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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2004 (14/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 35

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G36/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 14 de marzo de 2004 parte considerativa, exonerándola del proceso de Licitación Pública Nacional. Segundo.- Autorizar la realización del proceso de Ad- judicación de Menor Cuantía para la contratación del Sumi-nistro de Combustible antes referido, hasta por un valor re-ferencial total de S/. 340,962.91 (trescientos cuarenta milnovecientos sesenta y dos con 91/100 Nuevos Soles), cuyafuente de financiamiento es Otros Impuestos Municipales y Recursos Directamente Recaudados, por el período de dos (2) meses, en tanto culmine la Licitación Pública NacionalNº 0001-2004-CE/MM. Tercero.- Disponer que el proceso de selección de Ad- judicación de Menor Cuantía sea conducido por el ComitéEspecial que deberá ser designado para tal efecto, confor- me al artículo 34º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Cuarto.- Publicar el presente Acuerdo en el Diario Ofi- cial El Peruano y remitir copia del mismo y de los informesque lo sustentan a la Contraloría General de la República,dentro de los plazos de ley. Regístrese, publíquese y cúmplase. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 05179 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G6D/G65/G2D /G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G2D/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G74/G61/G72/G20/G79/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G72/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G22/G50/G72/G69/G6D/G65/G72/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G45/G6C/G65/G63/G74/G72/GF3/G2D/G6E/G69/G63/G6F/G20/G65/G6E/G20/G4D/G69/G72/G61/G66/G6C/G6F/G72/G65/G73/G22 ACUERDO DE CONCEJO Nº 20 Miraflores, 10 de Marzo del 2004 EL ALCALDE DE MIRAFLORES POR CUANTO: El Concejo de Miraflores en Sesión Ordinaria de la fe- cha; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de Miraflores, es un órgano de Gobierno Local, que emana de la voluntad popular, conautonomía política, económica y administrativa de acuerdoa lo dispuesto por la Constitución Política del Perú y la LeyOrgánica de Municipalidades; Que, mediante Informe Nº 070-2004-SGA-GA/MM, de fecha 10 de marzo del 2004, emitido por la Subgerencia deAbastecimientos, se señala que a efectos de mejorar y po-tenciar los sistemas administrativos de la Municipalidad deMiraflores, se requiere contratar los servicios de INFFLO-RES SA, a través de la ejecución y desarrollo del proyecto denominado "Primer Gobierno Electrónico en Miraflores"; Que, en el precitado informe, se precisa que la contra- tación con la Empresa INFFLORES SA, resulta más favo-rable y ventajosa en comparación con los precios del mer-cado, conclusión que se desprende de las cotizaciones quese hacen referencia; Que, asimismo, se destaca que en razón de costos de oportunidad, resulta más eficiente contratar con INFFLO-RES SA, para la ejecución y desarrollo del Proyecto deno-minado: "Primer Gobierno Electrónico en Miraflores"; Que, igualmente se indica que de la evaluación y análi- sis del servicio para la ejecución y desarrollo del Proyecto denominado: "Primer Gobierno Electrónico en Miraflores" éste resulta técnicamente idóneo; Que, el literal a) del artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM es-tablece que están exoneradas de los procesos de Licita- ción Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, se- gún sea el caso, las contrataciones entre Entidades delEstado; Que, el artículo 106º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que la exone- ración a que se refiere el literal a) del artículo 19º de la ley, debe estar sustentada en un informe técnico económicoelaborado por la Entidad que detalle y demuestre, cuantomenos que la contratación de los servicios que se ofreceresulta más favorable y ventajosa en comparación con los precios del mercado, asimismo en razón de costos de opor- tunidad, resulta más eficiente adquirir o contratar con otra entidad del Estado, y que la adquisición resulta técnicamenteidónea; Que, asimismo del precitado artículo se desprende que la exoneración se refiere exclusivamente al proceso de se-lección para la adquisición o contratación de bienes, servi- cios, obras, arrendamientos y seguros entre dos Entidades del Estado, siempre y cuando la Entidad que participa comopostor no realice actividades empresariales de manera ha-bitual o actúe bajo alguna forma societaria; para cuyo efec-to la Entidad deberá presentar una Declaración Jurada se-ñalando que no es habitual; Que, resulta importante indicar que los contratos sus- critos al amparo de la presente causal de exoneración noadmiten subcontratación ni cesión de derechos o de posi-ción contractual, por lo que así deberá estipularse en elcontrato correspondiente; Que, la Subgerencia de Abastecimientos ha elaborado el informe técnico económico que le compete, indicando que resulta necesario contratar a la Empresa INFFLORESSA, para la ejecución y desarrollo del proyecto denominado"Primer Gobierno Electrónico en Miraflores" determinandoque la misma debe brindar el servicio indicado por exone-ración atendiendo a su condición de Entidad del Estado y las ventajas expuestas en dicho informe; Que, de acuerdo al citado informe técnico económico, el servicio para la ejecución y desarrollo del proyecto deno-minado "Primer Gobierno Electrónico en Miraflores", seencuentra comprendido en el supuesto establecido en elliteral a) del artículo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM y del artículo 106º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el artículo 113º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, señala la obliga-ción de emitir informes técnico y legal previos para susten- tar la necesidad de la exoneración de los procesos de se- lección, requisito que se cumple con el presente informe yel emitido por el órgano proponente; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal c) del artícu- lo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Su- premo Nº 012-2001-PCM, la exoneración de los procesos de selección deben ser aprobados mediante Acuerdo delConcejo Municipal; Que, la contratación del referido servicio, requiere la realización de un proceso de Menor Cuantía, que debe se-guirse de conformidad con el trámite previsto en el artículo 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Estando a lo expuesto, con opinión favorable de la Ge- rencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 256-2004-GAJ/MM, y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 el Concejo por MAYORÍA y con dispen- sa del trámite de aprobación del Acta; ACORDÓ:Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de selec- ción correspondiente, para la contratación de la empresa INFFLORES SA, por tratarse de entidad del sector público,para la ejecución y desarrollo del Proyecto denominado"Primer Gobierno Electrónico en Miraflores", según lo se-ñalado en la parte considerativa del presente Acuerdo. Segundo.- Autorizar la realización de un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, para su contratación, has- ta por un monto referencial total de S/.950,000.00 (Nove-cientos Cincuenta Mil y 00/100 Nuevos Soles), con cargo ala partida presupuestal que corresponda. Tercero.- Disponer que el proceso de selección de Ad- judicación de Menor Cuantía, será conducido por el Comité Especial que deberá ser designado para tal efecto, confor- me al artículo 116º del Reglamento de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM. Cuarto.- Disponer la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial y remitir copia del mismo y los informes que lo sustentan a la Contraloría General de la República. Regístrese, publíquese y cúmplase. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 05180