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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MARZO DEL AÑO 2004 (02/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 36

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G37/G35/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 2 de marzo de 2004 zaciones de la sociedad civil, del distrito de Carmen de la Legua-Reynoso, a través de sus delegados de-bidamente acreditados, eligen democráticamente susrepresentantes ante el Consejo de Coordinación Lo-cal Distrital. Artículo 2º.- DEFINICIONES Para la aplicación de la presente Ordenanza se consi- derará: a) Consejo de Coordinación Local, es un órgano de coordinación y concertación de las Municipalidades, crea- dos por el artículo 102º de la Ley Orgánica de Municipali- dades. b) Organizaciones de la Sociedad Civil, son las organi- zaciones sociales de base, asociaciones, organizacionesde productores, gremios empresar iales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital, en tanto sean: - Personas Jurídicas de derecho privado, sin fines de lucro e inscritas en los Registros Públicos. - Organizaciones creadas en el ejercicio del libre dere- cho de asociación, que cuenten con autonomía organizati- va, administrativa y económica y que no estén adscritas a ningún órgano o institución del Estado. Estas entidadesdeberán estar inscritas ante los registros administrativosde organizaciones y asociaciones con que cuenta el Esta-do. c) Representante de la Sociedad Civil, es aquella per- sona natural que en aplicación de las normas establecidasen la Ley Orgánica de Municipalidades y en la presenteordenanza, es elegida como miembro del Consejo de Co-ordinación Local por los delegados de las Organizacionesde la Sociedad Civil inscrita en el Registro de Organizacio- nes de la Sociedad Civil, de la Municipalidad y proclamado por el Comité Electoral. d) Delegado-Elector, es aquella persona natural expre- samente autorizada por el máximo órgano de cada organi-zación de la sociedad civil inscritas en el Registro de Or-ganizaciones de la Sociedad Civil de la Municipalidad, para participar en el proceso electoral en su representación y ejercer el derecho de voto en la elección de los represen-tantes de la Sociedad Civil. Una misma persona natural nopuede tener la representación de dos o más organizacio-nes. e) Candidato, es aquel delegado-elector nominado como candidato en la elección de los representantes de las orga- nizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordi-nación Local Distrital y cumple con las siguientes condi-ciones: - Contar con residencia efectiva de no menos de dos años en el distrito. - Ser mayor de edad.- No encontrarse incurso en los impedimentos e incom- patibilidades establecidos para ser Alcalde o Regidor en laLey de Elecciones Municipales. f) Padrón Electoral, es la lista con el contenido del Re- gistro de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Munici-palidad, en el que consta la denominación social, domici-lio, el nombre e identificación del representante legal, elnombre e identificación del delegado- elector que la repre-sentará. TÍTULO II DEL REGISTRO DE ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL DE NIVEL DISTRITAL Artículo 3º.- APERTURA DEL LIBRO DE REGISTRO En el marco de lo dispuesto por el artículo 102º de la Ley Orgánica de Municipalidades, se dispone abrir el “Li-bro de Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil deldistrito de Carmen de la Legua Reynoso “, en el cual seinscribirán las organizaciones interesadas en participar a través del Consejo de Coordinación Local en la gestión del desarrollo Distrital.Artículo 4º.- CARACTERÍSTICAS DEL LIBRO El Libro de Registro de Organizaciones de la Socie- dad Civil de la Municipalidad no es constitutivo de per-sonería jurídica. Su mantenimiento y actualización estáa cargo de la Dirección de Participación Vecinal de laMunicipalidad. El Libro está compuesto de Fichas Regístrales para cada organización inscrita, debiéndose consignar en cadacaso: el nombre de la organización inscrita y siglas que laidentifica, fecha de inscripción en el registro respectivo, fi-cha o partida registral de contar con ella y fecha de consti-tución, dirección legal e identificación de la persona que la representa y de la persona designada como delegado-elec- tor. El Libro debe estar organizado por sectores correspon- diendo a los diversos segmentos en los que se auto-clasi-fican las Organizaciones de la Sociedad Civil. Artículo 5º.- REQUISITOS PARA INSCRIBIRSE EN EL LIBRO Para inscribirse en el Libro de Registro de Organizacio- nes de la Sociedad Civil se requiere presentar una solici-tud de inscripción conteniendo la razón social y/o denomi-nación de la Organización, la identificación de la persona natural en la que recae la representación máxima y/o legal de la organización, y la indicación del domicilio legal paratodos los fines de comunicación. Asimismo, deberá adjun-tarse lo siguiente: 1. Copia simple del documento de identidad del máxi- mo representante o representante legal de la organización. 2. Copia simple de la constancia de inscripción de la organización en los registros respectivos, expedida con unaantigüedad no mayor a 60 días calendario de la presenta-ción de la solicitud de inscripción. 3. Copia simple de documentos que acrediten al menos tres años de actividad institucional, y presencia efectiva y trabajo en el distrito. Para ello las organizaciones podránadjuntar el Libro de Actas de la organización o instrumen-tos Jurídicos suscritos o memor iales o pub licaciones, en- tre otros. 4. Las organizaciones de segundo nivel adjuntarán adi- cionalmente la relación de las organizaciones de base que la integran. 5. Copia simple del Acta con el acuerdo del máximo órgano de la organización, mediante el cual designan aldelegado-elector. 6. Copia Simple del documento de identidad del dele- gado-elector. Esta solicitud tendrá valor de declaración jurada sobre la veracidad de los documentos y su contenido, y estarádebidamente firmada por el representante máximo y /o le-gal de la organización. Las organizaciones de la sociedad civil al momento de inscribirse deberán señalar si se trata de una organiza-ción de base o de segundo nivel y autoclasificarse enuna de los segmentos a que se refiere el siguiente artículo,que facilite la identidad y naturaleza de la misma con res-pecto al universo de organizaciones. Artículo 6º.- SEGMENTOS DE LA SOCIEDAD CIVIL Para fines de la inscripción, se considerará la siguiente clasificación de segmentos sociales: a) Organizaciones de Productores. b) Gremios empresariales. c) Gremios laborales.d) Gremios profesionales.e) Juntas Vecinales y Organizaciones territoriales.f)Organizaciones sociales de bases.g) Organizaciones de mujeres. h) Organizaciones de jóvenes. i)Otras organizaciones de la sociedad civil. Artículo 7º.- PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN El procedimiento de inscripción se inicia con la presen- tación de la solicitud a que se refiere el artículo precedente ante la unidad de Trámite Documentario de la Municipali- dad. Esta unidad está obligada a recibir todas las solici-