Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2004 (12/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, viernes 12 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

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Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2003-PRODUCE, en tanto se mantenga vigente el presente Regimen MORDAZA Provisional. Articulo 4º.- Los armadores de las embarcaciones pesqueras que obtuvieron sus permisos de pesca al MORDAZA de la Ley Nº 26920 y normas complementarias, que por motivos de fuerza mayor debidamente sustentados y acreditados, no cuenten con el Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, estan obligados a solicitar, previo a cada zarpe con fines de pesca, el embarque de un inspector acreditado. Articulo 5º.- Autorizar al Ministerio de la Produccion a dictar las disposiciones que fuesen necesarias a efectos de facilitar el cumplimiento del presente Decreto Supremo. Articulo 6º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de marzo del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 05161

Amplian presupuesto de programa y proyecto suscritos con el PNUD para ejecutar el Proyecto "Implementacion y modernizacion institucional del Ministerio de la Produccion"
RESOLUCION SUPREMA Nº 009-2004-PRODUCE MORDAZA, 11 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 2º de la Ley Nº 27789, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, es competencia del Sector formular, aprobar, ejecutar y supervisar las politicas de alcance nacional aplicadas a las actividades extractivas, productivas y de transformacion en los subsectores Industria y Pesqueria, promoviendo su competitividad y el incremento de la produccion, asi como el uso racional de los recursos y la proteccion del medio ambiente. A tal efecto, dicta las normas de alcance nacional y supervisa su funcionamiento; Que, con el objeto de apoyar la implementacion y modernizacion institucional del Ministerio, se ha visto conveniente el desarrollo de actividades para el fortalecimiento institucional que contribuyan al cumplimiento de sus funciones; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 005-2002PRODUCE, de fecha 9 de septiembre de 2003, se aprobo el Convenio suscrito entre el Ministerio de la Produccion y el Programa de la Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, con el objeto de ejecutar el Proyecto "Implementacion y Modernizacion Institucional del Ministerio de la Produccion"; Que, en el MORDAZA del Convenio MORDAZA citado, con fecha 4 de diciembre de 2002, se suscribio los documentos del Programa PER/02/030 y el Proyecto PER/02/ 034; Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 001-2003PRODUCE, de fecha 10 de Enero de 2003, se resolvio ampliar el presupuesto del Programa PER/ 02/030 y del Proyecto PER/02/034 en Novecientos Cincuenta y Nueve Mil Quinientos Setenta y Siete Dolares Americanos (US$ 959,577.00) suscrito entre el Sector y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo -PNUD, con el objetivo de ejecutar el Proyecto "Implementacion y modernizacion institucional del Ministerio de la Produccion"; Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 002-2004PRODUCE, del 23 de enero del 2004, se aprobo la

Addenda al Convenio suscrito entre el Ministerio de la Produccion y el Programa de la Naciones Unidas para el desarrollo - PNUD para la ejecucion del Programa " Implemantacion y Modernizacion Institucional del Ministerio de la Produccion"; Que, al haberse iniciado la ejecucion del Proyecto PER 04/002 relativo a la "Implementacion del Plan Estrategico Nacional de Lucha contra el Contrabando y Defraudacion de Rentas de Aduana", corresponde incorporar al Proyecto PER 02/034 su presupuesto inicial, el mismo que fuese asignado con Resolucion Suprema Nº 009-2003-PRODUCE del 27 de octubre del 2003, por un monto ascendente a S/. 4'000,000.00 (Cuatro Millones y 00/100 Nuevos Soles), como consecuencia de la autorizacion del Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el ano 2003, establecido por la Ley Nº 28080; Que, el numeral 18.1 del Articulo 18º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, establece que las addendas, revisiones u otros que amplien la vigencia, modifiquen o anadan metas no contempladas originalmente, en los Convenios de Administracion de Recursos, Costos compartidos u otras modalidades similares, que las entidades del Gobierno Nacional suscriban con Organismos o Instituciones Internacionales, deben aprobarse por Resolucion Suprema refrendada por el Ministro del Sector correspondiente; Estando a lo informado por la Oficina de programacion y Presupuesto Publico de la Oficina General de administracion y de la Oficina General de Desarrollo y Planeamiento Estrategico, mediante Informes Nº 0022 0 0 4 - P RO D U C E / O G A - O P P P, y N º 0 0 1 - 2 0 0 4 PRODUCE/OGDPE, respectivamente; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004; y, en uso de la facultad conferida en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar el Presupuesto del programa PER/ 02/030 y del Proyecto PER/02/034 en US$ 1'586,512.00 (Un Millon Quinientos Ochenta y Seis Mil Quinientos Doce con 00/100) Dolares Americanos, suscrito entre el Ministerio de la Produccion y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - PNUD, con el objeto de ejecutar el Proyecto "Implementacion y modernizacion institucional del Ministerio de la Produccion". Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema en forma conjunta con los Informes Nº 002-2004PRODUCE/OGA-OPPP y Nº 001-2004-PRODUCE/OGDPE a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica, dentro de los cinco (5) dias siguientes de su publicacion. Articulo 3º.- Publiquese la presente Resolucion Suprema a traves de la pagina Web del Ministerio de la Produccion, dentro de los cinco (5) dias siguientes de publicada la misma. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 05165

Dan por concluida designacion a que se refiere la R.M. Nº 001-2003-PRODUCE y disponen que el Titular del Sector reasuma la presidencia de la Comision de Lucha contra los Delitos Aduaneros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 085-2004-PRODUCE MORDAZA, 3 de marzo del 2004

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