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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G34/G34/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 12 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 001-2003- PRODUCE, de fecha 3 de enero de 2003, se designó alseñor doctor Carlos Zamorano Macchiavello, en su condi- ción de Viceministro de Industria, como representante del Ministro de la Producción y presidente de la Comisión deLucha contra los Delitos Aduaneros, creada mediante Ley Nº 27595 y modificatorias; Que, mediante Resolución Suprema Nº 007-2004-PRO- DUCE, de fecha 20 de febrero de 2004, se aceptó la renun- cia presentada por el señor doctor Carlos Zamorano Mac- chiavello al cargo de Viceministro de Industria del Ministe-rio de la Producción; Que, en tal sentido, es necesario dar por concluida di- cha designación, estableciéndose asimismo, que el Titulardel Sector reasumirá la presidencia de la citada Comisión; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, la Ley Nº 27789 y la Ley Nº 27595 y modifica-torias; y en uso de las atribuciones conferidas por el Re- glamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y modificatoria; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida la designación efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 001-2003-PRODUCE,estableciéndose que a partir de la publicación de la presen- te Resolución, el Titular del Sector reasumirá la presidencia de la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros, con-forme al artículo 1º de la Ley Nº 27595 y modificatorias. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA Ministro de la Producción 05108/G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G6E/G20/G46/GF3/G72/G75/G6D/G20/G22/G50/G65/G73/G71/G75/G65/G72/GED/G61/G20/G79/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G2D /G6C/G6C/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G22/G20/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G64/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G65/G73/G71/G75/G65/G72/GED/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G2D/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G61/G20/G4C/G69/G62/G65/G72/G74/G61/G64 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 098-2004-PRODUCE Lima, 9 de marzo de 2004 VISTOS: El Oficio Nº 1456-2003-PRE/P-LL-DA, de fecha 25 de noviembre de 2003 y el Oficio Nº 073-2004-PRE/P-LL- DEPP, del 20 de enero de 2004; y, CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos del Visto, la Direc- ción Regional de Pesquería del Gobierno Regional deLa Libertad, comunica al Despacho Ministerial la realiza- ción del fórum "Pesquería y Desarrollo Regional", a rea- lizarse en la ciudad de Trujillo los días 2, 3 y 4 de abrilde 2004, solicitando para tal efecto su oficialización; Que, los alcances del fórum guardan armonía con los Lineamientos de Política Pesquera del SectorProducción, por lo que resulta necesario oficializar el evento antes señalado; Con la opinión favorable del Viceministro de Pesque- ría; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27789 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de laProducción; y, en uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE - Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de la Producción y modificato- ria; REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU