Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2004 (11/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 11 de junio de 2004

la banda 1850-1990 MHz concluye el 31 de diciembre de 1998. P58 Las bandas 1990-2025 MHz, 2110 -2200 MHz y 2500-2690 MHz, se mantienen en reserva. Mientras dure tal situacion, el Ministerio no realizara nuevas asignaciones en alguna de estas bandas. Cuando cese la situacion de reserva de estas bandas de frecuencias, el otorgamiento de la concesion y la asignacion de espectro se efectuara mediante concurso publico de ofertas, excepto para casos como el servicio movil por satelite y el servicio fijo y/o movil utilizando estaciones en plataformas a gran altitud, es decir los casos de sistemas globales reconocidos mediante acuerdos internacionales. Para el caso de las frecuencias asignadas en la banda comprendida entre 2500 - 2690 MHz, no se aplica la reserva MORDAZA referida. En tal sentido, el Ministerio establecera la fecha en que entrara en vigencia la reserva de las frecuencias asignadas." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 11032

NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial - Transporte Aereo Especial: Turistico. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: Sikorsky S-58T Mc MORDAZA MORDAZA 500-D Eurocopter AS350 MORDAZA 205 A-1 MORDAZA 212 MORDAZA 206 Ulan Ude MI-17 Mil MI-8

ZONAS DE OPERACION: CIRCUITOS TURISTICOS - Sobrevuelo Villaoropeza, Cuello de Urcos, MORDAZA de Vilcanota, Urubamba, Chinchero, Anta, Cusco. - Sobrevuelo, MORDAZA de Anta, Chinchero, MORDAZA de Urubamba, Aguas Calientes y viceversa. - Sobrevuelo Villaoropeza, Cuello de Urcos, Nacientes del Rio Paucartambo, Rio Marcapata, (escala tecnica en Quincemil) y viceversa. - Sobrevuelo transversal de los Valles de Vilcanota y Paucartambo (escala tecnica en Patria) y viceversa. - Sobrevuelo Pisac, Ollantaytambo, Salapunku, Urubamba, Aguas Calientes. BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Cusco. SUBBASE DE OPERACIONES: - Helipuerto de Superficie El Rocotal - Aerodromo de Quincemil - Aerodromo de Patria Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la empresa HELICOPTEROS DEL MORDAZA S.A. - HELICUSCO deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos - de ser el caso por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Cer tificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- La empresa HELICOPTEROS DEL MORDAZA S.A. - HELICUSCO esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- La empresa HELICOPTEROS DEL MORDAZA S.A. - HELICUSCO esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener permanente informacion del trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- La empresa HELICOPTEROS DEL MORDAZA S.A. - HELICUSCO empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- La empresa HELICOPTEROS DEL MORDAZA S.A. - HELICUSCO podra hacer uso de las instalaciones de aeropuertos, helipuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios. Articulo 7º.- Las aeronaves de la empresa HELICOPTEROS DEL MORDAZA S.A. - HELICUSCO podran operar en los aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas y longitudes de pista esten comprendidas dentro de sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado de inmediato en forma automatica, cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o economico- financiera, exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion.

Otorgan a Helicopteros del MORDAZA S.A. Permiso de Operacion de Aviacion Comercial - Transporte Aereo Especial: Turistico, a nivel nacional
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 061-2004-MTC/12
MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2004 Vista la solicitud de la empresa HELICOPTEROS DEL MORDAZA S.A. - HELICUSCO, sobre Permiso de Operacion de Aviacion Comercial - Transporte Aereo Especial: Turistico; CONSIDERANDO: Que, segun los terminos de la Memoranda Nº 01042004-MTC/12.AL del 17 de febrero del 2004 y Nº 02462004-MTC/12.AL del 2 de MORDAZA del 2004, emitidos por la Asesora Legal de la Direccion General de Aeronautica Civil; Memorando Nº 0734-2004-MTC/12.04 del 30 de marzo del 2004, emitido por la Direccion de Seguridad Aerea; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido el recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion de los principios de celeridad y simplificacion administrativa, se considera pertinente precisar que las instalaciones de los aeropuertos, helipuertos y/o aerodromos privados podran ser utilizadas previa autorizacion de sus respectivos propietarios; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; el Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa HELICOPTEROS DEL MORDAZA S.A. - HELICUSCO, Permiso de Operacion de Aviacion Comercial -Transporte Aereo Especial: Turistico, por el plazo de cuatro (4) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, sujeto a las siguientes caracteristicas:

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