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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MARZO DEL AÑO 2004 (12/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 65

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G34/G34/G36/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 12 de marzo de 2004 tener en consideración las normas sobre el irrestricto res- peto de los derechos humanos. B. El personal de las Oficinas Regionales de Crimina- lística o las que hagan sus veces, al observar limitacioneso dificultades para la realización de su labor de identifica- ción plena de las personas Investigadas deben remitir por la vía más rápida (Vía FAX, Correo Electrónico), la Hoja deReseña Personal del Investigado a la División de Identifi- cación Criminalística, ente que por la misma vía dará res- puesta a lo solicitado (ANEXO Nº 02). C. Cuando las impresiones dactilares sean remitidas vía FAX, el personal de peritos efectuará, el análisis correspon- diente de las mismas para determinar si son aprovechablespara el estudio dactiloscópico, en caso de establecer que son inaprovechables ya que generalmente las Individuales dacti- loscópicas remitidas vía FAX presentan distorsiones de lascrestas papilares (deficiencias de orden técnico criminalísti- co), por el medio más rápido se comunicará a la Unidad Poli- cial solicitante para buscar subsanar dicha deficiencia. D. Las coordinaciones con la División de identificación Criminalística se harán a través del FAX 4418921 y con el Servicio de Guardia DIVIDCRI a los Telfs. 4418836 y NEC834-433 y al Correo Electrónico dircridivcip @ pnp.gob.pe E. En las Unidades de Identificación se procederá a la apertura un archivo de HOJA DE RESEÑA PERSONAL, paralos estudios comparativos Dactiloscópicos y/o remisión pe- riódica a la DIVIDCRI para uso en el Archivo Central. F. La presente Directiva deroga todas las disposiciones que sobre Identificación Policial se opongan. G. Entrará en vigencia a partir de su aprobación por el Comando Institucional. VIII. RESPONSABILIDAD 1. El personal de la Policía Nacional del Perú deberá cumplir con los procedimientos señalados en la presente Directiva en cuanto atañe a sus funciones. 2. El incumplimiento se sancionará de acuerdo a las normas correspondientes a su régimen disciplinario. El in- cumplimiento involuntario será materia de un proceso ad-ministrativo disciplinario. RICARDO VALDÉS CAVASSA Viceministro del Interior 05105 JUSTICIA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G2D /G74/G65/G72/G69/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 055-2004-JUS Lima, 11 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Procurador Pú- blico del Ministerio de Justicia; Que, es necesario designar al letrado que ocupe dicho cargo de confianza; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 25993 y el Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al señor doctor LORENZO SOTOMAYOR VON MAACK, como Pro- curador Público del Ministerio de Justicia. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BALDO KRESALJA ROSSELLÓ Ministro de Justicia 05162/G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G65/G73/G6F/G72/G20/G49/G49/G20/G2D/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G2D /G6A/G65/G72/G6F/G2C/G20/G54/G65/G72/G63/G65/G72/G20/G4D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G4E/G61/G2D/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G50/G65/G6E/G69/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G50/G45 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 056-2004-JUS Lima, 11 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 470-2001-JUS de fecha 17 de noviembre de 2001, se designó al señor abogado JOSÉ LUIS ROBLES CAMPBELL, en el cargo público de con- fianza de Asesor II - Consejero, Tercer Miembro del ConsejoNacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario; Que, el señor abogado JOSÉ LUIS ROBLES CAMP- BELL, ha formulado su renuncia a dicho cargo; En uso de la facultad del Presidente de la República para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8) del artí- culo 118º de la Constitución Política del Estado del Perú; y, Estando a lo acordado: SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor abogado JOSÉ LUIS ROBLES CAM-PBELL, al cargo público de confianza que venía desempe- ñando como Asesor II - Consejero, Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Peni-tenciario, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BALDO KRESALJA ROSSELLÓ Ministro de Justicia 05163 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G41/G73/G65/G73/G6F/G72/G20/G49/G49/G20/G2D/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G65/G72/G6F/G2C/G20/G54/G65/G72/G63/G65/G72 /G4D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G50/G65/G6E/G69/G74/G65/G6E/G2D/G63/G69/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G50/G45 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 057-2004-JUS Lima, 11 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo público de confian- za de Asesor II - Consejero, Tercer Miembro del ConsejoNacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario, Organismo Público Descentralizado del Sector Justicia; Que, es necesario designar al funcionario que desem- peñe dicho cargo público de confianza; De conformidad con lo establecido en los Decretos Le- gislativos Nºs. 560 y 654, el Decreto Ley Nº 25993 y elartículo 5º de la Ley Nº 27594; En uso de la facultad del Presidente de la República para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8) del artí-culo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha, a la abogada SUSANA SILVA HASEMBANK, en el cargo público de con- fianza de Asesor II - Consejero, Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario,Organismo Público Descentralizado del Sector Justicia. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BALDO KRESALJA ROSSELLÓ Ministro de Justicia 05164