Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2004 (17/03/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 17 de marzo de 2004

cal Nº 04981-5-2003, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 05392 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 121-2004-EF/10 MORDAZA, 15 de marzo de 2004 Visto, el recurso de queja interpuesto por LIMATAC S.R.L. contra la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 02910-52003; CONSIDERANDO: Que, con fecha 28 de noviembre de 2003, LIMATAC S.R.L. interpone Recurso de Queja contra la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 02910-5-2003 del 28 de MORDAZA de 2003, que resuelve confirmar la Resolucion de Intendencia Nº 115402661/SUNAT del 24 de diciembre de 2002 emitida por la Intendencia Regional Tacna de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, que declaro improcedente la reclamacion interpuesta contra las Resoluciones de Multa Nº 111020001760 y Nº 111020001761 emitidas por la infraccion tipificada en el numeral 6) del articulo 176º del Codigo Tributario; Que, la quejosa alega que interpone Recurso de Queja contra el Tribunal Fiscal por no estar de acuerdo con las multas que se le han impuesto y solicita la nulidad de la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 02910-5-2003, asi como de la Resolucion de Intendencia Nº 115402661/SUNAT, exponiendo una serie de argumentos a traves de los cuales cuestiona dichas resoluciones; Que, de acuerdo a lo senalado por el Tribunal Fiscal en el Oficio Nº 0092-2004-EF/41.01 de fecha 6 de enero de 2004, por medio del cual remite el Informe Nº 002-2004EF/41.09.5 donde formula el descargo respectivo contra la queja interpuesta, el inciso b) del articulo 155º del Codigo Tributario establece que la queja se presenta cuando existan actuaciones o procedimientos que afectan directamente o infrinjan lo establecido en el Codigo Tributario, debiendo ser resuelta por el Ministro de Economia y Finanzas, en el caso de quejas formuladas contra el Tribunal Fiscal; Que, el senalado Informe del Tribunal Fiscal continua indicando que segun se advierte, la queja constituye una via a traves de la cual el contribuyente puede solicitar que el Ministerio de Economia y Finanzas, en su caso, disponga que se corrijan los actos que vulneren el procedimiento, pero no puede ser empleada para discutir asuntos contenidos en resoluciones formalmente emitidas por el Tribunal Fiscal, pues el articulo 153º del Codigo Tributario preve que contra ellas no cabe recurso alguno en la via administrativa, siendo que en todo caso, el sujeto supuestamente afectado puede recurrir al organo judicial correspondiente a efecto que este evalue si corresponde admitir una demanda contencioso - administrativa contra la resolucion emitida, conforme con lo dispuesto en la Ley Nº 27584 - Ley que regula el MORDAZA Contencioso - Administrativo; Que, la queja es un remedio procesal por el cual el administrado que sufre perjuicios derivados de un defecto de tramitacion de procedimiento acude al superior jerarquico con el objeto de que se proceda a la subsanacion del mismo, por lo que dicho recurso no procura la impugnacion del acto administrativo en si, sino que constituye un medio de impulso en la tramitacion que busca que el procedimiento continue con arreglo a las normas correspondientes, por lo que en la resolucion de la queja no cabria un examen sobre el fondo del asunto; Que, de acuerdo a lo senalado por el articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, el Recurso de Queja se presenta cuando existan actuaciones o procedimientos que afecten directamente o infrinjan lo establecido en el citado cuerpo legal, mas no contra resoluciones formalmente emitidas por el Tribunal Fiscal, respecto de las cuales el

articulo 153º del citado Codigo Tributario preve que no cabe recurso alguno en la via administrativa; Que, de los hechos y normas MORDAZA citados se desprende que en el presente caso no existen actuaciones o procedimientos que afecten directamente o infrinjan lo establecido en el Codigo Tributario y que, si la quejosa pretende impugnar una resolucion formalmente emitida por el Tribunal Fiscal por discrepar con el sentido del fallo contenido en MORDAZA, debio hacer uso de su derecho a interponer una demanda contencioso - administrativa contra la misma, presentada conforme a lo dispuesto en el Codigo Tributario, modificado por el Decreto Legislativo Nº 953 y supletoriamente por la Ley Nº 27584, Ley que regula el MORDAZA Contencioso Administrativo, y no un Recurso de Queja; De conformidad con lo establecido en el articulo 155º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar IMPROCEDENTE el Recurso de Queja interpuesto por LIMATAC S.R.L. contra la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 02910-5-2003, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 05393

Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a presuntos responsables de la comision de delitos contra la administracion publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 122-2004-EF/10 MORDAZA, 15 de marzo de 2004 Visto el Oficio Nº 2055-2003-PP-EF/16 del Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas. CONSIDERANDO: Que, el 7 de diciembre de 2000 la empresa Britann Import Export S.R.L. recurrio en Queja ante el Tribunal Fiscal contra la Municipalidad Distrital de Independencia, por haber incumplido lo dispuesto en la Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 951-4-2000 del 29 de setiembre de 2000, que ordeno a dicha Municipalidad elevar el expediente de apelacion interpuesto contra la Resolucion Directoral Nº 32499-OR/MDI a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, habiendo aquella expedido la Resolucion de Alcaldia Nº 7832000-MDI que declaro improcedente el recurso de apelacion contra la citada Resolucion Directoral; Que, mediante Resolucion del Tribunal Fiscal Nº 149-42001 del 13 de febrero de 2001 que resuelve la citada Queja, dicho Tribunal remitio los actuados a la Municipalidad Distrital de Independencia a efecto que, previa verificacion de los requisitos de admisibilidad, tramitara la mencionada queja como una apelacion contra la Resolucion de Alcaldia Nº 783-2000-MDI, considerando como fecha de MORDAZA la de su ingreso a la Mesa de Partes de este Tribunal, esto es, el 7 de diciembre de 2000, debiendo elevarla, de ser el caso, a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, bajo responsabilidad; Que, ante el incumplimiento de lo resuelto por el Tribunal Fiscal en la Resolucion Nº 951-4-2000, el 11 de diciembre de 2002 la empresa Britann Import Export S.R.L. recurrio en Queja ante dicho Tribunal contra la Municipalidad Distrital de Independencia, el cual expidio la Resolucion Nº 01635-4-2003 del 26 de marzo de 2003 por medio de la cual remitio MORDAZA del expediente a la Administracion Tributaria (Municipalidad Distrital de Independencia) a efecto que cumpliese con lo solicitado mediante Provei-

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