Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2004 (11/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 11 de junio de 2004

tado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, segun el cual el Presidente Ejecutivo es la mas alta autoridad ejecutiva de Essalud y titular del Pliego Presupuestal, por lo que le corresponde aprobar la exoneracion, y por ende, su modificacion; Estando a las facultades conferidas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el numeral 1 de la parte Resolutiva de la Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 289-PEESSALUD-2004 en el siguiente extremo: "APROBAR la exoneracion de la realizacion de una Adjudicacion Directa Selectiva, para la contratacion del servicio de mantenimiento y actualizacion de licencias SAP R/3 para 395 usuarios por un periodo de seis (6) meses, autorizando que la misma se lleve a cabo a traves de una Adjudicacion de Menor Cuantia, por un valor referencial total de US$ 115,606.06 o su equivalente a S/ . 404,621.21 (cuatrocientos cuatro mil seiscientos veintiuno con 21/100 nuevos soles), con cargo a recursos propios". Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Disponer que la Secretaria General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud y de la Contraloria General de la Republica, la presente Resolucion Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 10902

do de Directorio Nº 001-2004/001-FONAFE, por el siguiente texto: "1.5. Gastos de viaje. 1.5.1. Las Empresas solo podran ejecutar gastos por viajes cuando se encuentren relacionados al cumplimiento de sus fines. 1.5.2. Los pasajes aereos al interior del MORDAZA o al extranjero que se adquieran, deberan ser de clase economica. 1.5.3. Las empresas deberan contar con un procedimiento para viajes que se realicen tanto al interior del MORDAZA como al extranjero. Este procedimiento debera considerar la obligacion de presentar el correspondiente informe de resultados del viaje y la rendicion de gastos, sin excepcion. 1.5.4. Las Empresas se encuentran facultadas a solventar los pasajes y los Viaticos de los directores por asistencia a los directorios, asi como los que se generan por comisiones de servicio dentro y fuera del pais. Los viajes por asistencia a directorios, asi como las comisiones de servicio deberan seguir el procedimiento establecido en los numerales 1.5.5.1., 1.5.5.2., 1.5.6.1., 1.5.6.2. de la presente Directiva, segun corresponda. 1.5.5. De los viajes al extranjero. 1.5.5.1. Los viajes al extranjero deberan ser aprobados por acuerdo de Directorio de la Empresa, debiendo justificarse en dicho acuerdo la vinculacion del viaje con los fines de la Empresa. Los acuerdos de Directorio deberan publicarse en el Diario Oficial El Peruano MORDAZA de que se efectue el viaje. Asimismo, los viajes al extranjero deberan ser publicados en la pagina web de la Empresa consignando el Acuerdo de Directorio que los aprueba, el nombre de los funcionarios que viajan, los objetivos de los viajes, los destinos y los costos. 1.5.5.2. Los montos maximos por concepto de Viaticos por dia para el personal de las Empresas que realicen viajes al extranjero, asi como el procedimiento de rendicion de cuentas, seran los establecidos en la MORDAZA vigente aplicable a servidores y funcionarios publicos. Del monto MORDAZA por concepto de Viaticos por dia, se considera que un 60% corresponde a hospedaje, un 30% a alimentacion y un 10% a otros gastos. Asi, en los casos de viajes al extranjero por invitacion que incluya financiamiento de hospedaje, de alimentacion o de otros gastos, los montos maximos por concepto de Viaticos se ajustaran reduciendo el porcentaje correspondiente al concepto financiado. 1.5.6. De los viajes al interior del pais. 1.5.6.1. La sustentacion de gastos realizados por conceptos de Viaticos se efectuara por no menos de 80% con comprobantes de pago y no mas de 20% con declaracion jurada. La Direccion Ejecutiva de FONAFE podra determinar porcentajes de sustentacion diferentes a los establecidos en el presente numeral, a solicitud del Directorio de la Empresa. 1.5.6.2. Los Viaticos o cualquier otra asignacion de naturaleza similar, en dinero o en especie, por viajes dentro del MORDAZA que perciba el comisionado por cualquier concepto o fuente de financiamiento, no superara la suma de S/. 200,00 (doscientos y 00/100 Nuevos Soles) diarios, siempre que la comision tenga una duracion superior a veinticuatro (24) horas, caso contrario se otorgaran los Viaticos de manera proporcional a las horas de la comision independientemente de la categoria ocupacional del trabajador, de su relacion laboral con la Empresa, o del motivo de la comision de servicios." 4. Sustituir el integro del Capitulo 2 de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario de las Empresas bajo el ambito de FONAFE, aprobada por Acuerdo de Directorio Nº 001-2004/001-FONAFE, por el siguiente texto: "CAPITULO 2 DE LAS REPROGRAMACIONES Y MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS 2.1. El Directorio de la Empresa esta facultado a realizar reprogramaciones presupuestarias. 2.2. Las modificaciones presupuestarias requieren aprobacion del Directorio de FONAFE, salvo las dispuestas en el numeral 2.4. La Empresa debera presentar una solicitud de modificacion presupuestaria adjuntando un informe ejecutivo que la justifique, asi como los formatos de Ingresos y egresos, de flujo de MORDAZA y de gastos de capital. 2.3. Las modificaciones presupuestarias que tengan como objetivo incorporar proyectos de inversion declarados viables y el financiamiento correspondiente, solo podran solicitarse hasta el ultimo dia util del mes de junio. 2.4. El Directorio de la Empresa podra aprobar las siguientes modificaciones presupuestarias: a) Transferencias entre partidas GIP.

FONAFE
Modificacion a la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario de las Empresas bajo el ambito de FONAFE
FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO Aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 001-2004/008-FONAFE
1. Sustituir el texto del literal o) del apartado Definiciones Basicas de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario de las Empresas bajo el ambito de FONAFE, aprobada por Acuerdo de Directorio Nº 001-2004/001-FONAFE, por el siguiente: "o) Tope de Ingreso MORDAZA Anual ­ TIMA: Es el monto total MORDAZA anual de ingresos que puede percibir un trabajador de una determinada Empresa. Los conceptos comprendidos en el TIMA son: remuneraciones, gratificaciones, bonificaciones, compra de vacaciones, quinquenios, asignaciones, compensacion por tiempo de servicios (CTS) y cualquier otro concepto remunerativo afin o similar de libre disponibilidad que perciba el trabajador, incluyendo aquellos beneficios que se paguen al trabajador, aun cuando estos no tengan caracter remunerativo. Los bonos derivados de los Convenios de Gestion y la participacion de utilidades de ser el caso, no son conceptos comprendidos en el TIMA. La suma total de los ingresos anuales percibidos por un trabajador por conceptos comprendidos en el TIMA no podra superar el TIMA establecido para la Empresa". 2. Adicionar los literales q), r) y s) al apartado Definiciones Basicas de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario de las Empresas bajo el ambito de FONAFE, aprobada por Acuerdo de Directorio Nº 001-2004/001-FONAFE, segun los siguientes textos: "q) Modificacion presupuestaria: Cambio en el monto anual asignado a una o mas partidas o rubros del presupuesto. r) Reprogramacion presupuestaria: Cambio en el monto mensual asignado a una o mas partidas o rubros del presupuesto, siempre que no implique modificacion del monto anual asignado a las partidas o rubros en mencion. s) Recategorizacion: Variacion en el nivel o categoria ocupacional de un cargo, sin que exista una modificacion en las labores y/o responsabilidades asignadas a dicho cargo". 3. Sustituir el integro del numeral 1.5. Gastos de viaje de la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario de las Empresas bajo el ambito de FONAFE, aprobada por Acuer-

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