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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2004 (04/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 82

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G33/G39/G36/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 4 de marzo de 2004 ción a cada uno de ellos en laboratorios que se encuentren acreditados al momento de realizarse dichas pruebas. Asi-mismo, es necesario disponer que SEDAPAL devuelva aaquellos usuarios que durante el período junio a octubrede 2003 se les facturó sobre la base de los medidores sinaferición inicial a los que se refiere la presente resolución, el exceso de comparar esa facturación con la asignación de consumo o promedio que les correspondía con anterio-ridad a la instalación de dichos medidores. En uso de las facultades conferidas por el artículo 36º del Reglamento General de la SUNASS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución Nº 054-2003-SUNASS-GG. Artículo 2º.- Declarar RESPONSABLE a Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima –SEDAPALde la infracción tipificada en el artículo 34º inciso b)numeral 3 del Reglamento de la Ley General de laSUNASS y, en consecuencia, sancionarla con una multade 40 Unidades Impositivas Tributarias. Artículo 3º.- Disponer que Servicio de Agua Pota- ble y Alcantarillado de Lima –SEDAPAL retire de lospredios de los usuarios aquellos medidores adquiridosen la Licitación Pública Internacional Nº 001-2002-SEDAPAL a fin de que les practique la prueba de aferi-ción a cada uno de ellos en laboratorios que se encuen- tren acreditados al momento de realizarse dichas prue- bas antes de volverlos a instalar. Artículo 4º.- Disponer que Servicio de Agua Pota- ble y Alcantarillado de Lima –SEDAPAL devuelva aaquellos usuarios que durante el período junio a octu-bre de 2003 se les facturó sobre la base de los medido- res sin aferición inicial a los que se refiere la presente resolución, el exceso de comparar esa facturación conla asignación de consumo o promedio que les corres-pondía con anterioridad a la instalación de dichos me-didores. Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia de Supervisión y Fiscalización que verifique el cumplimiento de lo dis- puesto en el artículo 4º de la presente resolución. Artículo 6º.- Encargar a la Gerencia de Supervisión y Fiscalización el registro de la infracción cometida porServicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima –SEDAPAL. Regístrese, notifíquese y publíquese. JOSÉ LUIS BONIFAZ FERNÁNDEZ Gerente General 04548 SUNAT /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G6E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65 /G65/G6A/G65/G63/G75/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G63/G6F/G61/G63/G74/G69/G76/G6F/G73 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 055-2004/SUNAT Lima, 2 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 011- 93-EF/SUNAT, se nombró como Ejecutor Coactivo encar-gado de la gestión de cobranza coactiva de la IntendenciaRegional I, actual Intendencia de Principales Contribuyen-tes Nacionales, al señor abogado Guido Antonio Carbone Doumenz;Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 087-93-EF/SUNAT, se nombró como Ejecutor Coactivoencargado de la gestión de cobranza coactiva de la In-tendencia Regional II, actual Intendencia Regional Lima,al señor abogado Paul Hermógenes Vera Regalado; Que asimismo, mediante Resolución de Superinten- dencia Nº 046-2002/SUNAT, se nombró como Ejecutor Coactivo encargado de la gestión de cobranza coacti-va de la Intendencia Regional Ica, al señor abogadoJavier Enrique Manuel Ledesma Ledesma; Que los mencionados trabajadores han sido asig- nados a otras unidades organizacionales, por lo que resulta necesario dejar sin efecto sus respectivos nom- bramientos como Ejecutores Coactivos encargados dela gestión de cobranza coactiva de las referidas inten-dencias; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Dejar sin efecto el nombramiento de los siguientes señores abogados, como Ejecutores Coacti- vos encargados de la gestión de cobranza coactiva de lasintendencias que se indican a continuación: - INTENDENCIA DE PRINCIPALES CONTRIBU- YENTES NACIONALES Guido Antonio Carbone Doumenz - INTENDENCIA REGIONAL LIMA Paul Hermógenes Vera Regalado - INTENDENCIA REGIONAL ICA Javier Enrique Manuel Ledesma Ledesma Regístrese, comuníquese y publíquese.NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 04439 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G6F/G73/G20/G61/G63/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6E/G6F/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G6F/G62/G73/G65/G72/G76/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73 /G62/G61/G73/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G63/G75/G72/G73/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G30/G31/G2D /G32/G30/G30/G34/G2D/G52/G45/G47/G49/GD3/G4E/G20/G43/G41/G4C/G4C/G41/G4F RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 090-2004-REGIÓN CALLAO/PR Callao, 3 de marzo de 2004VISTOS: El Recurso de Apelación presentado el 25 de febrero de 2004, por SENAVISA S.A. contra los actos de Comunicaciónde Observaciones y Fecha de Integración de Bases, del 19 defebrero de 2004, emitido por el Comité Especial, el INFORMENº 005-2004-REGIÓN CALLAO/CE del 25 de febrero de 2004 emitido por el Comité Especial designado para conducir el Con- curso Público, CP Nº 0001-2004-Región Callao y el Informe Nº018-2004-REGIÓN CALLAO/GAJ-EAP, de fecha 1 de marzode 2004 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, amparados en la Resolución Ejecutiva Regio- nal Nº 028-2004-REGIÓN CALLAO-PE de fecha 2 de