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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G37/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 2 de marzo de 2004 conformidad con lo dispuesto en los Artículos 54º, 55º y 57º del TUO de la Ley Nº 26850 - Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado y, Artículos 26º, 169º, 170º y171º de su Reglamento, aprobados por los DecretosSupremos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM, respec-tivamente; y, Estando a lo dispuesto por el señor Rector en Proveído Nº 0065-04-R-UNFV, de fecha 12.1.2004; y, en uso de lasfacultades conferidas por la Ley Nº 23733 - Ley Universi-taria, el Estatuto y el Reglamento General de la Univer- sidad Nacional Federico Villarreal y la Resolución R. Nº 7714-2004-UNFV, del 30.1.2004; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE el Re- curso de Apelación interpuesto por SERVICIOS DE IN-GENIERÍA - de: Julio Antonio Cabello Coral, en el extre-mo referido a la Buena Pro otorgada a la empresa GE-INCOR S.A.C., en el proceso de selección de Adjudica- ción Directa Selectiva Nº 0030-2003-UNFV - "Servicio de Mantenimiento de Equipos Topográficos" (SegundaConvocatoria) e INFUNDADA en el extremo referido a ladescalificación de su Propuesta Técnica, por las razo-nes expuestas en la parte considerativa de la presenteresolución. Artículo Segundo.- Declarar de oficio la nulidad del acto administrativo que otorgó la Buena Pro a la empresaGEINCOR S.A.C., en el proceso de selección de Adjudi-cación Directa Selectiva Nº 0030-2003-UNFV - "Serviciode Mantenimiento de Equipos Topográficos" (SegundaConvocatoria), debiendo retrotraerse el proceso de selec- ción a la etapa de Evaluación de Propuestas, por las razo- nes expuestas en la parte considerativa de la presente re-solución. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la pre- sente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro delos cinco (5) días siguientes de su expedición. Artículo Cuarto.- Disponer que la Oficina de Trámite Documentario de la Secretaría General de la Universidadnotifique a SERVICIOS DE INGENIERÍA - de: Julio Anto-nio Cabello Coral y a la empresa GEINCOR S.A.C., bajocargo la presente resolución, así como al Comité EspecialPermanente para las Adjudicaciones Directas Selectivas (Bienes y Servicios). Artículo Quinto.- El Vicerrectorado Administrativo, la Oficina Central de Logística y Servicios Auxiliares, el Co-mité Especial Permanente para las Adjudicaciones Direc-tas Selectivas (Bienes y Servicios), dictarán las medidasnecesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. ISAAC ROBERTO ANGELES LAZO Rector (e) 04309 UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 7925-2004-UNFV San Miguel, 26 de febrero de 2004VISTO, el Oficio Nº 15-2003-CEP-ADS, del Presidente del Comité Especial Permanente de Adjudicaciones Direc- tas y Selectivas - Bienes y Servicios, a cargo de la Adjudi- cación de Menor Cuantía Nº 872-2003-UNFV, Derivada dela Adjudicación Directa Selectiva Nº 045-2003-UNFV - "Ad-quisición de Equipos de Laboratorio Médico de Oftalmolo-gía y de Deontología", mediante el cual solicita se declare lanulidad del acto administrativo que otorgó la Buena Pro en el ítem 1 del Rubro II, del referido proceso de selección; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 57º del TUO de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado concordante conel Art. 26º de su Reglamento, aprobados por Decretos Su- premos Nºs. 012 y 013-2001-PCM, respectivamente, esta-blece que el Titular del Pliego o la máxima autoridadadministrativa de la Entidad, según corresponda, podrádeclarar de oficio la nulidad del proceso de selección, sólohasta antes de la celebración del contrato, cuando hayan sido dictados por órgano incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible jurídico, o pres-cindan de las normas esenciales del procedimiento o de laforma prescrita por la normatividad aplicable, debiendoexpresar en la resolución que expida la etapa a la que seretrotraerá el proceso; Que, como resultado del proceso de selección que nos ocupa, con fecha 22.12.2003, se adjudicó la Buena Pro en el ítem 1 del Rubro II - "Lámpara de Hendidura Tipo Haags- treitt en Mesa", a la empresa VISIÓN S.A., lo que fue co-municado a todos los postores que participaron en dichoproceso de selección; Que, la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado establece en el último párrafo del Art. 25º que loestablecido en las Bases, en la presente Ley y su Regla-mento obliga a todos los postores y a la Entidad convo- cante; Que, en el ítem 1 del Rubro II de las Bases de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 872-2003-UNFV, De- rivada de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 045-2003-UNFV, se consigna entre otras especificaciones técni-cas: Ancho de hendidura 0-11 mm. (continuo); ilumina-ción 6V, 27W; sin embargo debe advertirse que en suPropuesta Técnica, la empresa VISIÓN S.A., que obra en los antecedentes de la presente resolución, conside- ró un ancho de hendidura "Continuamente Ajustable 1MM- 8MM.", con una iluminación de "Foco Halogenado de12V, 30W."; siendo esto así, el Comité Especial ha incu-rrido en error al calificar la Propuesta Técnica de la refe-rida empresa; Que, por lo antes expuesto de conformidad con lo establecido en el Art. 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se debe de- clarar de oficio la nulidad del acto administrativo queotorgó la Buena Pro a la empresa VISIÓN S.A., en elítem 1 del Rubro II en el proceso de selección de Adjudi-cación de Menor Cuantía Nº 872-2003-UNFV, derivadade la Adjudicación Directa Selectiva Nº 045-2003-UNFV; En mérito a la opinión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica contenida en Informe Legal Nº 0108-2004-OCAJ- UNFV; y, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 57º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do concordante con el Art. 26º de su Reglamento, aproba-dos por los Decretos Supremos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM, respectivamente; y Estando a lo dispuesto por el señor Rector en Proveído Nº 0255-04-R-UNFV, de fecha 5.2.2004; y, en uso de lasfacultades conferidas por la Ley Nº 23733 - Ley Universi- taria, el Estatuto y el Reglamento General de la Univer- sidad Nacional Federico Villarreal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR de oficio la nulidad del acto administrativo que otorgó la Buena Pro a la empresaVISIÓN S.A., en el ítem 1 del Rubro II en el proceso de selección de Adjudicación de Menor Cuantía Nº 872-2003- UNFV, derivada de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 045-2003-UNFV, debiendo retrotraerse a la etapa de evalua-ción de propuestas. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) días siguientes de su expedición. Artículo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Trámi- te Documentario de la Secretaría General de la Universi-dad notifique la presente resolución al Comité EspecialPermanente para los Procesos de Adjudicaciones Direc-tas Selectivas -Bienes y Servicios, designado mediante Resolución R. Nº 6702-2003-UNFV, así como a la empre- sa VISIÓN S.A. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Comisión Ad Hoc designada mediante Resolución R. Nº 5093-2003-UNFV,de fecha 4.4.2003, conforme a sus atribuciones, evaluar el