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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G33/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 11 de marzo de 2004 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G41/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G41/G67/G72/G61/G2D/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G41/G6D/G61/G7A/G6F/G6E/G61/G73 ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2004-CR/RA EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO:Que, el Consejo Regional tiene la atribución de nor- mar la Organización del Gobierno Regional a través deOrdenanzas Regionales en concordancia con lo pre-visto en el artículo 15º inciso “a” de la Ley Nº 27867,que señala: Aprobar, modificar o derogar las normasque regulen o reglamenten los asuntos y materias decompetencia y funciones del Gobierno Regional, en con-cordancia a lo antes indicado es atribución del ConsejoRegional aprobar el “Cuadro para Asignación de Per-sonal”, así mismo el artículo 38º de la Ley Nº 27867 -Ley Orgánica de Gobiernos Regionales que estableceque las Ordenanzas Regionales, norman asuntos decarácter general, la organización y la administración delGobierno Regional y reglamentan materias de su com-petencia; Que, habiéndose analizado el documento de ges- tión “Cuadro para Asignación de Personal” de la Direc-ción Regional Agraria y cumpliendo con lo establecidoen el artículo 16º, numeral 1, inciso a) de la Ley de Pre-supuesto del Sector Público para el año Fiscal 2004, elmismo ha sido sometido a discusión amplia por partedel Consejo Regional, en sesión de fecha 18 de febrerodel presente año; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimi- dad mediante Acuerdo Nº 050-2004, en Sesión OrdinariaNº 004 del Consejo Regional del Gobierno Regional Ama-zonas el día dieciocho de febrero del año dos mil cuatro,contando con el voto aprobatorio unánime de los Conseje-ros Regionales y en uso de las facultades que le otorga laConstitución Política del Estado y el artículo 37º inciso a)de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regiona-les; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente:Artículo Primero.- APROBAR, el “CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL” (CAP), DE LA DIRECCIÓNREGIONAL AGRARIA DEL GOBIERNO REGIONAL AMA-ZONAS, el mismo que consta de 2 folios, documento queforma parte de la Presente Ordenanza. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a la Secretaría del Consejo Regional, la publicación de la presente Ordenan-za Regional en el diario encargado de las publicacionesregionales, disponiéndose su inclusión en el portal electró-nico del Gobierno Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal de Amazonas para su promulgación. En la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chacha- poyas, a los 25 días del mes de febrero del dos mil cuatro. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Publíquese y cúmplase.Dado en la ciudad de San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, sede del Gobierno Regional de Amazonas,a los veinticinco días del mes de febrero del dos mil cuatro. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente del Gobierno Regional de Amazonas 04954GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G2D /G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G61/G20/G41/G6C/G65/G6D/G61/G6E/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G2D/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G70/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G61/G20/G46/G65/G72/G69/G61/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G54/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F ACUERDO REGIONAL Nº 032-2004-GR.LAMB./CR Chiclayo, 8 de marzo de 2004CONSIDERANDO: Que, el Presidente del Gobierno Regional de Lamba- yeque, Dr. Yehude Simon Munaro, en ejercicio de las fun-ciones inherentes a su cargo deberá viajar a Alemania;donde acudirá a invitación de PromPerú para participar enel programa de actividades de la Feria Internacional deTurismo - ITB 2004 que se llevará a cabo del 12 al 16 demarzo del presente año, en la ciudad de Berlín, Alemania,donde participará el Perú como País Anfitrión, período porel cual estará fuera de la Región Lambayeque; Que, a este efecto, es necesario precisar que conforme al acuerdo de la Junta Directiva de la Asociación de Hote-les, Restaurantes y Afines de Lambayeque - AHORA, estainstitución asumirá el pago de los pasajes Lima - Berlín -Lima, así como los costos de alojamiento serán cubiertospor la empresa Altomayo Perú SAC, la que además desta-cará a dos de sus ejecutivos residentes en la Unión Euro-pea para asistir al Presidente Regional como traductores yguías durante los días de su estancia en Berlín, razón porla que, por los conceptos señalados, el referido viaje nodemandará gasto alguno al Gobierno Regional de Lamba-yeque; Que, a tenor de lo dispuesto por el inciso c) del numeral 3 del Artículo 14º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuestodel Sector Público para el Año Fiscal 2004, el concepto deviáticos comprende los gastos de alimentación, hospedajey movilidad (hacia y desde el lugar de embarque), así comola movilidad utilizada para el desplazamiento en el lugardonde se realiza la comisión de servicios; en consecuen-cia, en atención al considerando anterior, sólo será de cuen-ta del Gobierno Regional de Lambayeque los gastos dealimentación correspondientes al Presidente del GobiernoRegional, durante el plazo de duración de la comisión deservicios; Que, de conformidad con el Artículo 13º inciso f) del D.S. Nº 018-85-PCM, Reglamento Inicial de la Ley de Ba-ses de la Carrera Administrativa, se entiende por Comisiónde Servicio, cuando un servidor es destinado para realizaracciones de servicio fuera de su centro de trabajo, ya seaen el país o en el extranjero; lo que es concordante con lodispuesto por el Artículo 83º del D.S. Nº 005-90-PCM, Re-glamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativay de Remuneraciones del Sector Público, conforme al cualla Comisión de Servicio es el desplazamiento temporal delservidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta porla autoridad competente, para realizar funciones según elnivel de carrera, grupo ocupacional y especialidad alcan-zados y que están directamente relacionadas con los obje-tivos institucionales; Que, el Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Lambayeque, aprobado por Ordenanza Re-gional Nº 004-2003-GR.LAMB/CR, modificado por Orde-nanza Regional Nº 020-2003-GR.LAMB/CR, prevé en suArtículo 12º, inciso 1, que es atribución del Consejo Regio-nal de Lambayeque autorizar los viajes por comisión deservicios del Presidente Regional; Que, asimismo, conforme lo tiene dispuesto la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el AñoFiscal 2004, en su Artículo 15º, inciso k), in fine, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores serán aproba-dos mediante Acuerdo del Consejo Regional, la misma quedeberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antesdel inicio de la comisión de servicios;