Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2004 (11/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, viernes 11 de junio de 2004
EL DIRECTOR GENERAL DE MORDAZA CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, el texto del Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, MORDAZA Articulo 191º por haber sido modificado por la Ley Nº 27680 publicada el 7-3-2002, senala que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local, teniendo autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 196º y el texto modificado del Articulo 198º de la Constitucion Politica del Peru y los Articulos 151º y siguientes de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, que establecen el regimen municipal especial de la Capital de la Republica, reservan para la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA la planificacion, regulacion, gestion del transporte publico y el MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que es competencia de las Municipalidades Provinciales, la regulacion del MORDAZA de vehiculos y peatones, asi como la implementacion y administracion del sistema de senalizacion vial; y en particular la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene competencias para la regulacion, organizacion y gestion del MORDAZA y para la planificacion, regulacion, organizacion y mantenimiento de la red vial metropolitana, los sistemas de senalizacion y semaforos; Que, el Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC - Reglamento Nacional de MORDAZA, Articulo 5º, senala que es competencia de las Municipalidades Provinciales en su respectiva jurisdiccion, administrar el MORDAZA de acuerdo al referido Reglamento y otras Normas Nacionales complementarias; Que, conforme a la Ordenanza Nº 132-MML - Ordenanza MORDAZA para el MORDAZA en la provincia de MORDAZA, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, Articulos 5º y 10º, es la unica autoridad encargada de regular y administrar la circulacion y de imponer restricciones, dentro de la provincia de Lima; Que, el Edicto Nº 021-MML y sus modificatorias que aprueban el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, dispone que la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA, es el organo encargado de normar la circulacion vehicular y peatonal, en coordinacion y con el apoyo de la Policia Nacional del Peru, encargada del control del MORDAZA, y los consejos distritales, a fin de regular el transporte MORDAZA de pasajeros, sentidos del MORDAZA, zonas de seguridad, zonas reservadas y zonas rigidas; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, prescribe que, las Fuerzas Policiales estan obligadas a prestar el apoyo que requieran los Municipios, para el fiel cumplimiento de las Resoluciones de su competencia, asi como reconocer y respetar la preeminencia de la Autoridad Municipal en asuntos de su competencia; Que, mediante Resolucion Directoral Municipal Nº 189996-MLM/DMTU se establecen vias corredores para la circulacion de vehiculos pesados y de transporte de carga en general; Que, con el Informe Nº 034-04-MML/DMTU-DGTODSOV de fecha 19 de MORDAZA de 2004, la Direccion de Supervision de Obras Viales considera conveniente prohibir la circulacion de vehiculos pesados y de transporte de carga en general por la Av. CIRCUNVALACION EL GOLF LOS INCAS en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, a fin de regular y otorgar seguridad al MORDAZA vehicular que se desplaza por la referida via, asi como brindar tranquilidad a los vecinos de la MORDAZA, al constatarse que de acuerdo a sus caracteristicas fisicas y operacionales no se encuentra acondicionada para la circulacion de este MORDAZA de unidades; De conformidad a lo establecido en el Articulo 10º de la Ordenanza MORDAZA del MORDAZA Nº 132 y en aplicacion a la Resolucion Directoral Municipal Nº 1899-96-MML/DMTU; RESUELVE: Articulo Primero.- PROHIBIR LA CIRCULACION DEL TRANSPORTE PESADO Y DE VEHICULOS DE CARGA EN GENERAL: CAMIONES, TRAYLERS, CISTERNAS, VOLQUETES Y ANALOGOS, en la via que a continuacion se indica, en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. AV. CIRCUNVALACION EL GOLF LOS INCAS , en toda su extension. Articulo Segundo.- Para el Uso Temporal y/o Excepcional de la via mencionada en el Articulo Primero, los propietarios de vehiculos pesados y de transporte de carga en general, deben obtener su Autorizacion Anual, previa inscripcion del vehiculo en los registros de vehiculos de Trans-

porte Pesado y de Carga de la Direccion Municipal de Transporte Urbano. Articulo Tercero.- La Direccion de Supervision de Obras Viales y la Direccion de Senalizacion, quedan encargadas de la supervision, senalizacion y cumplimiento de la presente Resolucion en coordinacion con la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA y la Policia Nacional del Peru, encargada del control del transito. Articulo Cuarto.- Deroguese cualquier disposicion que se oponga a la presente resolucion. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de MORDAZA Direccion General de MORDAZA 10967

Autorizan contratar en arrendamiento inmueble ubicado en el distrito de San MORDAZA para el Servicio de Administracion Tributaria, mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 01-04-00000468
MORDAZA, 2 de junio de 2004. VISTOS: El Informe Nº 216-49-92-2004 de fecha 25 de MORDAZA de 2004 y el Informe Nº 004-082-00000004 de fecha 2 de junio de 2004, emitidos por la Division de Logistica y la Gerencia de Asuntos Legales, respectivamente. CONSIDERANDO: Que, el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que estan exoneradas de licitacion publica, concurso publico o adjudicacion directa, las contrataciones y adquisiciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, de conformidad con el articulo 20º de la Ley en mencion, todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del articulo 19º, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, la misma que requiere de un informe tecnico - legal previo; Que, asimismo, la disposicion citada en el parrafo precedente senala que dicha Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, excepto en los casos a que se refiere el inciso d) del articulo 19º de la Ley, remitiendose una MORDAZA de la misma y el informe que la sustenta a la Contraloria General de la Republica, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, la Division de Logistica a traves del Informe Nº 216-4992-2004 de fecha 25 de MORDAZA de 2004, senala que la Gerencia de Planeamiento, mediante Memorandum Nº 07-92-00000329, presenta la propuesta de Centros de Atencion Descentralizada, elaborada en el mes de diciembre por el Departamento de Estudios Economicos con la finalidad de promover la descentralizacion y ampliacion de la cobertura de los servicios que actualmente brinda el Servicio de Administracion Tributaria, SAT, siendo el distrito de San MORDAZA propuesto para atender a los contribuyentes de los distritos del Callao, San MORDAZA, Pueblo Libre y de la parte Este del Cercado de MORDAZA (15%); Que, conforme al referido Memorandum, en el Centro de Atencion Descentralizado a instalarse en el distrito de San MORDAZA, se tiene previsto atender a un universo aproximado de 1,104 contribuyentes al mes, quienes efectuarian aproximadamente 234 pagos por dia, requiriendose para ello efectuar el arrendamiento de un inmueble que cuente con un espacio minimo de 66 m2; Que, la Division de Logistica agrega que el Centro de Atencion Descentralizado a instalarse debera contar con determinadas caracteristicas que permitan brindar una eficiente atencion a los contribuyentes, tales como: tener facil acceso, ubicarse en una MORDAZA comercial, cumplir con las normas de seguridad dictadas por Defensa Civil y contar

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