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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G34/G34/G36/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 12 de marzo de 2004 to de Cajamarca, con un área del terreno de 2001 m2, ins- critos con la Ficha Nº 75298 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Cajamarca y con un valor de Treinta Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 30,000.00). Artículo 2º.- Delegar al Capitán representante del Des- tacamento de Policía Nacional del Perú - Centro Poblado Menor de Chuquibamba, la facultad de suscribir en repre-sentación del Ministerio del Interior la Escritura Pública de Ratificación de donación de un terreno y edificación exis- tente al que se hace referencia en el artículo anterior. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, Órgano de Control Institucional del Ministerio del Interior, Contraloría Gene-ral de la República y Superintendencia de Bienes Nacionales. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 04978 /G44/G65/G6A/G61/G6E/G20/G73/G69/G6E/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G4D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G37/G33/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D /G49/G4E/G2F/G50/G4E/G50 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0342-2004-IN-0201 Lima, 11 de marzo del 2004 Visto el Oficio Nº 564-2004-PP.IN/PNP.1204 de fecha 11 de marzo del 2004, de la Procuraduría Pública a cargo delos Asuntos Judiciales relativos a la Policía Nacional del Perú; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 0073-2004-IN/PNP del 26 de enero del 2004, se autorizó al Procurador Público a car-go de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policía Nacional del Perú, para que inicie las acciones judi- ciales que sean necesarias para recuperar la administraciónde los Centros Educativos PNP "Alcides Vigo Hurtado", "Félix Román Tello Rojas" y "Horacio Patiño Cruzatti"; Que, mediante el Oficio Nº 564-2004-PP.IN/PNP.1204 de fecha 11 de marzo del 2004, se solicitó dejar sin efecto la refe- rida Resolución Ministerial por considerar que no es factible impugnar los actos administrativos relacionados con la materiapor haber prescrito el plazo para pedir su nulidad, entre otras razones expuestas en el mencionado oficio; Estando a la visación de la Oficina General de Aseso- ría Jurídica y de conformidad con lo dispuesto por el De- creto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución Minis- terial Nº 0073-2004-IN/PNP del 26 de enero del 2004, por las razones expuestas en la parte considerativa de la pre- sente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 05112 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G20/G22/G50/G72/G6F/G2D /G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G49/G64/G65/G6E/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/G6C/G65/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20/G20/G53/G75/G6A/G65/G74/G61/G73/G20/G61/G20/G49/G6E/G2D /G74/G65/G72/G76/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G20/G49/G6E/G76/G65/G73/G74/G69/G67/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/G6F/G6C/G69/G63/G69/G61/G6C/G22 DIRECTIVA GENERAL Nº 003-2004-IN/PNP PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS DE IDENTIFICACIÓN PLENA DE PERSONAS SUJETAS A INTERVENCIÓN O INVESTIGACIÓN POLICIAL I. OBJETO Establecer normas y procedimientos operativos a los que estará sujeto el personal de la Policía Nacional del Perú,para la identificación Criminalística de personas sujetas a intervención o investigación policial. II. FINALIDADA. Normar el apoyo técnico - científico que brinda la División de Identificación Criminalística (DIVIDCRI) a lasUnidades Policiales a nivel nacional. B. Establecer las relaciones funcionales entre la DIVI- DCRI, como ente rector del Sistema de Identificación Poli-cial, Unidades de las Oficinas Regionales de Criminalísti- ca con las Unidades Operativas Policiales, a fin de optimi- zar la función policial en la investigación de delitos. C. Uniformar procedimientos operativos a fin de que el personal policial realice identificación plena de personas sujetas a investigación policial, en salvaguarda de los de-rechos humanos y garantías personales establecidos en la Constitución Política del Perú. III. BASE LEGAL A. Constitución Política del Perú 1993. B. Ley Nº 24949 de 6.DIC.88. Creación de la Policía Nacional del Perú. C. Ley Nº 27238 de 14.DIC.99. Ley de la Policía Nacio- nal del Perú. D. Ley Nº 27411, Ley que Regula el Procedimiento en los Casos de Homonimia. E. Ley Nº 26497 de 12.JUL.95.- Ley Orgánica del Re- gistro Nacional de Identidad y Estado Civil F. Decreto Legislativo Nº 635 de 3.ABR.91. Código Pe- nal. G. Ley Nº 9024, Código de Procedimientos Penales H. Decreto Legislativo Nº 638 Código Procesal PenalI. Resolución Directoral Nº 1595-97-DGPNP-EMG de 14.JUL.97. J. Resolución Directoral Nº 1595-97-DGPNP/EMG Creación DIRCRI PNP. K. Manual de Procedimientos de Criminalística, apro- bado por R.D. Nº 0001-AD-DS-PT, del 1.MAR.1990. L. Manual de Procedimientos Operativos Policiales apro- bado por RD Nº 280-01-DGPNP/EMG del 12.MAR.2001. IV. ALCANCE A todo el personal PNP.V. NORMAS La identificación plena de personas sujetas a interven- ción o investigación policial se efectuará siguiendo el Sis- tema de Identificación Policial y el Sistema de Investiga-ción Criminal. A. SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN POLICIAL1. La División Identificación Criminalística (DIVIDCRI- DIRCRI PNP) es el órgano técnico rector del Sistema deIdentificación Policial y tiene por misión planear, organizar, dirigir y coordinar todas las actividades necesarias para brindar el soporte técnico - científico identificatorio a la fun-ción policial, órganos jurisdiccionales, Sistema de Inteli- gencia y dependencias estatales competentes, asimismo es el ente técnico - normativo, encargado de dictar las nor-mas administrativas y procedimientos operativos de cum- plimiento obligatorio para las dependencias policiales del Sistema de Identificación Policial a nivel nacional. 2. En las Regiones Policiales y en algunas Direcciones Especializadas existen Unidades de Identificación que cum- plen la misión asignada a la DIVIDCRI. Las Unidades PNP que llevan a cabo el Procedimiento de Identificación plena de personas que se encuentran in-volucradas en hechos considerados como delitos deben aplicar los principios de legalidad, celeridad y eficacia con- templados en la Ley del Procedimiento Administrativo Ge-neral, considerando el tiempo que se encuentra la persona detenida en una dependencia policial, manteniendo una coordinación permanente y fluida. B. SISTEMA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL 1. La Dirección de Investigación Criminal (DIRINCRI), es el órgano rector del Sistema de Investigación Criminal y tiene por misión investigar, denunciar y combatir el crimen