Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2004 (12/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, viernes 12 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

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tener en consideracion las normas sobre el irrestricto respeto de los derechos humanos. B. El personal de las Oficinas Regionales de Criminalistica o las que MORDAZA sus veces, al observar limitaciones o dificultades para la realizacion de su labor de identificacion plena de las personas Investigadas deben remitir por la via mas rapida (Via FAX, Correo Electronico), la Hoja de Resena Personal del Investigado a la Division de Identificacion Criminalistica, ente que por la misma via MORDAZA respuesta a lo solicitado (ANEXO Nº 02). C. Cuando las impresiones dactilares MORDAZA remitidas via FAX, el personal de peritos efectuara, el analisis correspondiente de las mismas para determinar si son aprovechables para el estudio dactiloscopico, en caso de establecer que son inaprovechables ya que generalmente las Individuales dactiloscopicas remitidas via FAX presentan distorsiones de las crestas papilares (deficiencias de orden tecnico criminalistico), por el medio mas rapido se comunicara a la Unidad Policial solicitante para buscar subsanar dicha deficiencia. D. Las coordinaciones con la Division de identificacion Criminalistica se haran a traves del FAX 4418921 y con el Servicio de MORDAZA DIVIDCRI a los Telfs. 4418836 y NEC 834-433 y al Correo Electronico dircridivcip @ pnp.gob.pe E. En las Unidades de Identificacion se procedera a la apertura un archivo de HOJA DE RESENA PERSONAL, para los estudios comparativos Dactiloscopicos y/o remision periodica a la DIVIDCRI para uso en el Archivo Central. F. La presente Directiva deroga todas las disposiciones que sobre Identificacion Policial se opongan. G. Entrara en vigencia a partir de su aprobacion por el Comando Institucional. VIII. RESPONSABILIDAD 1. El personal de la Policia Nacional del Peru debera cumplir con los procedimientos senalados en la presente Directiva en cuanto atane a sus funciones. 2. El incumplimiento se sancionara de acuerdo a las normas correspondientes a su regimen disciplinario. El incumplimiento involuntario sera materia de un MORDAZA administrativo disciplinario. MORDAZA VALDES CAVASSA Viceministro del Interior 05105

Aceptan renuncia de Asesor II - Consejero, Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario del INPE
RESOLUCION SUPREMA Nº 056-2004-JUS MORDAZA, 11 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 470-2001-JUS de fecha 17 de noviembre de 2001, se designo al senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo publico de confianza de Asesor II - Consejero, Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario; Que, el senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha formulado su renuncia a dicho cargo; En uso de la facultad del Presidente de la Republica para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Estado del Peru; y, Estando a lo acordado: SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo publico de confianza que venia desempenando como Asesor II - Consejero, Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario, dandole las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica BALDO KRESALJA ROSSELLO Ministro de Justicia 05163

Designan Asesor II - Consejero, Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario del INPE
RESOLUCION SUPREMA Nº 057-2004-JUS MORDAZA, 11 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo publico de confianza de Asesor II - Consejero, Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario, Organismo Publico Descentralizado del Sector Justicia; Que, es necesario designar al funcionario que desempene dicho cargo publico de confianza; De conformidad con lo establecido en los Decretos Legislativos Nºs. 560 y 654, el Decreto Ley Nº 25993 y el articulo 5º de la Ley Nº 27594; En uso de la facultad del Presidente de la Republica para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a partir de la fecha, a la abogada MORDAZA MORDAZA HASEMBANK, en el cargo publico de confianza de Asesor II - Consejero, Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario, Organismo Publico Descentralizado del Sector Justicia. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica BALDO KRESALJA ROSSELLO Ministro de Justicia 05164

JUSTICIA
Designan Procurador Publico del ministerio
RESOLUCION SUPREMA Nº 055-2004-JUS MORDAZA, 11 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Procurador Publico del Ministerio de Justicia; Que, es necesario designar al letrado que ocupe dicho cargo de confianza; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, en los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 25993 y el Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al senor doctor MORDAZA MORDAZA VON MAACK, como Procurador Publico del Ministerio de Justicia. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica BALDO KRESALJA ROSSELLO Ministro de Justicia 05162

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