Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2004 (11/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, viernes 11 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, la Comision Especial designada al efecto, en el Informe del visto, considera que por la naturaleza de la falta, es decir, por su vinculacion con fondos publicos, amerita recomendar una sancion ejemplar en salvaguarda de los intereses del Estado; Que, de otro lado, por Acuerdo de Concejo Nº 028MJM de 19-5-04 se autoriza al Procurador Publico de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA para que inicie la accion judicial contra el ex Jefe de la Unidad de Tesoreria C.P.C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como el presunto responsable del faltante de MORDAZA hasta por la suma de S/. 147,001.18 mas intereses y gastos; Asimismo, se dispone que la Administracion Municipal efectue las gestiones necesarias para hacer efectivo el importe por la suma de S/. 102,481.84 que se encuentran en vales provisionales y que forman el saldo de MORDAZA al 31 de diciembre de 2002; Estando a lo expuesto en documento del Visto y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APLICAR al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Tesoreria de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA la sancion de DESTITUCION, por falta grave disciplinaria de conformidad con el inciso d) del articulo 26º del Decreto Legislativo Nº 276, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- NOTIFICAR la presente Resolucion al Organo de Control Institucional, Gerencia de Administracion, Unidad de Personal y a la parte interesada. Articulo Tercero.- DISPONER se remita MORDAZA Certificada de la presente Resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros a efecto la sancion de Destitucion se inscriba en el Registro Nacional de Sanciones de Destitucion y Despido conforme al articulo 242º de la Ley Nº 27444. Articulo Cuarto.- Publiquese el contenido de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CLAEYSSEN MORDAZA 11052

Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA-, para este caso. Articulo 3º.- Dispensa de Publicacion de Aviso en periodicos.- De conformidad con lo dispuesto en el articulo 252º del Codigo Civil, autorizar al MORDAZA dispense a los contrayentes la publicacion del aviso en el periodico del matrimonio civil comunitario a que alude el articulo 250º del Codigo Civil, siempre y cuando se presenten todos los documentos exigidos en el MORDAZA para dicho fin. Articulo 4º.- Organos Ejecutantes.- Corresponde a la Subgerencia de Registro Civil y Cementerio la expedicion gratuita de los Certificados Medicos Prenupciales, a la realizacion de consejeria preventiva y la entrega gratuita de partidas de nacimiento a los contrayentes nacidos en el distrito. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 10941

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Aprueban estudio tecnico para determinacion de flota, paraderos de vehiculos menores y numero de personas juridicas en la MORDAZA de Trabajo Nº 02 de Nueva MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 027-2004/MVMT
EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 125 de fecha 12.NOVIEMBRE.2003 se regula el servicio de transporte de pasajeros y carga en vehiculos menores en el distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, cuyo articulo 6º precisa que el numero de personas juridicas que prestaran el servicio estara sustentado en estudios tecnicos, considerando la antiguedad de las que han estado prestando el servicio, la extension de las zonas y otros parametros especificos que determine la Entidad Municipal; Que, con Informes Nºs. 041-2004-DSP-MVMT y 1282004-DSP-MVMT la Direccion de Servicios Publicos alcanza el estudio Tecnico para la MORDAZA de Nueva MORDAZA de esta jurisdiccion, el mismo que cuenta con Informe favorable de la Oficina de Asesoria Legal Nº 1242004-OAL/MVMT y Proveido Nº 211-04-OAL y la conformidad de la Direccion Municipal a traves del Proveido Nº 608-2004-DM/MVMT; Que, corresponde emitirse el respectivo Decreto de Alcaldia aprobando el estudio Tecnico que se adjunta; Con la visacion de la Direccion Municipal; Oficina de Asesoria Legal y Direccion de Servicios Publicos; De conformidad con el Art. 20º, Inc. 6) de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades; asi como Ordenanza Nº 125 de esta Entidad Municipal; SE DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR el Estudio Tecnico para Determinacion de la Flota requerida y Paraderos de Vehiculos Menores asi como el numero de Personas Juridicas en la MORDAZA denominada "Zona de Trabajo Nº 02 de Nueva MORDAZA de MORDAZA MORDAZA del Triunfo" de Codigo NES - Zotra 2; el mismo que consta de 22 folios, los que debidamente sellados y rubricados, forman parte constitutiva del presente Decreto. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Direccion de Servicios Publicos, a traves de sus Unidades Organicas, el cumplimiento de este Dispositivo. Articulo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldia en-

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Autorizan realizar matrimonio civil comunitario con motivo del 55º Aniversario de Creacion Politica del distrito
ORDENANZA Nº 116/MDS
Surquillo, 31 de MORDAZA del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesion Ordinaria de la fecha, en uso de las atribuciones previstas en los numerales 8) y 9) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; y, con el MORDAZA unanime de sus miembros y dispensa del tramite de aprobacion de actas, aprobo la siguiente Ordenanza: MATRIMONIO COMUNITARIO POR ANIVERSARIO DISTRITAL Articulo 1º.- Objeto de la Norma.- Autoricese la realizacion de un Matrimonio Civil Comunitario para el dia 10 de MORDAZA de 2004, en el MORDAZA del programa celebratorio del 55º Aniversario de Creacion Politica del distrito de Surquillo. Articulo 2º.- Fijacion de Derechos.- Fijese en S/. 35.00 (Treinta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles) el pago por todo concepto que deberan abonar las parejas contrayentes que cumplan con los requisitos para participar en la ceremonia autorizada, dejandose en suspenso la tasa aprobada por el

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