Establézcase el Beneficio Especial Tri- butario consistente en la Determinación de un tope máxi-mo de quince por ciento (15%), a los incrementos de losimportes por Arbitrios de Limpieza Pública, Parques yJardines y Serenazgo del Ejercicio Fiscal 2004, respec-to al año 2003, con el consiguiente descuento del exce-so; siempre y cuando cancelen sus Arbitrios correspon-dientes al presente Ejercicio antes del 31 de diciembredel 2004. Artículo 2º.- Están al alcance del presente Beneficio los contribuyentes propietarios de inmuebles destinados aluso de Casa-Habitación o terreno sin construir cuya deter-minación de Arbitrios, de conformidad a lo señalado en laOrdenanza Nº 021-04-MDLV, se hubiesen incrementado por