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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (11/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 26

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G30/G31/G36/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 11 de junio de 2004 POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA De conformidad con la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y la Ordenanza Nº 296-MML; y con lo opinado por las Comisiones Metro- politanas de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclaturamediante Dictamen Nº 024-2004-MML-CMDUVN de 24 defebrero de 2004 y de Asuntos Legales en su Dictamen Nº072-2004-MML/CMAL de 25 de mayo de 2004; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA DESAFECTACIÓN Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN A RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA DE UN TERRENO UBICADO EN EL DISTRITO DE SAN BORJA Artículo Único.- Declarar procedente la Desafectación y Asignación de Zonificación a Zona de Residencial de Densidad Media - R4, del terreno de 225.40 m² constituido por el lote 14de la Mz. "A", del Asentamiento Humano "Pequeños Agriculto-res Todos Los Santos", destinado originalmente como aporteeducativo del referido Asentamiento Humano, distrito de SanBorja, provincia y departamento de Lima, terreno que se en- cuentra ocupado desde el año 1985 por las familias de don Máximo Saavedra Socma, doña María Moscol Navarro y donGelacio Quispe Castro, sobre un área de 97.62 m², 60.50 m² y67.28 m² respectivamente, posibilitando así, se pueda concluirel saneamiento físico-legal de dicho terreno a través de la Co-misión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los tres días del mes de junio de dos mil cuatro. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de laMunicipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía 10970 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G6F/G63/G75/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G2D /G6E/G6F/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G48/G6F/G73/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G53/G6F/G6C/G69/G64/G61/G72/G69/G2D /G64/G61/G64/G20/G49/G74/G69/G6E/G65/G72/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G64/G65/G70/G65/G6E/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G2C/G20/G70/G72/G6F/G2D/G6D/G6F/G76/G69/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G4D/G65/G74/G72/G6F/G70/G6F/G6C/G69/G74/G61/G6E/G6F/G64/G65/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G73/G20/G4D/GE9/G64/G69/G63/G6F/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 831 Lima, 1 de junio de 2004 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA VISTO; el Documento Simple Nº 34672-2004, promo- vido por el PROGRAMA METROPOLITANO DE CENTROSMÉDICOS MUNICIPALES, mediante el cual solicita Autori-zación y Uso Temporal Conforme del terreno que ocupa actualmente el Hospital de la Solidaridad Itinerante de In- dependencia, ubicado en el Km. 6.5 de la Av. Túpac Amaru,dentro del derecho de vía, en el sector comprendido entrelas calles Mayta Cápac y Yawar Huaca, del distrito de Inde-pendencia, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Documento Simple Nº 34672-2004, promovido por el PROGRAMA METROPOLITANO DE CEN- TROS MÉDICOS MUNICIPALES, se solicita Autorización y Uso Temporal Conforme del terreno conformante por el Área1 de 4,516.00 m2 y Área 2 de 2,626.00 m2, que ocupa ac-tualmente el Hospital de la Solidaridad Itinerante de Inde-pendencia, ubicado en el Km. 6.5 de la Av. Túpac Amaru,dentro del derecho de vía, en el sector comprendido entre las calles Mayta Cápac y Yawar Huaca, del distrito de Inde- pendencia, provincia y departamento de Lima; y, Que, mediante Informe Nº 679-2004-MML-DMDU- OPDM-DPTN, del 19.05.2004, se señala que el Hospital dela Solidaridad estaría afectado por la Av. Túpac Amaru en11.46 ml. y 27.87 ml que le correspondería a la vía dejada por la urbanización Tahuantinsuyo en el proceso de Habili- tación Urbana, existiendo actualmente un estudio integralde la referida avenida como parte del proceso de actualiza-ción de la numeración de la misma, para el ordenamientode la vía, en el cual se estaría incluyendo el área solicitada; Que, sobre el particular, si bien es cierto, el Artículo I-II5 del Reglamento Nacional de Construcciones señala que el ConcejoProvincial permitirá el Uso Temporal Conforme, en lotes que pu- dieran ser afectados por alguna obra pública en estudio o que serán afectadas en definitiva por alguna obra pública, y cuya ex- propiación y/o ejecución depende de financiación u otro motivoajeno al propietario, asegurándose mediante Escritura Pública laliberación del terreno de toda obra de construcción mediante unaviso previo; también es cierto que, en el caso que nos ocupa, setrata de una obra ya ejecutada, como lo es la Av. Túpac Amaru, dentro de cuyo derecho de vía se encuentra comprendido el área materia del presente informe, en el sector comprendido entre lascalles Mayta Cápac y Yawar Huaca; Que, siendo ello así, no es de aplicación el articulado antes referido, debiendo, por el contrario procederse a autorizar me-diante Resolución de Alcaldía la ocupación temporal del área an- tes aludida., máxime si tenemos en consideración que, el objetivo del PROGRAMA METROPOLITANO DE CENTROS MÉDICOSMUNICIPALES , es de constituir un hos pital itinerante de la solida- ridad en el marco de apoyo a la ciudadanía brindado por estaCorporación, atendiendo a través de 15 locales totalmente imple-mentados con instalaciones temporales para el servicio médico de calidad y de bajo costo en favor de la población de bajos recur- sos económicos favorecida del Cono Norte de esta Metrópoli; Que, lo expuesto se encuadra dentro de lo dispuesto en el ítem 2.5, 2º del artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipalida-des Nº 27972, que señala como una de las funciones específi-cas compartidas de las municipalidades provinciales la de "ges- tionar la atención primaria de la salud, así como construir y equipar postas médicas, botiquines y puestos de salud en loscentros poblados que los necesiten..." y en la Ordenanza Nº341 que aprueba el Plan Vial Metropolitano, estableciendo quela MML tiene a su cargo la administración de las Vías Expresas,Arteriales y Colectoras de dicho Sistema Vial; y en el Artículo 6º de la misma norma municipal que establece que para el uso temporal del derecho de vía de esa clase de vías, por la ejecu-ción de obras u otros factores o eventos no previstos, se requie-re en todos los casos de la autorización administrativa de laMunicipalidad Metropolitana de Lima; Estando a lo opinado por la Oficina del Plan de Desa- rrollo Metropolitano de Lima y de la Unidad Técnico Legal de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y Edicto Metropolitano Nº 021; RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR por el plazo de un (1) año, contado a partir del día siguiente de publicación de la presenteResolución, la Ocupación Temporal del terreno conformante por el Área 1 de 4,516.00 m2 y Área 2 de 2,626.00 m2, a favor del Hospital de la Solidaridad Itinerante de Independencia, ubicadoen el Km. 6.5, dentro del derecho de vía de la Av. Túpac Amaru,en el sector comprendido entre las calles Mayta Cápac y YawarHuaca, del distrito de Independencia, provincia y departamen-to de Lima, promovido por el PROGRAMA METROPOLITANO DE CENTROS MÉDICOS MUNICIPALES. Artículo Segundo.- DISPONER que al vencimiento del pla- zo otorgado en el Artículo Primero, el PROGRAMA METROPO-LITANO DE CENTROS MÉDICOS MUNICIPALES procederá ala desocupación inmediata del área cuya ocupación se autorizatemporalmente libre de construcciones, sin necesidad ni obliga- ción de aviso previo por parte de la Autoridad correspondiente. Artículo Tercero.- El plazo de ocupación temporal refe- rido en el artículo primero de la presente resolución podráser renovado por acuerdo entre las partes siempre y cuan-do sea solicitada dentro de los treinta (30) días anterioresal vencimiento de la Autorización otorgada. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente Resolu- ción a la Municipalidad Distrital de Independencia Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de laMunicipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía 10969 /G50/G72/G6F/G68/GED/G62/G65/G6E/G20/G63/G69/G72/G63/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G70/G65/G73/G61/G2D /G64/G6F/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G76/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G72/G67/G61/G20/G65/G6E/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G2C/G20/G65/G6E /G6C/G61/G20/G41/G76/G2E/G20/G43/G69/G72/G63/G75/G6E/G76/G61/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G45/G6C/G20/G47/G6F/G6C/G66/G20/G4C/G6F/G73/G20/G49/G6E/G63/G61/G73 DIRECCIÓN MUNICIPAL DE TRANSPORTE URBANO RESOLUCIÓN DIRECTORAL GENERAL Nº 036-04-MML/DMTU-DGTO Lima, 27 de mayo de 2004