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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G32/G31/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 24 de junio de 2004 Visto, el Oficio remitido por la 1ra. Brig. de la Avia- ción del Ejército, respecto al incumplimiento de contratode reparación y entrega de la Aeronave Avión ANTO- NOV AN-32 B de Matrícula EP-835, incurrido por la empresa CÍA. DE AVIACIÓN SOLAR SAC. CONSIDERANDO: Que, producto de un incidente aéreo ocurrido el 7 de abril del 2001, se produjo el siniestro del Avión ANTO- NOV AN-32 B de Matrícula EP-835, el mismo que resul-tara con daños materiales en su estructura; Que, de las coordinaciones efectuadas con la Empre- sa Popular y Porvenir Cía de Seguros, entidad encarga-da del aseguramiento del patrimonio del Ejército del Perú, en dicha oportunidad, se dispuso la reparación de los daños materiales de la aeronave en mención, designán-dose para estos efectos a la empresa CÍA. DE AVIACIÓN SOLAR SAC, disponiéndose el pago de la indemniza- ción, de conformidad a la proforma de daños y cotiza-ción presentadas oportunamente; Que, la CÍA. DE AVIACIÓN SOLAR SAC, no ha cumplido con culminar los trabajos de reparación y en-trega de aeronave, pese al tiempo transcurrido; lo que viene causando trastornos en el funcionamiento de la 1ra. Brig. de la Aviación del Ejército, al no poder contarcon una aeronave de su flota para el cumplimiento de sus actividades; Que, en tal sentido, corresponde expedir la Resolu- ción Ministerial en virtud de la cual se autorice al Procu- rador Público del Ministerio de Defensa a cargo de los Asuntos del Ejército del Perú, a efectuar las accioneslegales que correspondan en defensa de los intereses del Ejército del Perú; y, De conformidad con lo dispuesto en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Ministerio de Defensa encargado de los Asuntos Judicia- les del Ejército del Perú, para que inicie las accionesjudiciales pertinentes contra la Empresa CÍA. DE AVIA- CIÓN SOLAR SAC, por el incumplimiento del contrato de reparación y entrega de la Aeronave AVION ANTO-NOV AN 32B de Matrícula EP-835, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionada Procu- raduría, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 11859 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 721-2004-DE/EP/DILOGE Lima, 18 de junio de 2004 Visto, el Oficio remitido por la 1ra. Brig. de la Avia- ción del Ejército, respecto al incumplimiento de contratode reparación y entrega de la Aeronave IL YUSHIN IL- 103 de Matrícula EP-813, incurrido por la empresa CÍA. DE AVIACIÓN SOLAR SAC. CONSIDERANDO: Que, producto de un incidente aéreo ocurrido el 16 de febrero del 2000, se produjo el siniestro de la Aerona- ve IL YUSHIN IL-103 de Matricula EP-813, la misma queresultara con daños materiales en su estructura; Que, de las coordinaciones efectuadas con la Empre- sa Popular y Porvenir Cía de Seguros, entidad encarga-da del aseguramiento del patrimonio del Ejército del Perú, en dicha oportunidad, se dispuso la reparación de losdaños materiales de la aeronave en mención, designán- dose para estos efectos a la empresa CÍA. DE AVIACIÓN SOLAR SAC, disponiéndose el pago de la indemniza-ción, de conformidad a la proforma de daños y cotiza- ción presentadas oportunamente; Que, la CÍA. DE AVIACIÓN SOLAR SAC, no ha cumplido con culminar los trabajos de reparación y en- trega de aeronave, pese al tiempo transcurrido; lo que viene causando trastornos en el funcionamiento de la1ra. Brig. de la Aviación del Ejército, al no poder contar con dicha aeronave de su flota para el cumplimiento de sus actividades; Que, en tal sentido, corresponde expedir la Resolu- ción Ministerial en virtud de la cual se autorice al Procu- rador Público del Ministerio de Defensa a cargo de losAsuntos del Ejército del Perú, a efectuar las acciones legales que correspondan de defensa de los intereses del Ejército del Perú; y, De conformidad con lo dispuesto en el Art. 47º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº 17537 - Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado,modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público del Ministerio de Defensa encargado de los Asuntos Judicia-les del Ejército del Perú, para que inicie las acciones judiciales pertinentes contra la Empresa CÍA. DE AVIA- CIÓN SOLAR SAC, por el incumplimiento del contratode reparación y entrega de la Aeronave IL YUSHIN IL- 103 de Matrícula EP-813, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Artículo 2º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso a la mencionada Procu- raduría, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa 11860 /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G6C /G45/G6A/GE9/G72/G63/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 722-2004-DE/EP Lima, 18 de junio de 2004 Vista, la Carta Nº 077-2003 de 10 septiembre del 2003, por el cual la Empresa F.N. HERSTAL S.A. de Bél- gica, confirma la donación al Ejército del Perú de cinco(5) fusiles FN F2000 Cal 5.56 mm, más accesorios y Munición, incluyendo el transporte desde la República de Bélgica hasta el Callao - Perú. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 2º inciso K) del "Texto Único Ordena- do de la Ley del Impuesto General de las Ventas e Im-puesto Selectivo al Consumo", aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- dos con el Impuesto General a las Ventas, la importa-ción o transferencia de bienes que se efectúe a título gra- tuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; Que, el artículo 172º del Reglamento General de Pro- cedimientos Administrativos de los Bienes de propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF del 23 de julio del 2001, concordante con el párrafo 3.2.4 de la Directiva Nº 009-2002/SBN, aprobada por Re- solución Nº 031-2002/SBN del 16 de agosto del 2002,regula la aceptación de Bienes Muebles a favor del Es-