Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2004 (17/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G37/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 17 de marzo de 2004 efectividad al 22 de enero de 2004, acción que cuenta con la opinión favorable correspondiente; De conformidad con los artículos 182º inciso b), 183º, 185º y 191º del Reglamento de la Carrera Administrati-va, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, ar-tículo 98º del Texto Único Ordenado del Código Tributa- rio aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por la doctora Alicia Diana Helena Zegarra Mulanovich, comoVocal I, Categoría F-7 del Tribunal Fiscal del Ministerio deEconomía y Finanzas, con efectividad al 22 de enero del 2004, dándosele las gracias por los servicios prestados al Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas 05444 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4D/G65/G6D/G6F/G72/G61/G6E/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G74/G65/G6E/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G20/G61/G20/G73/G65/G72/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G74/G6F/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C /G50/G65/G72/GFA/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G42/G61/G6E/G63/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G6F/G20/G64/G65 /G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 020-2004-EF Lima, 16 de marzo de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 19 de mayo de 2003, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) informa que la Cuadragésima Quinta Reunión Anual de la Asamblea deGobernadores del citado Banco a llevarse a cabo del 29 al31 de marzo de 2004 en Lima, Perú, de acuerdo a lo apro-bado en la Resolución AG-6/03, se celebrará conjuntamentecon la Décimo Novena Reunión Anual de la Asamblea de Gobernadores de la Corporación Interamericana de Inver- siones; Que, mediante Resolución Suprema Nº 118-2003-EF se aprobó el Memorando de Intención, el mismo que tienecomo Anexo II un proyecto de Memorando de Entendimientoque sería formalizado una vez que se haya recabado la información actualizada sobre la organización y desarrollo de los distintos eventos y actividades que se realizarándurante la Reunión Anual de las Asambleas de Goberna-dores; Que, habiéndose actualizado la citada información es necesario proceder a suscribir el Memorando de Entendi- miento a efectos de cumplir con el compromiso asumido por nuestro país en el Memorando de Intención; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Memorando de Entendimiento a ser suscrito entre la República del Perú y el Banco Inte- ramericano de Desarrollo (BID). Artículo 2º.- Autorizar al Ministro de Economía y Fi- nanzas a suscribir el Memorando de Entendimiento, en re-presentación de la República del Perú en su calidad deGobernador Titular por la República del Perú ante el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y como Presidente de la Comisión Organizadora de la Asamblea de Gobernado-res del BID que se celebrará en la ciudad de Lima en mar-zo de 2004.Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BALDO KRESALJA ROSSELLÓ Ministro de JusticiaEncargado de la Cartera deEconomía y Finanzas 05457 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G73/G6F/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G72/G72/G65/G6F/G65/G6C/G65/G63/G74/G72/GF3/G6E/G69/G63/G6F/G20/G63/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G2D/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 119-2004-EF/43 Lima, 15 de marzo de 2004 Vistos, el Oficio Nº 019-2004-EF/42.01 de la Oficina General de Informática y Estadística y los Informes Nºs. 019-2004-EF/ 43.50 y 366-2004-EF/60 de la Oficina General de Administracióny de la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente,que sustentan la configuración del supuesto de servicios que noadmiten sustitutos previsto en el inciso f) del artículo 19º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas modificatorias, así como la consiguiente exoneración delproceso de Adjudicación Directa Selectiva para la contratacióndel servicio de soporte técnico del Sistema de Correo Electróni-co Codificado (software SAT - Sistema Avanzado de Tran-sacciones-Servidor/Cliente), la misma que deberá ser realizada mediante el Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. CONSIDERANDO:Que, el Ministerio de Economía y Finanzas - MEF ha venido utilizando el Sistema de Correo Electrónico Codifi- cado (Software SAT - Sistema Avanzado de Transaccio- nes-Servidor/Cliente) para la comunicación con un total de1077 entidades de todo el país, entre Unidades Ejecuto-ras, Unidades Operativas, empresas del FONAFE y Em-presas de Tratamiento Empresarial, que registran y remi-ten información a través del Sistema SIAF; Que, en tal sentido es indispensable contar con el ser- vicio de asistencia técnica para la detección de problemasen el funcionamiento del software SAT - Sistema Avanzadode Transacciones-Servidor/Cliente, así como disponer deversiones actualizadas del mismo, lo cual permitirá mante-ner un correcto funcionamiento del Sistema, asegurando el envío de datos de manera segura (codificada), desde el aplicativo cliente del Sistema SIAF-SP, instalados en lasUnidades Ejecutoras hacia el Servidor Correo Codificadoinstalado en este Ministerio (residente OFINE); Que, la contratación del servicio de soporte técnico del Sistema de Correo Electrónico Codificado (Software SAT - Sistema Avanzado de Transacciones-Servidor/Cliente) sólo es posible obtenerlo de la empresa T.C.I. S.A. - TransporteConfidencial de Información, por cuanto es la única propie-taria y poseedora de los programas fuentes además de serla única que puede brindar licencias, soporte y manteni-miento de dicho Sistema configurándose de esta manera la causal de los servicios que no admiten sustitutos; Que, según el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCMy normas modificatorias, están exonerados de los proce-sos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica- ción Directa, según sea el caso, las adquisiciones y con- trataciones que se realicen cuando los bienes o serviciosno admiten sustitutos; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobadopor Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas modifi-