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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G37/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 17 de marzo de 2004 gional de Educación de Lima Metropolitana a don Virgilio De Francesch Alvarado, cargo considerado de confianza; Que el mencionado funcionario ha puesto a disposición el cargo que venía desempeñando; Que, el Artículo 7º, Disposición Transitoria de la Ley Nº 27594, establece que mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombra-miento de los actuales funcionarios con cargo de confianzano contemplados en el Artículo 1º de la mencionada Ley; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modifi- cado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 051- 95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar a partir de la fecha de la presente Resolución, la renuncia presentada por don Virgilio DE FRANCESCH ALVARADO, como Director Regional de Edu- cación de Lima Metropolitana, cargo considerado de con-fianza, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- DESIGNAR, a partir de la fecha de la pre- sente Resolución, a doña NORA ELVIRA PAREDES DEZA,como Directora Regional de Educación de Lima Metropoli- tana, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 05400 INTERIOR /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G72/G65/G71/G75/G69/G73/G69/G74/G6F/G73 /G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G75/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G75/G6E/G61/G73/G20/G6F/G20/G76/G69/G64/G72/G69/G6F/G73/G20/G6F/G73/G63/G75/G72/G65/G63/G69/G2D/G64/G6F/G73/G20/G6F/G20/G70/G6F/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G76/G65/G68/GED/G63/G75/G6C/G6F/G73 DECRETO SUPREMO Nº 005-2004-IN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, la Ley de la Policía Nacional del Perú - Ley Nº 27238 de 21 de diciembre de 1999 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2000-IN de 4 deoctubre de 2000, modificado por los Decretos SupremosNº 016-2002-IN y Nº 017-2002-IN de 28 de noviembre y 30de diciembre de 2002 respectivamente, establecen que laPolicía Nacional del Perú tiene como finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Pres- tar protección y ayuda a las personas y a la comunidad.Garantizar el cumplimiento de las Leyes y la seguridad delpatrimonio público y privado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2003-IN de 11 de setiembre de 2003 se establece que está restringido el uso de lunas o vidrios oscurecidos o polarizados a la auto- rización expresa otorgada por la Policía Nacional del Perú,de conformidad con las condiciones, requisitos y costosadministrativos que dicha entidad proponga, los mismosque serán aprobados por Decreto Supremo; De conformidad con el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444 de 10 de abril de 2001; DECRETA:Artículo 1º.- De la obligatoriedad de solicitar autori- zación para el uso total o parcial de lunas o vidrios oscurecidos o polarizados Los propietarios de los vehículos que se describen en el Anexo I Clasificación Vehicular del Reglamento Nacio- nal de Vehículos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC de 7 de octubre de 2003, y que posean lunas o vidrios oscurecidos o polarizados están obligados a solici- tar la correspondiente autorización a la Policía de Tránsitode la correspondiente Dirección Territorial de Policía.Los conductores de los mencionados vehículos que total o parcialmente tengan lunas o vidrios oscurecidos o pola-rizados deben contar, asimismo, con la correspondienteautorización. Artículo 2º.- De los requisitos y derechos de trami- tación para obtener la autorización de uso total o par- cial de lunas o vidrios oscurecidos o polarizados envehículos y la renovación de la misma 2.1 Requisitos: a. GENERALES 1. Recibo de pago del Banco de la Nación, cuando co- rresponda. 2. Cuatro (4) fotografías a color de 10 x 15 cm. del vehí- culo mayor automotor: - Una de la parte delantera. - Una de la parte posterior.- Una de cada parte lateral. 3. Copia simple del Certificado de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito - SOAT. b. PARA VEHÍCULOS OFICIALES, DEL ESTADO Y DIPLOMÁTICOS 4. Oficio, debidamente sustentado, dirigido al Jefe De- partamental de la Policía de Tránsito de la correspondiente Dirección Territorial de Policía suscrito por el Director deAdministración de la entidad estatal o Nota de Protocolodel Ministerio de Relaciones Exteriores especificando queel vehículo pertenece a la representación diplomática, se-gún corresponda. 5. Copia autenticada por el fedatario: - De la Tarjeta de Propiedad o de la Tarjeta de Identifica- ción Vehicular a nombre de la entidad estatal o representa-ción diplomática o - De la norma legal correspondiente de asignación del vehículo. c. PARA VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DE PERSO- NAS JURÍDICAS 4. Solicitud debidamente sustentada, dirigida al Jefe Departamental de la Policía de Tránsito de la correspon- diente Dirección Territorial de Policía suscrita por el repre-sentante legal. 5. Copia simple de la vigencia de poder expedida por la Oficina Registral correspondiente. 6. Copia simple del documento de identidad personal del representante legal. 7. Copia simple de la constitución de la persona jurídi- ca. 8. Copia simple de la Licencia de Funcionamiento Mu- nicipal. 9. Copia simple de la Tarjeta de Propiedad o de la Tarje- ta de Identificación Vehicular a nombre de la persona jurí- dica. 10. Copia simple de la Licencia de Conducir del con- ductor o conductores. 11. Récord de Conductor expedido por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones del conductor o conducto- res. 12. Certificado de Antecedentes Policiales del conduc- tor o conductores. d. PARA VEHÍCULOS DE PROPIEDAD DE PERSO- NAS NATURALES 4. Solicitud, debidamente sustentada, dirigida al Jefe Departamental de la Policía de Tránsito de la correspon-diente Dirección Territorial de Policía suscrita por el propie-tario del vehículo acuerdo a la Tarjeta de Propiedad o Tarje-ta de Identificación Vehicular y/o por el apoderado. 5. Copia simple del documento de identidad personal del propietario del vehículo. 6. Copia simple del documento donde se acredite el Poder otorgado, cuando corresponda.