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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2004 (14/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 40

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G36/G33/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 14 de marzo de 2004 concurren circunstancias que justifiquen la iniciación del procedimiento sancionador. Dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles de recibida la denuncia, el órgano competente decidirá la ini-ciación del procedimiento sancionador. Si se constata ydetecta una infracción administrativa se procederá confor-me lo establece el artículo 12º del presente Régimen. Encaso de no verificarse infracción alguna, se archivará la denuncia. En ambos casos, se informará al denunciante sobre la decisión de iniciar el procedimiento sancionador o el archi-vo definitivo de la denuncia. La Gerencia correspondiente debe resolver sobre la pro- cedencia de la denuncia a partir del momento que tomó conocimiento, considerando la gravedad del hecho hasta un plazo no mayor de treinta (30) días. Artículo 12º.- EMISIÓN DE LA PAPELETA DE INFRAC- CIÓN Detectada una infracción por Policía Municipal o el Ins- pector Autorizado, el Policía Municipal emitirá una notifica- ción, cuyo original deberá ser entregado al presunto infrac-tor con cargo de su recepción, cumpliendo con el RégimenLegal de Notificaciones. Las copias de la notificación cursada se harán llegar a la respectiva Gerencia u Oficina la que procederá a su tra- mitación de acuerdo a lo dispuesto en el presente Título. Por su naturaleza, en caso de detectarse infracciones pasibles de sanciones de decomiso o retención, se proce-derá a su ejecución inmediata, levantándose el Acta deDecomiso/ Retención, la cual podrá ser impugnada por elsancionado mediante los recursos administrativos previs- tos en la Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo 13º.- REQUISITOS DE LA PAPELETA DE IN- FRACCIÓN Y ACTA DE DECOMISO/RETENCIÓN Para ser válida la Papeleta de Infracción deberá conte- ner los datos siguientes: a) Fecha y hora de la fiscalización. b) Nombres y apellidos o Razón Social del infractorc) Domicilio del infractor.d) Código y tipificación de la presunta infracción.e) Gerencia u Oficina que emite la papeleta de infrac- ción. f) Indicación de que el notificado de considerarlo perti- nente puede efectuar sus descargos en un plazo de cinco(5) días útiles contados a partir de la fecha de la notifica-ción, extendiéndose un Acta de Comparecencia. g) El nombre y apellidos, firma y código del Policía Municipal, que emite la notificación. Artículo 14º.- NOTIFICACIÓN DE LA PAPELETA DE INFRACCIÓN La notificación de las sanciones administrativas será de responsabilidad de los siguientes órganos, de conformidad con sus funciones y el procedimiento que el presente Régi- men establece: 1. Gerencia de Rentas; 2. Gerencia de Desarrollo Urbano;3. Gerencia de Seguridad Ciudadana; 4. Gerencia de Bienestar; Salud y Proyección Social 5. Gerencia de Servicios a la Ciudad; Artículo 15º.- APLICACIÓN DE LA SANCIÓN En el caso de imposición de Papeleta de Notificación, el presunto infractor de considerarlo pertinente puede presen-tar, en el plazo otorgado, su descargo en forma verbal oescrita ante la Gerencia a la que corresponde la califica-ción de la notificación, procediéndose a extender un Acta de Comparecencia a la que se adjuntará los documentos que aporte en calidad de prueba. La subsanación o la adecuación de la conducta infrac- tora a las disposiciones administrativas de competenciamunicipal, no exime al infractor del cumplimiento de lassanciones impuestas. Dentro de los dos (2) días posteriores al vencimien- to del plazo otorgado en la Papeleta de Infracción,efectuado el descargo o no, el Subgerente del órganocompetente procederá a emitir el Dictamen correspon-diente determinando la conducta probada constitutivade la infracción, la norma que prevé la imposición de sanción para dicha conducta y la sanción que propone se imponga; o bien, propondrá la anulación y el archivodefinitivo del procedimiento por la no existencia de lacomisión de infracción, elevándolo a su Gerente, juntocon los antecedentes respectivos.Artículo 16º.- REINCIDENCIA Y CONTINUIDAD Se produce reincidencia, cuando se detecta la comisión de la misma infracción por segunda vez o la permanencia en estados de infracción sin haber subsanado o regulariza-do la misma, transcurridos treinta (30) días contado a partirde la fecha de emitida y notificada la sanción por primerainfracción verificada. Si la infracción se relaciona con el funcionamiento de un establecimiento industrial, comercial o de servicios, adi- cionalmente a la multa, se procederá a clausurar el local demanera temporal por el plazo que disponga la Gerenciacorrespondiente, el cual no podrá exceder los cinco (5) días. La reincidencia supone la aplicación de una multa equi- valente al doble de la sanción inicialmente impuesta. Si el infractor, pese a haber sido sancionado por continuidad o reincidencia, persiste en su conducta antijurídica o reincideen ella, estará sujeto a una multa equivalente a la últimaque se le impuso más el veinticinco por ciento (25%), y seprocederá a la clausura definitiva del establecimiento y a larevocación de las autorizaciones otorgadas mediante Re- solución del Gerente Municipal, ello sin perjuicio de la inter- posición de la denuncia penal que pudiera corresponder,adicionalmente el infractor estará impedido durante el pla-zo de tres años, por si o a través de terceros, para obtenerlicencia y/o autorización relativa a la actividad o hecho si-milar que motivó la sanción. Cuando la sanción inicialmente impuesta haya acarrea- do la clausura temporal del establecimiento, según lo dis-puesto en el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas, lareincidencia o continuidad se sancionará con la clausuradefinitiva, adicionalmente a la multa que corresponda. Artículo 17º.- COMPARECENCIA DEL INFRACTOR En caso que el administrado, dentro del plazo de cinco (5) días luego de ser notificado, no se presentara perso-nalmente o a través de su representante, debidamente acre-ditado mediante carta poder, a efectuar su descargo des-virtuando los hechos materia de la infracción, se presumirá que admite haber cometido la o las infracciones notifica- das. CAPÍTULO V CALIFICACIÓN DE LAS INFRACCIONES Y EMISIÓN DE LA MULTA Artículo 18º.- CALIFICACIÓN DE LA INFRACCIÓN Dentro de los quince (15) días posteriores a la recep- ción del dictamen de los Subgerentes correspondientes, losGerentes, calificarán la infracción evaluando los documentos que obren en el expediente, con sujeción a lo establecido en la Escala de Multas vigente, para lo cual emitirán la Re-solución de multa o archivo correspondiente. Si el Gerente, de acuerdo a la evaluación de los antece- dentes determina que no hubo infracción, dispondrá la anu-lación de la Papeleta de Infracción y archivo definitivo del procedimiento, notificando al administrado y a quién denun- ció la infracción, de ser el caso. Copia de la Papeleta deInfracción anulada, de los descargos y del Dictamen emiti-do serán remitidos a la Gerencia de Rentas para su regis-tro correspondiente. El Gerente podrá disponer, en casos debidamente justi- ficados, la realización de actuaciones complementarias en un plazo máximo de cinco (5) días adicionales, para decidirla aplicación de la sanción. Artículo 19º.- REQUISITOS DE LA RESOLUCIÓN DE MULTA ADMINISTRATIVA La Resolución de Multa Administrativa deberá contener los siguientes requisitos: a) Número y fecha de emisión. b) Número y fecha de la notificación de la papeleta de infracción que la originó. c) Nombres y apellidos, razón social del infractor con precisión del tipo de sociedad. d) Domicilio del infractor y precisión de las característica del inmueble, de ser el caso. e) Indicación de la base legal para la aplicación de la sanción. f) Código y descripción de la infracción sancionada.g) Importe de la multa administrativah) Indicación que, vencido el plazo de quince (15) días hábiles de notificada sin que se haya producido su cancela- ción, se procederá a su cobranza coactiva, señalando quecontra la Resolución Administrativa de multa procede la in-terposición de lo Recursos Impugnativos que franquea laLey