TEXTO PAGINA: 33
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G37/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 2 de marzo de 2004 5.00Impuesto General a las Ventas -.- -.- 6.00 Penalidad por Incumplimiento de Contr ato 24,328.67 -.- _________________________ S/. 177,588.24 S/. 482.83 Saldo en contra del Contratista S/. 177,105.41 -.- _________________________ S/. 482.83 S/. 482.83 Estando a lo informado, con las visaciones de Geren- cia General Regional, Oficina Regional de Asesoría Jurídi-ca, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto yAcondicionamiento Territorial, Oficina Regional de Admi- nistración y de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Loreto; y, En uso de las facultades conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional deLoreto, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2003-CR/RL, de fecha 21 de enero del 2003 y su modificatoria aprobada mediante Ordenanza Regional Nº 020-CR/GRL, del 14 de diciembre del 2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR, la Liquidación por Resolu- ción de Contrato de la Obra: “CONSTRUCCIÓN C.E.P. Nº 60261-SAN PABLO II ZONA”, ejecutada por la firma contratista: M.P.F. DEL ORIENTE S.A.C.; en la mismaque ha determinado una inversión total ascendente a lasuma de: DOSCIENTOS UN MIL CUATROCIENTOS SE-TENTA Y NUEVE Y 68/100 NUEVOS SOLES (S/.201,479.68); con un saldo en contra de la firma contra- tista de: CIENTO SETENTA Y SIETE MIL CIENTO CIN- CO Y 41/100 NUEVOS SOLES (S/. 177,105.41); másintereses, sin perjuicio del inicio de las acciones legalespor daños ocasionados por incumplimiento del contratopor parte del contratista; liquidación que se sustenta enla documentación financiera proporcionada por la Ofici- na Ejecutiva de Contabilidad e informes técnicos de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Re-gional de Loreto. Artículo 2º.- AUTORIZAR, a la Oficina Regional de Administración, bajo responsabilidad, a ejecutar la Ga-rantía de Fiel Cumplimiento ascendente a la suma de: CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Y 35/100 NUEVOS SOLES (S/.48,657.35); yla Garantía Adicional por el Monto Diferencial de Pro-puesta ascendente a la suma de: DOSCIENTOS OCHOMIL QUINIENTOS TREINTA Y UNO Y 48/100 NUEVOSSOLES (S/.208,531.48); correspondiendo éstas íntegra- mente al Gobierno Regional de Loreto, por ser la Firma Contratista la causante de la resolución del Contratode Obra. Artículo 3º.- AUTORIZAR, a la Oficina Regional de Administración y a la Oficina Regional de Asesoría Jurí-dica del Gobierno Regional de Loreto, para que en for- ma coordinada prosigan las acciones administrativas y/ o legales para el recupero del saldo en contra de la con-tratista M.P.F. DEL ORIENTE S.A.C., ascendente a lasuma de: CIENTO SETENTA Y SIETE MIL CIENTO CIN-CO Y 41/100 NUEVOS SOLES (S/.177,105.41); montoresultante de los adelantos no amortizados y penalidad correspondiente por el incumplimiento al contrato, pre- via notificación de la presente Resolución a la empresacontratista. Artículo 4º.- ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración, realizar el cálculo real de los intereses porel perjuicio económico a la Entidad, generados por la de- mora en la devolución del saldo referido en el Artículo 3º de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUI Presidente 04323/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6D/G69/G2D /G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G74/G61/G72/G6A/G65/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G69/G72/G63/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G76/G65/G2D /G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G66/G6C/G6F/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G69/G72/G2D/G63/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73 DIRECCIÓN MUNICIPAL DE TRANSPORTE URBANO RESOLUCIÓN DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 038-04-MML/DMTU Lima, 27 de febrero del 2004 CONSIDERANDO: Que el Decreto de Alcaldía Nº 193, del 22 de diciembre de 2003, facultó a la Dirección Municipal de TransporteUrbano a otorgar ampliaciones de las autorizaciones para prestar servicio público de transporte regular de pasajeros hasta el 31 de diciembre del 2004, a las personas jurídicascon concesiones, autorizaciones o permisos vencidos opor vencerse al 31 de diciembre del 2003, incluidos losampliados por el artículo 1º del Decreto de Alcaldía Nº 066,previo procedimiento de verificación de requisitos; estable- ciendo en su artículo 3º, último párrafo, que durante el pla- zo que transcurra entre el vencimiento de las concesioneso autorizaciones señaladas y la fecha en que se otorgue laampliación, las empresas podrán mantener el servicio enlas rutas que vienen operando; Que la Resolución Directoral Municipal Nº 019-04- MML/DMTU, del 3 de febrero del 2004, que modifica la Resolución Directoral Municipal Nº 001-04-MML/DMTU,del 8 de enero del 2004, establece en su artículo 5º quedurante el plazo que tienen las empresas para presentarsus documentos para la renovación de las autorizacio-nes, éstas podrán mantener el servicio en las rutas que vienen operando, en consecuencia, vencido el plazo se- ñalado en el artículo 3º de la citada Resolución Direc-toral Municipal Nº 019-04-MML/DMTU, se dará por con-cluida la autorización y se iniciarán las acciones de fis-calización y control; Que el plazo señalado en el artículo 3º antes referido, vence el 19 de abril del 2004, debiéndose agregar los 15 días naturales para la evaluación de los expedientes esta-blecido en el artículo 4º de la misma resolución, debiendoadicionarse 5 días hábiles más para la emisión de la res-pectiva resolución de autorización; lo que determina un pla-zo total del procedimiento hasta el 11 de mayo del 2004; Que es necesario dictar las medidas necesarias para dar cumplimiento al artículo 5º de la Resolución DirectoralMunicipal Nº 019-04-MML/DMTU y precisar la fecha devencimiento del período en que se mantendrá el servicio,de conformidad con el artículo 3º del Decreto de AlcaldíaNº 193, de tal manera que las empresas comprendidas en sus alcances puedan prestar el servicio en forma segura y adecuada, acreditando la habilitación de los vehículos con-formantes de su flota vehicular, mediante la respectiva tar-jeta de circulación; De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalida- des, la Ordenanza Nº 104 y demás normas modificatorias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que la Dirección de Estudios, Autorizaciones y Registro emita las tarjetas de circulaciónque correspondan a los vehículos conformantes de la flota vehicular de las empresas comprendidas en los alcances de las Resoluciones Directorales Municipales Nº 001-04-MML/DMTU, del 8 de enero del 2004 y Nº 019-04-MML/DMTU, del 3 de febrero del 2004, con fecha de expiraciónal 11 de mayo del 2004, por los fundamentos expuestos en