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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2004 (02/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G37/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 2 de marzo de 2004 UNIVERSIDADES /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G62/G75/G65/G6E/G61/G73/G20/G50/G72/G6F/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G2D /G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G2D /G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G46/G65/G64/G65/G72/G69/G63/G6F/G20/G56/G69/G6C/G6C/G61/G72/G72/G65/G61/G6C/G20/G79/G20/G6C/G6F/G73 /G72/G65/G74/G72/G6F/G74/G72/G61/G65/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G74/G61/G70/G61/G20/G64/G65/G20/G65/G76/G61/G6C/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G70/G72/G6F/G70/G75/G65/G73/G74/G61/G73 UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 7893-2004-UNFV San Miguel, 25 de febrero de 2004 CONSIDERANDO: 1.- Que, con fecha 10.12.2003 el Comité Especial a cargo de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0030-2003-UNFV - "Servicio de Mantenimiento de EquiposTopográficos" (Segunda Convocatoria) (en adelante el Comité Especial) otorgó la Buena Pro de dicho proce- so de selección a la empresa GEINCOR S.A.C., (enadelante GEINCOR) y descalificó al postor SERVICIOSDE INGENIERÍA - de Julio Antonio Cabello Coral (enadelante SERVICIOS DE INGENIERÍA) por no habercumplido con presentar la documentación solicitada en el literal "o" del numeral 3 del Título V de las Bases del referido proceso de selección, ante lo cual con fecha15.12.2003 el referido postor interpuso recurso de ape-lación, el cual fue observado en la misma fecha me-diante Oficio Nº 0011-2003-CEP-ADS, por el ComitéEspecial, concediéndole dos (2) días para que sea subsanado conforme al Art. 168º del Reglamento del TUO de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado (en adelante Reglamento) apro-bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; 2.- Que, mediante Resolución R. Nº 7629-2004-UNFV, de fecha 14.1.2004, se declaró de oficio la nulidad del acto administrativo contenido en el Oficio Nº 0011-2003-CEP- ADS, del 15.12.2003, que dispuso subsanar el Recurso deApelación interpuesto por SERVICIOS DE INGENIERÍAcontra la Buena Pro otorgada en la Adjudicación DirectaSelectiva Nº 0030-2003-UNFV - "Servicio de Mantenimientode Equipos Topográficos"; disponiéndose además que el Comité Especial organice y eleve al Titular de esta Enti- dad, el Expediente referido al Recurso de Apelación de fe-cha 15.12.2003, presentado por SERVICIOS DE INGENIE-RÍA; 3.- Que, mediante Oficio Nº 0015-2004-CEP-ADS Nº 030-UNFV, con fecha de recepción 2.2.2004, el Comité Especial cumple con lo dispuesto en la resolución referida en el numeral que antecede; 4.- Que, con Oficio Nº 0239-2004-OCLSA-UNFV, de fecha 9.2.2004, la Oficina Central de Logística y ServiciosAuxiliares, remite las Propuestas presentadas por los pos-tores en la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0030-2003- UNFV - "Servicio de Mantenimiento de Equipos Topográfi- cos", así como la respectiva Acta de Evaluación de Pro-puestas y otorgamiento de la Buena Pro, de fecha10.12.2003, requeridos por la Oficina Central de AsesoríaJurídica mediante Oficio Nº 0369-2004-OCAJ-UNFV, confecha de recepción 5.2.2004; Que, del análisis de los documentos obrantes en el Expediente del proceso de Adjudicación Directa SelectivaNº 0030-2003-UNFV - "Servicio de Mantenimiento de Equi-pos Topográficos", con NT 2708, se desprende: 1.- Que, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Admi- nistrativo General, establece en el Art. 40º que las entida-des están prohibidas de solicitar aquella documentaciónque posean para el inicio, prosecución o conclusión de unprocedimiento, siendo esto así y, estando a lo dispuesto enla Resolución R. Nº 7628-2004-UNFV, de fecha 14.1.2004 y a los escritos de fechas 16.12.2003 y 18.12.2003, ténga- se por subsanado el Recurso de Apelación presentado porSERVICIOS DE INGENIERÍA, por consiguiente admitidoel mismo;2.-Que, el Recurso de Apelación interpuesto por SERVICIOS DE INGENIERÍA, está dirigido contra el actoadministrativo de Otorgamiento de la Buena Pro y con-tra la descalificación de su Propuesta Técnica por nohaber presentado el Plan de Trabajo y el Cronograma deTrabajo de conformidad al numeral 3 del literal "o" del Título V de las Bases del proceso de selección que nos ocupa; 3.- Que, con respecto a la impugnación de la Buena Pro, la Resolución Nº 774/2003.TC-S2 de fecha10.9.2003 del Tribunal de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado 1 señala lo siguiente: "El postor cuya pro- puesta técnica o económica fue objeto de descalifica- ción, no puede impugnar el otorgamiento de la BuenaPro, en razón a no haber participado en este acto", enconsecuencia, debe declararse la improcedencia del re-curso de apelación deducido por SERVICIOS DE INGE-NIERÍA en el extremo que impugna el otorgamiento de la Buena Pro; 4.- Que, con respecto a la impugnación contra la descalificación de su Propuesta Técnica por no haberpresentado el Plan de Trabajo y Cronograma de Trabajo;se puede advertir de los folios 49 y 50 de la PropuestaTécnica de SERVICIOS DE INGENIERÍA que sí cum- plió con presentar su Plan de Trabajo, toda vez que se valió aun de fotografías para indicar el detalle del servi-cio a realizar, por lo tanto, el Comité Especial no debiósustentarse en el incumplimiento de este requisito paradescalificarlo; Que, el Art. 25º del TUO de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (en adelante laLey) señala que "Lo establecido en las Bases, en la Ley ysu Reglamento obliga a todos los postores y a la Entidadconvocante.", por consiguiente, al haberse omitido el Cro-nograma de Trabajo de conformidad con lo establecido en el literal "o" del numeral 3 del Título V de las Bases, se incumplió con una de las especificaciones técnicas esta-blecidas en las mismas; resultando válida la descalifica-ción de dicho postor; Que es necesario indicar que SERVICIOS DE INGE- NIERÍA admite la omisión del requisito referido al Cro- nograma de Trabajo, al indicar en sus escritos de fechas 15.12.2003 y 16.12.2003, que el mismo se encuentra su-jeto al tiempo de entrega indicado en su Carta de Com-promiso de Plazo de Entrega (obrante a fojas 9 de suPropuesta Técnica), supeditando el cumplimiento de esterequisito omitido a otro y, toda vez que ambos se encuen- tran debidamente independizados y detallados en las Ba- ses, dicho argumento de apelación no puede ser acep-tado; 5.- Que, igualmente se ha advertido en la Propuesta Técnica de GEINCOR que existe una contradicción entreel plazo de entrega del servicio consignado en la Carta de Compromiso de Plazo de Entrega, que es de 30 días (obran- te a folios 10 de su propuesta), y el tiempo relativo al Cro-nograma de Trabajo (obrante a folios 50) que es de 60 días,siendo esto así, el Comité Especial debió descalificar aeste postor por haber incumplido lo establecido en el últi-mo párrafo del Art. 25º de la Ley; Por lo antes expuesto, al haberse advertido vicio en la etapa de calificación de la Propuesta Técnica de GEIN-COR, ganadora de la Buena Pro, se debe declarar la Nuli-dad de Oficio de dicho acto administrativo de conformidadcon lo dispuesto en el Art. 26º del Reglamento en concor-dancia con el Art. 57º de la Ley, debiendo retrotraerse el proceso de selección hasta la etapa de evaluación de Pro- puestas Técnicas; Por los fundamentos expuestos y, en mérito a la opi- nión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica conteni-da en Informe Legal Nº 0156-2004-OCAJ-UNFV; y, de 1En concordancia con el Acuerdo Nº 014/009 del 12.8.2002 del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.